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ALESSANDRO BARATTA (BIOGRAFIA)


Enviado por   •  10 de Julio de 2015  •  Biografías  •  628 Palabras (3 Páginas)  •  900 Visitas

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ALESSANDRO BARATTA (BIOGRAFIA)

Alessandro Baratta ( Roma , 06 de octubre 1933 - Saarbrücken , 25 de mayo 2002 ) fue un abogado y sociólogo italiano . Junto con Renato Treves es uno de los maestros de la sociología del derecho en Italia , en particular, por sus contribuciones a socio-criminológico sobre el derecho penal y el concepto de desviación .

En 1969, se convirtió en profesor en la Universidad de Camerino . En los años setenta, es un profesor de la Universidad de Saarland ( Alemania ), y director del Institut für Rechts- und Sozialphilosophie. Poco antes de su muerte, volvió a enseñar en Italia , la Universidad de Lecce .

En 1975 fundó junto a Franco Bricola revista La cuestión penal , que se convierte en una de las revistas jurídicas más comunes en Italia . En 1983 la iniciativa editorial se renueva, convirtiéndose de los delitos y las penas , siempre con Baratta como director. Tras la muerte de Baratta, la revista recupera parte del nombre original, convirtiéndose, bajo la dirección de los estudiantes de Baratta "Los estudios sobre la materia penal Nueva serie de de los delitos y las penas.": Darío Melossi, Joseph Mosconi, Massimo Pavarini y Tamar Pitch . Los editores de la revista, coordinado por Stanislas Rinaldi, recoge la palanca más joven de los criminólogos críticos y sociólogos del derecho penal italiano (Alessandro De Giorgi, Lucía Rey; Alvise Sbraccia, Monia Giovannetti; Giuseppe Campesi; Stefania Crocitti; Vincenzo Scalia; Francesca Vianello) .

Su libro más importante es la crítica Criminología y la crítica de la ley penal ( Il Mulino , Bologna , 1982). Con esta Baratta opera una base real de la criminología crítica.

Baratta para la nueva criminología , criminalística o crítica, debe revertir radicalmente el sentido de la desviación o mejor socialmente negativo. Esa es la forma en que se opone a las necesidades humanas básicas, la necesidad de la vida a una existencia digna, al trabajo no humillante. El aspecto negativo es, pues, la opresión social de los débiles por los fuertes, la conducta de las minorías privilegiadas en detrimento de los dominados y dominantes. En consecuencia, la intervención pública mejor para traer la justicia y el equilibrio en las relaciones sociales no está degradado el derecho penal , sino una política de plena protección de los derechos y libertades fundamentales. Si el fundamento de la organización social es el hombre con sus necesidades reales, la protección más eficaz de estos es un garante de tipo positivo, una política integral para la protección de los derechos humanos. El derecho penal sólo es garante negativo. Es por ello que el principio de subsidiariedad debe aplicarse a la ley penal. La intervención penal puede ser permitido sólo para los casos más graves, cuando no hay alternativas. Se debe intervenir corto con residual.

La criminología crítica ha tenido

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