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La Terceria


Enviado por   •  24 de Julio de 2014  •  349 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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Tercería

Tercería es la intervención de un tercero en un proceso judicial que se ve perjudicado y formula una pretensión en el litigio incompatible con las demás pretensiones (ejecutante,ejecutado,otros terceristas). El tercero puede actuar por el embargo practicado sobre un bien que es de su propiedad o exigiendo el pago preferencial de su crédito con el producido de la venta del bien embargado. Según esta definición, las tercerías pueden ser:

De dominio: en la que el tercero alega ser el dueño, tener el dominio del bien embargado.

De posesión: es aquella que hace valer poseedor sobre bienes que se han constituido en embargo

De pago: busca el pago preferente en la regularización de las deudas del ejecutado, y busca un pago privilegiado por sobre el mismo tercerista

De preelación: busca el pago en razón de las condiciones de privilegio de mas de un acreedor

De mejor derecho: cuando un tercero alega tener mejor derecho que el embargante para quedarse con el producto de la venta del bien embargado( ej.: acreedor hipotecario mejor derecho que el quirografario)

fundamentos de este recurso

El recurso de tercería tiene como fundamento el principio jurídico según el cual ninguna persona puede ser condenada sin antes ser oída o que se le considere legalmente en retardo de establecer sus medios de defensa. Un análisis a fondo revela la utilidad de la tercería. Ello así porque a) hay relaciones jurídicas muy complejas y la relatividad de la cosa juzgada puede dejar subsistir un perjuicio para una persona que no ha intervenido en la instancia.

Por ejemplo, cuando se reconoce una servidumbre de paso en un inmueble en copropiedad, no habiendo uno de los condueños sido parte en la instancia. En esta situación no basta oponer la relatividad de la cosa juzgado porque la servidumbre va a quedar establecida aún en perjuicio de quien no figuró en la instancia, por el carácter indivisible de la servidumbre.

b) Porque muchas veces se causa el perjuicio al tercero. Oponer la relatividad de la cosa juzgada es un medio de defensa, no hay duda, pero a veces se necesita la ofensiva o de lo contrario, el perjuicio resulta una realidad.

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