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Derecho Romano


Enviado por   •  21 de Agosto de 2011  •  395 Palabras (2 Páginas)  •  1.738 Visitas

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UNIDAD 3

SUCESIONES

Por lo general se utiliza la palabra sucesión para designar la transmisión de un patrimonio intervivos o mortis causa.

En Roma se podían transmitir los derechos reales (salvo los de usufructo/uso/habitación) y casi todos los derechos personales o de crédito; no se transmiten los derechos políticos ni aquellos derivados del derecho de familia.

• Sucesión Universal Mortis Causa

La palabra sucesión proviene del latín “successio” y se usa para designar la transmisión que tiene un lugar a la muerte de una persona.

Los herederos pasan a ocupar el lugar dl autor de la sucesión, esto es, lo suceden en su situación jurídica.

La sucesión universal mortis causa se puede definir como la transmisión a uno o varios herederos de un patrimonio perteneciente a un difunto.

Por herencia o hereditas debemos entender a la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

El heredero o heres es el sucesor en una herencia a título universal. Al difunto, autor o causante de la herencia se le ha designado como el decuius por la abreviatura de la frase latina “ decuius hereditate agitur” o sea, de cuya herencia se trata.

La herencia es una transmisión universal porque el heredero no recibe cosas particulares sino la totalidad del patrimonio o una cuota de la misma manera que respondía su antecesor.

El Derecho Romano ofrecía 3 tipos de sucesión:

1. Vía legítima o ab intestato

2. Vía testamentaria

3. Vía oficiosa

La vía oficiosa era la mas fuerte ya que corregía inclusive la repartición prevista en un testamento. El Derecho Moderno no contempla esta vía romana.

 La Declaración de la Herencia

La declaración de la herencia o llamamiento de los herederos se podía efectuar de diferentes maneras siguiendo la voluntad del causante conforme a lo que hubiere dispuesto en su testamento o en defecto de éste la ley suplía la voluntad del heredero, estableciendo quienes eran los herederos y cómo había que repartirse la herencia.

En el primer caso hablaos de sucesión o vía testamentaria y en el segundo de sucesión vía legítima o ab intestato.

 Derecho de acrecer o ius adcrescendi

Este derecho tenía lugar siempre que alguno de los herederos no adquiriera la herencia en cuyo caso se cuota venía a aumentar la de los demás.

En relación a las

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