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Sumisión del Estado al Derecho


Enviado por   •  8 de Junio de 2018  •  Informes  •  522 Palabras (3 Páginas)  •  501 Visitas

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Sumisión  del Estado al Derecho

Al contemplar al Estado como una, sociedad jerarquizada en vista del bien público, hemos descubierto en su unidad, tres caracteres esenciales: 1.) Personalidad, 2.) Soberanía, 3.) Sumisión al Derecho.

La sumisión del Estado al Derecho ha sido objeto de polémica. Los actores al formular su teoría se ubican dentro de dos corrientes: 1.) La corriente la de del Derecho Natural, 2.) La corriente de la Autolimitación del Estado.

Bodín, el teórico de la soberanía, la conceptualizo como absoluta y perpetua, pero no dejo de asignarle limitaciones.

Pero hay otros autores para quienes la idea de limitación sustentada en Dios o en el Derecho Natural ha quedado desplazada.

Si la soberanía, en principio es absoluta, no podría quedar restringida en ese carácter ni aun por su propia decisión.

La sumisión del Estado al Derecho, sostienen estos autores, viene no de su decisión voluntaria de acatarla, si no que se deriva de la realidad misma, de la naturaleza propia del Estado.

El Estado tiene sus límites y su competencia fijados naturalmente, la relegación del Estado del derecho se produce no por decisión libre de su voluntad pasiva, si no por insertacion natural del Estado en un orden objetivo y trascendente de justicia.

La soberanía se traduce en actos, órdenes y decisiones en las áreas que el bien público exige la intervención de la actividad del Estado. La sumisión del Estado al Derecho se realiza en beneficio del bien del Estado al cubrir toda la actividad dentro del cauce de las normas jurídicas. Sostiene el profesor Francisco Porrúa Pérez.

Y puesto que el poder soberano se revela en actividad de los gobiernos que lo ejercitan, toca a las autoridades resolver los alcances de su actividad realizándola dentro de la norma jurídica.

Ante el problema de decir quién puede calificar si la actualización de la soberanía ha tenido lugar dentro de los límites del fin supremo del estado, el autor antes citado propone tres soluciones:

  1. Control Supranacional, que consiste en someter a juicio la conducta del Estado buscando un organismo superior que controle esa conducta.
  2. Controles Internos, que buscan dentro de la misma estructura del Estado un posible control de su recta actuación. Por ejemplo: atribuir a los ciudadanos ese control haciendo responsables ante ellos a los gobernantes. O el sistema legislativo del referéndum.
  3. Control Derivado de la Distribución de la Soberanía, que consiste en limitar al poder no concentrándolo en un solo órgano, si no repartiendo su ejercicio entre varios. Este sistema es muy efectivo y se ha adoptado en muchas constituciones, que establecen la separación de poderes, por que detienen la actividad arbitraria de la soberanía.

Conclusión: habiendo estudiado la soberanía y los límites a los que ella está sujeta, podemos precisar que hay sumisión del Estado al Derecho, si se admite que hay un Derecho, una justicia, un conjunto de normas, anteriores a toda decisión estatal. Pero si lo que hay es una norma jurídica impuesta imperativamente por una autoridad y no por ley natural, la Sumisión del Estado al Derecho es solamente relativa. De modo que los límites de la soberanía están determinados siempre por el ámbito de los Fines del Estado. (Faustino Legón)

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