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Contabilidad Fiscal


Enviado por   •  9 de Marzo de 2015  •  468 Palabras (2 Páginas)  •  143 Visitas

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1.- ¿Cuáles son las obligaciones de los contribuyentes en materia del impuesto al valor agregado?

I. Llevar de contabilidad, y separar de las operaciones las distintas tasas del IVA.

II. Tratándose de comisionistas, realizar la separación de su contabilidad, de las de otros registros.

III. Dar comprobantes donde se traslade por separado el IVA, con las siguientes características:

a. Cuando el comprobante ampare actos o actividades por lo que se deba pagar el IVA, en el mismo de deberá señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación se paga en una exhibición o en parcialidades.

b. Se debe anotar el importe de las parcialidades que se paguen, en el reverso del comprobante en los términos del artículo 134

c. El IVA se incluirá en el precio, cuando se trate con el público en general.

IV. Realizar la presentación de una sola declaración de pago, cuando se tuvieran varios establecimientos.

V. Se deberá conservar en cada establecimiento, copia de las declaraciones de pago.

VI. Expedir constancias por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1-A

VII. Proporcionar la información que del impuesto al valor agregado se les solicite en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

VIII. Proporcionar mensualmente la información a través de los medios y formatos electrónicos (dicha información se presentará a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información).

Cita: Artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado- Capítulo VII- De las obligaciones de los contribuyentes.

2.- ¿Cuál es el manejo fiscal cuando se enajene un bien o se presta un servicio en forma accidental?

El impuesto al valor agregado se pagará mediante una declaración presentada en las oficinas autorizadas correspondientes, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en el que obtenga la contraprestación, sin que contra dicho pago se acepte acreditamiento.

Nota:

a) En las importaciones ocasionales el pago se hará como lo establece el artículo 28 de esta ley.

En estos casos no formulará declaración mensual ni llevará contabilidad; pero deberá expedir los documentos que señala la fracción III del artículo 32 y conservar la documentación correspondiente durante 5 años.

Cita: Artículo 33 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado- Capítulo VII- De las obligaciones

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