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ANIVERSARIO DE LA PROMULGACION DE LAS CONSTITUCIONES DE 1857 Y 1917

dereymtz13 de Noviembre de 2012

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ANIVERSARIO DE LA PROMULGACION DE LAS CONSTITUCIONES DE 1857 Y 1917

El proceso de construcción y consolidación del Estado Mexicano está marcado, históricamente por la elaboración de las constituciones de 1857 y 1917. La primera estableció en nuestro país los derechos del hombre como base y objeto de las instituciones sociales; mientras que la segunda marcó un hito en la historia universal al incorporar en su texto los derechos sociales.

La constitución de 1857 formó parte de la legislación conocida como las Leyes de Reforma, promulgadas por un grupo de liberales del que destacan Benito Juárez, Miguel Lerdo de Tejada y Melchor Ocampo.

El Congreso Constituyente inició sus labores el 18 de febrero de 1856, y durante casi un año la Asamblea Legislativa -conformada por hombres como Valentín Gómez Farías, Francisco Zarco, Ponciano Arriaga, Guillermo Prieto, Ignacio Ramírez e Ignacio Luis Vallarta- debatió temas fundamentales para la Nación: los derechos del hombre, la forma de gobierno, la soberanía de los estados con respecto al centro, la división de poderes y el respeto a la Constitución.

Los derechos del hombre fueron claramente formulados en veintinueve artículos, en ellos se enfatizó que eran la base de las instituciones y que el ser humano era libre e igual ante la ley, por lo que se excluían los tribunales especiales, los títulos de nobleza y los honores hereditarios. La libertad fue extendida a la enseñanza, el trabajo, la expresión de las ideas, la imprenta, así como la asociación, portación de armas y el libre tránsito. En cuanto a la Soberanía Nacional (artículo 39), se hizo residir "esencial y originalmente en el pueblo", lo cual modificó el precepto establecido por el Acta y la Constitución de 1824, donde quedó plasmado que la soberanía descansaba en la Nación. Finalmente, estipulaba que la Nación estaría organizada como República representativa, democrática y federal.

Uno de los temas más discutidos en el Congreso Constituyente de 1856-1857 fue el concerniente a la religión. El proyecto elaborado por la comisión de la Constitución propuso, en el artículo 15, que "no se expedirá en la República ninguna ley, ni orden de autoridad que prohiba o impida el ejercicio de ningún culto religioso..."

Formalmente, la Constitución de 1857 siguió vigente hasta la aprobación en 1917 de la actual. El 1º de diciembre de 1916 se inició la sesión inaugural del Congreso Constituyente de Querétaro con la asistencia de 151 diputados.Venustiano Carranza, entonces Primer Jefe de la Revolución Constitucionalista y Encargado del Poder Ejecutivo, envió al Congreso un proyecto de Constitución, que fue ampliado y mejorado -en cuanto a cuestiones sociales- por el documento final, promulgado el 5 de febrero de 1917.

El texto propuesto por Carranza el 1 de diciembre de 1916, reformaba la Constitución de 1857, sobre todo en materia de organización política. Carranza solicitaba hacer efectiva la división de poderes, el pacto federal, los derechos del hombre -ahora llamados garantías individuales- y su correlato de amparo, realizar la elección directa del presidente, suprimir la vicepresidencia, y establecer la completa independencia del Poder Judicial. Aún cuando la fracción XX del artículo 72 del proyecto original otorgaba al Poder Legislativo Federal la facultad de expedir leyes sobre el trabajo y, no obstante que en las leyes expedidas por el propio Carranza durante el movimiento revolucionario, destaca la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, los constituyentes no se conformaron con el proyecto que se les presentaba y consideraron que era en la Constitución, no en leyes secundarias y reglamentarias, donde debían quedar contempladas las leyes fundamentales sobre el problema

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