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Derecho Penal Mínimo De Alessandro Baratta


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2014  •  1.311 Palabras (6 Páginas)  •  441 Visitas

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“DERECHO PENAL MINIMO”

Alessandro Baratta

El autor propone una articulación programática de la idea de la mínima intervención penal como idea-guía para una política penal a corto y mediano plazo. La adopción de esta idea pretende ser una respuesta a la cuestión acerca de los requisitos mínimos de respeto de los derechos humanos en la ley penal. Para esto asume una doble función:

• Función negativa concerniente a los límites de la intervención penal

• Función positiva, respecto de la definición del objeto, posible, pero no necesario, de la tutela por medio del derecho penal.

Los principios que se articulan a nivel de la ley y la idea de la mínima intervención penal se agrupan, ante todo, e dos categorías que dependen de la adopción de un punto de vista interno o bien externo al derecho penal.

Los principios intrasistemáticos (el punto de vista interno) indican los requisitos para la introducción y el mantenimiento de figuras delictivas en la ley; de la mínima intervención penal pueden ser clasificados en tres grupos:

1) Principios de Limitación Formal: contempla los siguientes principios:

 Principio de legalidad en sentido estricto: impone el ejercicio de la función punitiva solo a las acciones previstas por la ley como delitos.

 Principio de taxatividad: impone una técnica legislativa que permita la mayor objetividad en el proceso de concretización judicial de las figuras delictivas y la limitación de las clausulas generales y de los elementos típicos normativos por medio de reemvios a valoraciones sociales y normas cuya existencia y cuyo contenido sean empíricamente comprobables.

 Principio de irretroactividad: su función es la de asegurar la previsibilidad de las consecuencias jurídicas negativas del comportamiento individual.

 Principio del primado de la ley penal sustancial: tiene el propósito de asegurar la extensión de las garantías contenidas en el principio de legalidad a la situación del individuo en cada uno de los subsistemas en que puede ser subdividido el sistema penal, esto es, frente a la acción de la policía, dentro del proceso y en la ejecución de la pena.

2) Principios de Limitación Funcional: contempla los siguientes principios:

 Principio de respuesta no contingente: La ley penal es un acto solemne de respuesta a los problemas sociales fundamentales que se presentan como generales y duraderos en una sociedad.

 Principio de proporcionalidad abstracta: Sólo graves violaciones a los derechos humanos pueden ser objeto de sanciones penales. Las penas deben ser proporcionales al daño social causado por la violación.

 Principio de Idoneidad: este principio obliga al legislador a realizar un atento estudio de los efectos socialmente útiles que cabe esperar de la pena: sólo subsisten las condiciones para su introducción si, a la luz de un riguroso control empírico basado en el análisis de los efectos de normas similares en otros ordenamientos, de normas análogas del mismo ordenamiento y en métodos atendibles de prognosis sociológica, aparece probado o altamente probable algún efecto útil, en relación a las situaciones en que se presupone una grave amenaza a los derechos humanos.

 Principio de Subsidiariedad: Una pena puede ser conminada sólo si se puede probar que no existen modos no penales de intervención aptos para responder a situaciones en las cuales se hallan amenazados los derechos humanos.

 Principio de proporcionalidad concreta: imprime a los criterios programáticos que deben guiar al juez en la discrecionalidad que le es atribuida, en la aplicación de la pena y en la concesión de atenuantes y de beneficios, una dirección opuesta a aquella que, en la práctica actual, asumen las decisiones judiciales, cuando están orientadas por valoraciones como la de prognosis de criminalidad, las cuales, como es sabido, aumentan las desventajas de los individuos pertenecientes a estratos sociales más bajos.

 Principio de implementabilidad administrativa de la ley: Con la introducción de este principio se intenta adoptar un método de argumentación que desplace, en este caso, las bases del discurso hacia el terreno del adversario imaginario.

 Principio del respeto por las autonomías culturales: Se trata de elaborar una visión realista y crítica del sistema penal, teniendo en cuenta el hecho de que éste

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