ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO ROMANO

ALBERTOSEVINCHA24 de Agosto de 2011

10.295 Palabras (42 Páginas)1.130 Visitas

Página 1 de 42

El derecho romano

¿Qué es el derecho romano y por que es importante conocerlo? Estas son tal vez las preguntas mas usuales de los estudiantes de 1er semestre o año de derecho o cualquier persona cuando se enteran de que existe una cátedra dedicada a conocer el derecho romano… por ello el objetivo de weblog derecho romano es conocer y valorar este gran legado de los romanos, el derecho romano es mas que historia, es la base del ordenamiento jurídico de la mayoría de los países del mundo, en el tuvieron origen gran parte de las instituciones jurídicas vigentes es muchos países… así querido amigo no es ocioso que en la universidad te enseñen derecho romano.

¿Qué es el derecho romano?

-Eugéne Petit en su Tratado Elemental de Derecho romano define a éste como el conjunto de los principios del Derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de sus existencia desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano (565 dc).

-Para el Profesor Torrent el Derecho romano es un derecho histórico, o sea, no vigente, integrado no solo por un conjunto de normas, reglas precisa, sino también por otros muchos aspectos éticos, sociales, religiosos, políticos, todos los cuales componen el ordenamiento romano y su importancia reside en constituir uno de los pilares fundamentales de la civilización europea.

Para Otros:

-El Derecho romano es: conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes, conocida como la Ley de las Doce Tablas, en el año 450 a.C., hasta la muerte de Justiniano I, soberano del Imperio bizantino, en el año 565 d.C. De forma concreta, se utiliza para designar la compilación de la ley conocida como Corpus Iuris Civilis, también llamado Código de Justiniano, realizado bajo los auspicios del mismo y que fue la base del Derecho civil de muchas naciones europeas continentales.

Antes de las XII Tablas, el Derecho en Roma tenía un carácter religioso y su interpretación la realizaban sacerdotes que eran miembros de la clase patricia. Las protestas y agitaciones de la clase plebeya condujeron a que la ley consuetudinaria existente se escribiera añadiendo algunos principios que no formaban parte de la costumbre. La Ley de las Doce Tablas, tras ser escrita, fue sometida a una asamblea popular y aceptada. Este Código contiene reglas simples, ajustadas a una comunidad agrícola, establece la igualdad ante la ley de los patricios y los plebeyos y fue erigido en la fuente de todo el Derecho público y privado romano. El sistema legal instaurado por este Código y el conjunto de reglas que se desarrollaron a su alrededor era aplicado en exclusiva a los ciudadanos romanos y se conocía como el ius civile.

La expansión territorial por la cuenca mediterránea obligó a los romanos a elaborar un sistema legal nuevo. Cada territorio conquistado contaba con su propio sistema, por lo que se requería un cuerpo de leyes que fuese aplicable tanto a los ciudadanos romanos como al resto. Más o menos entre el 367 a.C. y el 137 d.C. este nuevo sistema se desarrolló a partir de los edictos del pretor, que definía e interpretaba la ley para los casos particulares. El pretor de los extranjeros administraba justicia en Roma, en todas las controversias donde alguna de las partes no era un ciudadano romano, y el pretor provincial establecía sus edictos en materias de interés comercial tras los edictos del pretor de los extranjeros de Roma. Durante los últimos años de la República de Roma las reglas de este nuevo sistema solían aplicarse a los conflictos entre ciudadanos romanos. Este nuevo sistema legal se conocía como el ius gentium. La ampliación de la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Imperio romano hizo que la distinción entre ius civile y ius gentium quedara obsoleta y la ley de la ciudad, o ius civile de Roma, se convirtiera en la ley de todo el imperio. Las diversidades provinciales fueron eliminadas por la legislación del Senado y del emperador y por la interpretación de los jurisconsultos. El hito más importante en el desarrollo del sistema romano en este periodo es el Derecho, concedido por el primer emperador romano Augusto y sus sucesores a algunos eminentes juristas, de elaborar responsa, u opiniones, en los casos que se presentaban en un proceso ante los tribunales. Entre los más famosos juristas romanos de esta época estaban Gayo, Papiniano, Julio Paulo y Ulpiano. Los tres últimos citados desempeñaron el cargo de praefectus praetoria, similar a un ministro de justicia del Imperio romano

En el siglo III d.C. los decretos promulgados por los emperadores fueron adquiriendo importancia en el sistema legal romano. La primera compilación de estas leyes imperiales, el Codex Theodosianus, fue publicado por Teodosio II, soberano del Imperio bizantino, en el 438 d.C. Teodosio estudió la propuesta, que no llevó a cabo, de realizar una obra más ambiciosa, que incluyera un sumario oficial de la ley antigua como inicio de la literatura jurídica. Más tarde, Justiniano I nombró un comité de diez juristas, siendo el más famoso Triboniano, para hacer esta compilación. Los libros de leyes publicados por Justiniano eran conocidos como el Corpus Iuris Civilis y comprendían los siguientes: Institutiones (533), Digesta o Pandecta (533), Codex Constitutionum (528-529 y revisado en el 534) y Novellae (534-565).

Las Institutiones de Justiniano señalaban los elementos del Derecho romano y estaban basadas en las Institutiones de Gayo. Al principio se destinaban a los estudiantes de leyes, pero al cabo de unos años se publicaron con fuerza de ley. El Digesta o Pandecta, compuesto a partir de extractos de la literatura jurídica de cuatro siglos (entre el 30 a.C. y el 300 d.C.), era una colección de decisiones de los tribunales con comentarios de varias leyes. El Novellae era una colección de las leyes promulgadas por Justiniano y sus sucesores. El Codex Constitutionum revisado era una compilación de la legislación imperial hasta el 534 d.C.

Los libros de leyes de Justiniano estuvieron en vigor en el Imperio bizantino hasta el final del siglo IX, momento en el que fueron condensados en un solo libro, escrito en griego, y conocido como Basilica. Este código continuó en vigor, al menos en teoría, hasta la conquista de Constantinopla por el Imperio otomano en 1453. En la Europa occidental, la principal fuente del Derecho romano entre los siglos VI y XI fue el Breviario de Alarico, realizado por el rey visigodo Alarico II en el 506 d.C. En el siglo XI los libros de Justiniano eran estudiados y utilizados en Lombardía (sur de Francia y norte de Italia) y en Cataluña (España). En Italia, las leyes de Justiniano se divulgaban en la Escuela de Derecho de Pavía. A principios del siglo XII se emprendió un estudio más minucioso de estos textos en Bolonia. La difusión sistemática del Derecho romano se propagó desde Italia al resto de Europa a partir del siglo XII. Con el renacimiento del comercio en Europa y debido a la imposibilidad del Derecho medieval de satisfacer las necesidades de los cambios de las condiciones económicas y sociales, el Derecho romano se incorporó a los sistemas legales de muchos países de la Europa continental.

EL DERECHO ROMANO

INTRODUCCION

El derecho es un fenómeno esencialmente social. El hombre está hecho para vivir en sociedad, pero esa convivencia no sería posible si cada uno de los componentes de esa sociedad hiciese lo que le viniera en gana. Un agregado humano que convive en un determinado territorio, pero privado de la más elemental organización no sería nunca una sociedad. Para que se pueda hablar de verdadera sociedad se requiere el reconocimiento de un conjunto de reglas, de normas de conducta que hagan posible la vida pacífica, el desenvolvimiento normal de la actividad de los asociados, con el convencimiento de parte de ellos que la violación de tales normas trae consigo una sanción, un castigo. El hombre que vive en sociedad distingue perfectamente un conjunto de reglas, de normas que él puede cumplir o no, como son las de cortesía, urbanidad, etiqueta, y otras que son de cumplimiento obligatorio y cuya violación acarrea una sanción . Estas reglas obligatorias cuyo incumplimiento da lugar a una sanción son las normas jurídicas, las cuales constituyen el derecho en sentido general.

El orden social no puede de ninguna manera, asegurar solo la convivencia humana de la colectividad, hace falta que ese orden social y ese sistema de controles sociales sea apuntado por el orden jurídico y también por un sistema de controles jurídicos.

En la actualidad, comenzando el siglo XXI se estudia todavía el Derecho Romano analizando aquellas viejas normas por las cuales se rigió el pueblo romano en el antiguo Lazio y muchos nos preguntaríamos el por qué se ha mantenido su estudio a través de las épocas.

El pueblo romano demostró una especial aptitud para el derecho, así como el pueblo griego la tuvo para la filosofía. Ningún pueblo de la antigüedad demostró mayor sentido jurídico y se dice que los romanos sintieron el derecho como poesía, esto es, como vocación espiritual que era intuición y arte.

El profesor Floris Margadant esgrime las razones por las cuales se estudia derecho romano en la actualidad . No solo se conocen los antecedentes de nuestro derecho local, sino que se completa nuestra cultura jurídico-histórica general. Precisamente, del mundo mediterráneo se conoce el ciclo completo de su vida jurídica, política, religiosa, filosófica y artística y se halla por eso una oportunidad

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (64 Kb)
Leer 41 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com