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Leyes De Las Indias


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  470 Palabras (2 Páginas)  •  524 Visitas

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En el sistema dispositivo, se confiere a las partes el dominio del procedimiento y sus reglas son que: el juez no puede iniciar de oficio el proceso , dando eso lugar el principio de demanda, según el cual: nemo iudex sine actore, ne procedat iudex ex officio. Este principio esta consagrado en el artículo 11, se dice que en materia civil, el juez no puede iniciar el proceso sin previa demanda de parte; tampoco puede el juez en el Sistema Dispositivo, tener en cue nta hechos ni medios de prueba que no han sido aportados por las partes. Esto es lo que se conoce como principio de presentación, por el cual Quod non est in actis nos est in mundo ( lo que no esta en las actas del proceso no esta en el mundo del juicio) el Juez debe resolver de acuerdo a lo que tengas las actas las cuales le dan la verdad del proceso.

En el sistema inquisitivo el juez investiga de oficio sin otras limitaciones que las que impone la ley, la verdad material con prescindencia de la actividad de las partes. Esto se conoce como Principio de Investigación Judicial y no solo puede el juez iniciar de oficio el proceso sino que está facultado para averiguar los hechos, descubriéndolos a través de los que ya conociere y buscando averiguar la verdad material. Entre nosotros, en el aspecto civil, tenemos un procedimiento mediato, preclusivo y escrito. En penal, es donde opera con mayor realización el Sistema Inquisitivo, pues los delitos de acción pública son investigados directamente por el Tribunal, mediante autos de proceder, sin que prive previamente la actividad de las partes y sin que sea imprescindible la intervención del Ministerio Público.

Leyes de las indias: Las conocidas como leyes de las indias es la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular la vida social, política y económica entre los pobladores de la parte americana de la Monarquía Hispánica.

No mucho después del descubrimiento de América, la Corona española manda que se observen las llamadas Leyes de Burgos, sancionadas el 27 de diciembre de 1512, que surgen por la preocupación de la Corona por el constante maltrato a los indígenas, de acuerdo a los informes de los padres dominicos.

El obispo dominico Bartolomé de las Casas, levantó un debate en torno al mal trato a los indígenas con el sistema de las encomiendas, por lo que el Emperador Carlos V convocó a una junta de juristas a fin de resolver la controversia. De esta junta surgieron las llamadas Leyes Nuevas, en 1542, que ponían a los indígenas bajo la protección de la Corona.

Después de muchas controversias jurídicas entre España, Nueva España y Perú, durante el reinado de Carlos II de España (1665-1700), se publicó en 1680 una obra conocida como Recopilación de Leyes de las Indias.

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