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Contrato Y Convención


Enviado por   •  4 de Julio de 2015  •  339 Palabras (2 Páginas)  •  146 Visitas

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Derecho Civil (Obligaciones)

Diferencias entre la noción de Convención y Contrato

Sentencia nº 15001-23-31-000-2003-02985-02 (3761) de Consejo de Estado - Sección Quinta, de 26 de Enero de 2006

La sentencia señala el concepto de contrato y sus clases y cuáles son las diferencias frente a la convención, estas sentencias tienen el fin de explicar un concepto, por el cual la corte considera que hay confusión, además de las referencias dogmáticas que entrega. La sentencia sobre dichas referencia establece lo siguiente;

El artículo 1495 del Código Civil asimila el concepto de contrato al de convención, entendiendo por ambos el “acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa”. No obstante, la jurisprudencia y la doctrina nacionales han precisado que el contrato es aquella forma de convención a la que le corresponde la función positiva de crear o transmitir derechos y obligaciones. En otras palabras, el contrato se distingue de la convención en que el acuerdo de voluntades que lo forma se encamina exclusivamente a generar derechos y obligaciones, en tanto que la convención puede ir en procura no sólo de ese objetivo, sino también de modificar o extinguir derechos y obligaciones ya creadas. El contrato nace de la fusión de voluntades frente a prestaciones contrapuestas (contratos de contraprestación) o frente a propósitos comunes (contratos de colaboración) y, para hablar de contrato estatal, se requiere que al menos una de tales voluntades sea la del Estado o la de una persona jurídica de derecho público. En efecto, el artículo 32 de la Ley 80 de 1993 señala que “Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad”. De manera que son contratos estatales los que celebren las entidades públicas del Estado, ya sea que se regulen por el Estatuto General de Contratación Administrativa o que estén sujetos a regímenes especiales

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