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Ajuste De Credito Por Reduccion De Ingresos


Enviado por   •  26 de Febrero de 2015  •  745 Palabras (3 Páginas)  •  477 Visitas

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Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos

Dentro del Presupuesto, existen modificaciones presupuestarias, consisten en cambios que se efectúan a los créditos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente se señalen en la Ley de Presupuesto y su respectiva Distribución General de cada año, para los diferentes organismos. Dichas modificaciones pueden ser: créditos adicionales, rectificaciones, insubsistencia o anulaciones de créditos, ajustes en los créditos por reducción de ingresos, traspasos de créditos.

En el siguiente trabajo estaremos desarrollando la modificación: ajustes en los créditos por reducción de ingresos y como formularla según instructivo emanado de la Oficina Nacional de Presupuesto.

Los Ingresos Públicos representan toda actividad de dinero percibida por el Estado y demás entes públicos, y su objetivo esencial será financiar los gastos públicos. Entradas de recursos financieros del sector público, por concepto de impuestos, derechos por la prestación de servicios públicos, productos, aprovechamientos, ingresos derivados de venta de bienes, servicios y valores, recuperaciones de capital, ingresos derivados de financiamiento y otros ingresos de capital. EI ingreso Público por lo general tendrá el fin de propiciar la cobertura del gasto, y solo habrá Ingreso Público cuando el ente que lo recibe tiene plena disposición sobre él, es decir cuando tiene un titulo jurídico para utilizarlo para sus fines

Es la modificación mediante la cual se reduce total o parcialmente los créditos no comprometidos, acordados en la Ley de Presupuesto. Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.

CIERRE DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO

Cierre Presupuestario:

Conjunto de acciones orientadas a conciliar y completar los registros presupuestarios de ingresos y gastos efectuados durante el Año Fiscal. Para dicho efecto, la Ley Anual de Presupuesto fija el Período de Regularización.

Las cuentas del Presupuesto de Recursos y Gastos de los organismos de la Administración Central del Estado se cerrarán al 31 de diciembre de cada año. Después de esa fecha los recursos que se recauden se imputarán al nuevo ejercicio aunque la correspondiente liquidación o derecho de cobro de los mismos se haya originado en ejercicios anteriores.

Con posterioridad al 31 de diciembre, no podrán asumirse compromisos ni devengarse gastos con cargo a las apropiaciones presupuestarias del ejercicio que se cierra en esa fecha.

Los medios de pago de los organismos de la Administración Central del Estado, al cierre del ejercicio presupuestario, se considerarán existencias

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