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Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales

stonermv19 de Junio de 2013

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CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LEÓN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL RECTOR, JESUS MARIA

CONTRERAS ESPARZA,

EN LO SUCESIVO "LA UNIVERSIDAD" Y CARLOS GABRIEL MARTINEZ MORALES, EN

LO SUCESIVO SE LE DENOMNARA "EL PRESTADOR DEL SERVICIO", MISMO QUE SUJETAN AL TENOR DE

LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

1. De "LA UNIVERSIDAD"

DECLARACIONES

1.- Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Guanajuato, con personalidad jurídica y

patrimonio propio cuya cabeza de sector es

la Secretaría de Educación de Guanajuato, adoptando el modelo

pedagógico y los sistemas educativos que señale

la Coordinación General de Universidades Tecnológicas, creada

mediante Decreto Gubernativo

No. 108 publicado en el Periódico Oficial de la Entidad el día 9 de Diciembre de 1994,

reestructurado a través del Decreto Gubernativo número 240

en el Periódico Oficial el 18 de octubre de 2005 y de

conformidad a

lo dispuesto en el artículo 18 de dicho Decreto, su representante legal es el Rector, Jesús María

Contreras Esparza quien fue Ratificado por

el C. Gobernador del Estado de Guanajuato, el día 22 de febrero de 2012 y

que para los efectos

de éste contrato señala como domicilio legal el ubicado en Blvd. Universidad Tecnológica número

225 colonia San Carlos, C.P: 37670 de

la ciudad de León, Guanajuato, siendo su registro Federal de Contribuyentes

UTL 941208TR2.

2. De" EL PRESTADOR DEL SERVICIO"

1.- Carlos Gabriel Martínez Morales, por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad declara tener plena capacidad

jurídica para firmar

el presente contrato, y manifiesta: ser de nacionalidad mexicana, de 39 años de edad, estado civil

soltero, con domicilio

en av. Coyoacán número 1435 F201 Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez C.P. 03100 de la

Ciudad de México, D.F., mismo que señala para todos los efectos legales, obligándose a notificar a "LA UNIVERSIDAD"

cualquier cambio de domicilio dentro de los ocho días siguientes a que este ocurra y con clave de Registro Federal de

Contribuyentes MAMC730103E68

Las partes reconocen mutuamente

la personalidad que ostentan y otorgan su consentimiento para obligarse en términos

del presente contrato, sujetándose a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- "EL PRESTADOR DEL SERVICIO"

se obliga a prestar sus servicios profesionales proporcionando el

desarrollo e implementación del proyecto denominado: "Portal para la solicitud y evaluación en línea del Programa

de Becas

de la Sub Secretaría de Educación Media Superior", de la Secretaría de Educación Pública (SEP);

realizando las actividades que

se describen como Anexo 1, mismo que forma parte del presente instrumento jurídico.

SEGUNDA.-"EL PRESTADOR DEL SERVICIO" prestará sus servicios preferentemente

en la ciudad de México,

realizará 2 visitas de trabajo a

la ciudad de León, Guanajuato; Se realizarán las reuniones que sean necesarias en el

área metropolitana de la Ciudad de México.

TERCERA.- Ambas partes acuerdan que las actividades

se podrán modificar, agregar o eliminar según las necesidades

que

se presenten durante el desarrollo del proyecto, formalizándolo por escrito a través de un adendum o convenio

modificatorio

al contrato y lista de actividades.

CUARTA.- "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" se obliga a ejecutar su trabajo con esmero y eficiencia, así como acatar

las disposiciones y políticas de "LA UNIVERSIDAD", esto exclusivamente

en el desempeño de la prestación de sus

servicios profesionales,

sin que por ello se pueda considerar como una subordinación en materia laboral ya que en

ningún momento y bajo ninguna circunstancia se dan los supuestos jurídicos contemplados en los artículos 8, 10 Y 20

de la Ley Federal del Trabajo.

QUINTA.-"EL PRESTADOR DEL SERVICIO"

se obliga a prestar sus servicios profesionales del 15 de abril al 31 de \

diciembre de 2013. ~

SEXTA.- Convienen las partes que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" recibirá como pago por concepto de honorarios

por los servicios descritos

en el Anexo 1, la cantidad de $1,890,192.00 (un millón ochocientos noventa mil ciento

noventa y

dos pesos 00/100 M.N. más Impuesto al Valor Agregado, que se pagará en 6 exhibiciones:

Primer pago por la cantidad de $ 687,993.20 (seiscientos ochenta y siete mil novecientos noventa y tres

pesos 20/100 M.N.) más Impuesto al Valor Agregado, el 24 de mayo de 2013;

Segundo pago por la cantidad de $ 287,993.20 (doscientos ochenta y siete mil novecientos noventa y

tres pesos 20/100 M.N.) más Impuesto

al Valor Agregado, el 7 de junio de 2013;

Tercer pago por la cantidad de $ 232,565.60 (doscientos treinta y dos mil quinientos sesenta y cinco

pesos 20/100 M.N.) más Impuesto al Valor Agregado, el1 dejulio de 2013;

Cuarto pago por la cantidad de $ 227,213.33 (doscientos veintisiete mil doscientos trece pesos 33/100

M.N.) más Impuesto

al Valor Agregado, el1 de agosto de 2013; J-­

CONTRATO PRESTACiÓN DE SERVICIOS PROFESiONALES DJ167/2013

Quinto pago por la cantidad de $ $ 227,213.33 (doscientos veintisiete mil doscientos trece pesos 33/100

M.N.) más Impuesto

al Valor Agregado, el 1 de octubre de 2013;

Sexto

pago por la cantidad de $ $ 227,213.34 (doscientos veintisiete mil doscientos trece pesos 34/100

M.N.) más Impuesto al

Va.lor Agregado. el1 de diciembre de 2013;

SEPTIMA-Lo anterior siempre y cuando "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" entregue las facturas correspondientes

debidamente requisitadas a entera y total satisfacción

de "LA UNIVERSIDAD. En caso contrario no serán pagados los

honorarios descritos.

de conformidad a lo dispuesto en el artículo 57de los Lineamientos Generales de Racionalidad,

Austeridad y Disciplina Presupuestal de

la Administración Pública Estatal Para el Ejercicio Fiscal de 2013.

OCTAVA.-Acuerdan las partes que respecto

al pago de las expensas que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" pudiera

hacer

en el desempeño de su prestación de servicios profesionales que no estén pactadas en el presente instrumento

jurídico, no serán cubiertas por "LA UNIVERSIDAD".

NOVENA.-"EL PRESTADOR DEL SERVICIO" recibirá el pago previsto

en la cláusula cuarta en las instalaciones de "LA

UNIVERSIDAD" o vía transferencia electrónica.

DECIMA.-Se establece como causal de rescisión del contrato que "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" tienda a divulgar

la información y proyectos a que tenga acceso en virtud de los servicios prestados, ya que la misma es confidencial y

propiedad de "LA UNIVERSIDAD".

DECIMA PRIMERA-Se aplicarán las penas previstas

en al artículo 2121 del Código Civil del Estado de Guanajuato a

"EL PRESTADOR DEL SERVICIO",

en caso de no estar autorizados por la ley, para cuyo ejercicio ésta última exija

título.

DÉCIMA SEGUNDA.-Acuerdan las partes que

en caso de querer rescindir el presente contrato o darlo por terminado de

manera anticipada sin responsabilidad alguna para ellas

se deberá dar aviso por escrito con 30 días hábiles por escrito

y deberá ser entregado

en el domicilio legal que ambas partes señalaron en el presente instrumento.

DÉCIMA TERCERA.-Están de acuerdo las partes y seflalan que es

su interés y voluntad que el presente contrato sea

de naturaleza exclusivamente civil. por lo que no generará expectativas de derecho o derecho alguno en materia

Laboral, por

lo que "LA UNIVERSIDAD" no será patrón y "EL PRESTADOR DEL SERVICIO" no tendrá ni adquiere la

calidad de trabajador.

DÉCIMA CUARTA.-Respecto a la interpretación y modificación acuerdan las partes realizar pláticas extrajudiciales a

efecto

de dirimir las controversias que se susciten, sin embargo en caso de persistir, convienen en someterse a los

tribunales civiles, con sede

en ciudad de León, Guanajuato.

Jesús

"

ANEXO I

CONTRATO PRESTACiÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DJ167/2013

l. Objetivo

Migrar el portal actual de solicitud de becas (Aplicación WEB) del Programa de Becas de Educación

Media Superior de

la Secretaría de Educación Pública a plataforma Windows Azure, respetando la

funcionalidad actual con

la intención de mejorar el rendimiento y otorgar al usuario una herramienta

óptima que le permita lograr, sin contratiempos, el alta de una solicitud de beca. Así mismo, el

modulo para la calificación de las solicitudes

en línea, deberá contar con la misma funcionalidad de

las solicitudes.

11. Objetivo del proyecto

Desarrollar bajo plataforma

...

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