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Efectos De La Fianza


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  1.357 Palabras (6 Páginas)  •  256 Visitas

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Efectos de la fianza

Los efectos de la fianza son diferentes según que se trate de una fianza simple o de una fianza solidaria, por conferirle esta última al acreedor una garantía superior a la fianza simple.

Los efectos de la fianza son más o menos complejos según que la deuda principal se halle garantizada a favor del beneficiario por parte del fiador.

Relaciones entre el fiador y el acreedor

Estas relaciones están dominadas por la idea que la fianza es un compromiso accesorio al mismo tiempo que personal.

Por ser personal, compromiso del fiador está sometido a todas las causas de nulidad que puedan existir por parte del fiador: vicios del consentimiento o incapacidad.

El fiador contrae con respecto al acreedor, un compromiso personal: su obligación, surgida al contrato de fianza, con respecto al acreedor es distinta de la que une al acreedor y al deudor principal, que procede de otra fuente.

En efecto, el pacto que puede existir entre el fiador y el deudor afianzado, es extraño a la relación entre el acreedor y el fiador. Al entender de algunos autores, la gratuidad de la fianza no es de la esencia de la fianza, ya que nada se opone a que el deudor retribuya al fiador por su asunción de riesgos y por la responsabilidad que contrae en la fianza, pero en realidad se trata de un error, porque la fianza se contrae entre el fiador y el acreedor en los cuales tiene su principal efecto.

Por ser personal su compromiso, el fiador, cuando la fianza sea voluntaria, no está sujeto a asumir un compromiso idéntico al deudor principal puede limitar aquel su obligación en su cuantía, en su duración y en sus modalidades.

Beneficio de excusión

Este consiste en que el fiador reconvenido para el pago pueda exigir previamente al acreedor que persiga la deuda en los bienes del principal deudor.

El acreedor tiene el derecho de demandar primer término al fiador: su demanda es y sigue siendo válida, pero desde el momento en que el fiador invoque el beneficio de excusión, la demanda se suspende y el acreedor debe embargar los bienes del deudor principal.

Según el artículo 2.023 del Código Civil incluye el beneficio de excursión cuando los bienes del deudor don de una relación incierta cuando es notario que el importe del pasivo del deudor superan el valor de sus bienes sujetos a su excursión.

Deberían excluirse también de la lista de los bienes sujetos a excursión aquellos que se encuentren pro- indiviso, puesto que su venta debe ir precedida de una división artículo 2.205 del código civil, lo cual retrasaría exageradamente del pago al acreedor.

El beneficio de excursión de bienes produce los siguientes efectos:

• Si con la persecución del acreedor en contra del fiador se persigue al deudor principal se paga la deuda parcialmente, la fianza se extingue en forma parcial, pues el acreedor solo podrá reconvenir al fiador por el resto si con los bienes del deudor se pega totalmente la obligación principal, está se extingue y con ella la fianza.

Renuncia al beneficio de excusión

La renuncia del fiador al beneficio de excursión no conlleva la renuncia de su fiador y este goza de este beneficio tanto respecto del fiador como del deudor principal. En el caso de existir varios deudores solidarios y uno de ellos ha afianzado su obligación, el fiador tiene derecho de oponer el beneficio de la excusión de bienes tanto del deudor que ha afianzado como con relación a los demás codeudores.

El beneficio de excusión aunque no le haga sufrir al acreedor si no un simple retraso en su demanda, constituye para él una seria molestia. Por eso, la práctica, ante las necesidades del crédito obtiene, ya desde el antiguo derecho, la renuncia del fiador al beneficio de excusión en el contrato de fianza.

El artículo 2021 del Código Civil admite la validez de esa renuncia. De hecho, siempre que la fianza simple es voluntaria, incluye una cláusula de renuncia al beneficio de excusión. La situación del fiador simple se parece entonces a la de un fiador solidario, porque este último está privado del beneficio de excusión.

Relaciones entre fiador

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