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Vision Historica Constitucional De Venezuela

jennyaleja29 de Abril de 2013

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VISIÓN HISTÓRICA CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA

Venezuela desde su independencia en 1811 ha tenido formalmente 25constituciones, si incluimos nuestra Acta de Independencia de 5 de Julio de 1811 y la Constitución de la Gran Colombia de 1821; el Acta de Independencia normalmente no se la clasificaría como una Constitución, sin embargo en puridad de teoría sí lo es, pues es la que nos constituye como pueblo independiente, es nuestra voluntad y decisión política original como pueblo, manifestada aun antes de que la independencia fuera realidad y como tal decisión es el fundamento de todas las otras constituciones, que la presuponen como base de toda su normativa. Evidentemente un buen número de tales textos no constituyen otra cosa que una mera cobertura jurídica con apariencia de constitución para justificar el poder de caudillos o dictadores militares.

Los modelos de democracia

Que se instaura en Venezuela a partir de 1958, cuyas bases sociopolíticas básicas se establecieron en el trienio 1945-1948 y que, según el historiador Germán Carrera Damas, es la que más se ha acercado al ideal republicano y democrático buscado desde la independencia. Y a este perfil cultural también se deben las resistencias a los cambios por una economía más abierta y una democracia de verdadero estado de derecho, más participativa y moderna, en nuestras sociedades. La población venezolana actual tiene en relación a la democracia como sistema, hacia sus instituciones fundamentales, sus procesos y actores; así como en las actitudes y creencias políticas y económicas que manifiesta opiniones y conductas, que han sido detectadas en múltiples estudios cualitativos y sondeos de opinión pública realizadas en los últimos años. De ellos sabemos, por ejemplo, que la mayoría de la población venezolana manifiesta que la democracia es, sin lugar a dudas, el sistema de gobierno preferible pero que en algunas circunstancias, un gobierno no democrático puede ser aceptado. En Venezuela, en la actualidad se ha producido un "debilitamiento" de la democracia y del Estado de Derecho que ha traído como consecuencia "serias restricciones al pleno goce de los derechos humanos", señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al dar a conocer su informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela . La comisión asegura que en Venezuela se está utilizando el poder punitivo del Estado para intimidar o sancionar a personas en virtud

DOS MODELOS DE DEMOCRACIA; FORMAL Y PROFUNDA

DEMOCRACIA FORMAL

Se denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.

La democracia es sólo un sistema formal que, sin la existencia de estas características, no serviría para el desarrollo del ser humano en libertad, que es realmente el valor que se persigue. La democracia no es, por tanto, un fin en sí misma, sino un medio para conseguir el desarrollo del hombre en Libertad. Eso sí, es el sistema que, hasta la fecha, mejor ha permitido conseguir dicho fin.

Podemos evaluar cualquier sistema democrático atendiendo a estas características, de tal manera que, según estén presentes, y en qué grado, podemos saber el nivel de democracia de una colectividad.

Podemos ver como, en el caso de Venezuela, por ejemplo, la persecución de medios de información y de organizaciones opositoras llevada a cabo por el Presidente Chavez, hacen que el nivel de democracia "real" sea muy bajo.

Y ahora introduzco una reflexión para el lector. ¿Cómo sería, a la luz de lo expresado anteriormente, la democracia en España o, por ejemplo, el nivel de democracia interna de nuestros partidos políticos? Prometo abordar este tema en entradas sucesivas.

LA DEMOCRACIA PROFUNDA

Será aquella que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no (y también), iguales. Es más, creo que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar formulas de equidad razonables, de igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.

La democracia, como una propiedad (característica) de los sistemas sociales, avanzados puede concebirse en tres dimensiones:

1. La social, entendida como la calidad de vida material.

2. La formal, entendida como la existencia de determinadas reglas generales de poderes, derechos y obligaciones de las diversas instituciones y entidades que componen el sistema social.

3. La participativa, entendida como la decisión real de los asuntos públicos trascendentales por parte de las mayorías de la sociedad, con la debida protección de las minorías. En el lenguaje de las ciencias naturales podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes que caracterizan a la propiedad "democracia".

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

Democracia Participativa o Semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.

Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. Se manifiesta usualmente por medio de referendos por los que los representantes consultan a la ciudadanía o por medio de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes.

La democracia participativa y estas otras formas no deben considerarse como excluyentes entre sí. Más bien, cada una de ellas apunta en una determinada dirección sobre cómo hacer avanzar la democracia representativa tradicional hacia sistemas con mayor grado de participación. En la práctica, un sistema concreto de democracia participativa puede basarse en ideas y métodos provenientes de distintas variantes.

¿POR QUÉ DEMOCRACIA PARTICIPATIVA?

Hay buenas razones por las cuales la democracia participativa debiera funcionar:

Aprovecha las experiencias y la capacidad de todos: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado.

Promueve la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos si los incluyen de alguna forma en sus decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz el medio en que se desenvuelven.

Desarrolla nuevas capacidades: La participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La actividad participativa los convierte así en mejores ciudadanos.

Mejora la calidad de vida: Estudios realizados por economistas, sociólogos y sicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones son más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la participación brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración.

DERECHO A LA INFORMACIÓN

DERECHO A LA INFORMACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.

Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57 de la CRBV).

La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).

El tema de la libertad de expresión y del derecho a la información ha sido de amplia discusión desde antes de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El debate sobre su vigencia y los mecanismos para su efectiva satisfacción, se ha convertido en un reto para el Poder Público nacional y la sociedad civil. Esta discusión ha trascendido a instancias internacionales tales como: Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de Estados Americanos.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, describe en artículos distintos y trata como derechos diferentes, los temas de la libertad de expresión y la información. El

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