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Antecedentes y generalidades del derecho económico


Enviado por   •  16 de Marzo de 2020  •  Documentos de Investigación  •  6.653 Palabras (27 Páginas)  •  233 Visitas

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GENERALIDADES

Y ANTECEDENTES

DEL DERECHO ECONÓMICO

EQUIPO 1

PEÑA SALINAS VIANEY PATRICIA

LEÓN GARCÍA ELISA

MALAGÓN LEDESMA ITZEL ALELÍ

MEZA HERNÁNDEZ CYNTHIA GABRIELA

ANDRADE IBARRA SAMANTHA GUADALUPE

DERECHO ECONÓMICO

FEBRERO, 2019.

  1. Derecho y economía

Aristóteles fue considerado padre de muchas ciencias y teorías, y tuvo mucha relación respecto a temas de economía y derecho. Defendió a la esclavitud porque consideraba que era instrumento de producción. También habló de las riquezas y las dividió en dos rubros, la primera, la cual denominó como natural, derivada de la apropiación de los medios para subsistir y la antinatural, que se caracteriza por el intercambio de bienes. Defendió temas respecto al valor y el dinero, pero, desaprobó otros como el interés, la adquisición a través del comercio y el comunismo que propuso Platón.

Dentro del periodo de la Edad Media, existieron acontecimientos que dejaron cimientos para la comprensión, interpretación y aplicación del derecho y la economía.

Tratar de definir de qué  trata algún tema o concepto en particular es más complejo de lo que creemos. Hacer una definición respecto al derecho  económico, que incluya todos los aspectos que determinen si tiene el carácter de ciencia o no, su objeto de estudio formal y material, sus fuentes, su relación con la sociedad y todo aquello que conlleve a satisfacer una posible definición, que debe ir evolucionando a medida que la sociedad va adquiriendo nuevos conocimientos sobre temas particulares.

Cabe resaltar que es necesario tratar de comprender las definiciones que se nos proporcionan para poder introducirnos de mejor forma al tema de derecho económico.

Según Federico Engels, la economía es vista desde la corriente objetiva como una ciencia que estudia las leyes que rigen la producción, distribución, circulación y consumo de los bienes materiales que satisfacen necesidades humanas. (Silvestre 2009, 11) Mientras que el economista Lionel Robbins, hace mención que la economía es la ciencia que se encarga del estudio de la satisfacción de las necesidades humanas mediante bienes que siendo escasos tienen usos alternativos entre los cuales hay que optar.

Dentro de la materia de derecho existe una amplia gama de definiciones, pero, dentro de las más reconocidas se encuentra la del autor Hans Kelsen, que la define como una ordenación normativa del comportamiento humano, un sistema de normas que regulan el comportamiento. Y el jurista García Maynez la define como, conjunto de normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.

Darío Munera define al derecho económico como un conjunto de principios y normas jurídicas que regulan la cooperación humana en la creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por un sistema económico. (Gómez 2005, 14)

El derecho económico se concibe en dos grupos, concepción general y concepción restringida. La primera menciona que una norma pertenece al derecho económico cuando rige relaciones humanas de este tipo, y las segundas lo señalan como un conjunto de normas que rigen la intervención del estado en la economía.

  1. Objeto de studio del derecho económico

El derecho económico es el conjunto de normas jurídicas derivadas de la constitución federal que tienen como misión regular la actividad económica. Todas las ciencias tienen un objeto de estudio que señala sobre qué versa dicha ciencia.

Según el autor alemán Arthur Nussbaum, el objeto del derecho económico es la intervención del estado en la economía. Mientras que el autor Santos Batiz, refiere al objeto como la participación que el Estado ha venido teniendo en la economía. Pueden ser objeto de estudio los siguientes temas:

  • Explotación de los recursos naturales a nivel nacional e internacional.
  • Monopolios.
  • Mercados.
  • Educación.
  • Créditos institucionales.
  • Abasto de alimentos.
  • Comunicaciones
  • Transportes.
  • Utilidades de las empresas.
  •  Normas de conducta de las empresas frente al estado, consumidor y trabajador.
  • Producción y control de de bienes y servicios.
  • Inversión extranjera.
  • Protección a los consumidores.
  • Vivienda.
  • Salud.

El objeto de estudio del Derecho Económico en México, se ha ampliado debido a los cambios de desarrollo en el ámbito económico y social que se han presentado.

La finalidad que tiene el derecho económico es llegar a una plena organización de la economía; asignar al estado un poder regulador; fomentar los mecanismos del mercado; sancionar las prácticas monopólicas, restrictivas y desleales; y, buscar conciliar intereses generales con los privados nacionales o extranjeros. Sin embargo, dichos fines cambian a medida que que se presentan nuevos paradigmas, o en el caso de la función del estado o del mercado.

  1. Sujetos del derecho económico

Relación jurídica: implica la existencia de personas que se encuentran ligadas jurídicamente.

Sujetos de Derecho: Los sujetos de derecho son las personas, entendido en un concepto jurídico como una entidad capaz de adquirir derechos y obligaciones. Por lo tanto, los sujetos del derecho son las personas que participan de una relación jurídica.

Los sujetos del derecho pueden ser:

Personas naturales: el ser humano, es un fin en sí mismo.

Personas jurídicas: asociaciones humanas con fines grupales y permanentes, que pueden formarse por individuos o intereses humanos.

Concepto legal:

   “Son personas físicas o naturales todos los individuos de la especie humana cualquiera sea su edad, estirpe, sexo o condición”  

Persona natural va a tener origen desde su nacimiento, hasta el momento de su muerte (natural o presunta). Por lo tanto, desde el punto de vista estrictamente legal, solamente atribuye personalidad y capacidad jurídica, y reconoce como sujeto de derecho a las personas, desde su nacimiento hasta su muerte.

Persona jurídica:

Doctrinariamente podríamos definir a la persona jurídica como todo ente abstracto que persigue fines de utilidad colectiva y a la cual como medio para la consecución de estos fines la ley le da una capacidad de goce y de ejercicio.

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