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Definición que proporciona la Secretaria de Economía

MNperez15 de Noviembre de 2013

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Definición que proporciona la Secretaria de Economía

La Inversión Extranjera Directa (IED) es aquella inversión que tiene como propósito crear un interés duradero y con fines económicos o empresariales a largo plazo por parte de un inversionista extranjero en el país receptor. La literatura y evidencia empírica identifican a la IED como un importante catalizador para el desarrollo, ya que tiene el potencial de generar empleo, incrementar el ahorro y la captación de divisas, estimular la competencia, incentivar la transferencia de nuevas tecnologías e impulsar las exportaciones; todo ello incidiendo positivamente en el ambiente productivo y competitivo de un país.

La inversión extranjera es aquella que realizan los no residentes en México, ya sea de directa o de portafolio. Dicha inversión es un factor que tiene efectos diversos que contribuyen al desarrollo del país, puesto que permite la estabilidad de variables macroeconómicas, la modernización de empresas nacionales y extranjeras, así como la generación de empleos y por ende, el fortalecimiento del mercado interno. México cuenta con la Ley de inversión extranjera que regula a ésta, estableciendo los derechos y obligaciones de los inversionistas extranjeros, por otra parte la ley de inversión extranjera también establece los límites de participación de la inversión extranjera. De tal forma, esta Ley de inversión extranjera tiene como objetivo determinar las reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que funcione como una palanca de financiamiento para contribuir al desarrollo nacional.

En la Ley de inversión extranjera, se entiende que la inversión extranjera directa, es aquella que en términos generales significa una ampliación del capital industrial o comercial con el fin de internacionalizarse; los resultados que de ésta se deriven dependerán del tipo de inversión y la motivación para realizar ésta en México, por lo que se buscan inversiones que permitan avanzar hacia condiciones de crecimiento sostenido a largo plazo. Para esto, las políticas públicas que se apoyan en la Ley de inversión extranjera de México son un punto clave para otorgar incentivos a la inversión extranjera.

En la Ley de inversión extranjera se menciona el porcentaje de inversión extranjera en el capital social de sociedades mexicanas, las características que debe cumplir la empresa extranjera, así como las sanciones en caso de que la inversión extranjera viole la ley. Ésta ley, también establece la participación de la Secretaría de Relaciones exteriores, así como las atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional Bancaria de Valores.

Por otra parte, la Ley de inversión extranjera también establece las áreas restringidas para la inversión extranjera y aquellas que son exclusivas de la inversión estatal, en los primeros se encuentran el transporte y las telecomunicaciones y en los últimos se encuentran la inversión en hidrocarburos, la inversión en energía nuclear y emisión de billetes.

La Ley de inversión extranjera trata también las inversiones en valores, conocida como inversión extranjera indirecta, de portafolio o de cartera, ésta se lleva a cabo a través del mercado de valores o de deuda.

Por medio de la inversión indirecta, se realiza la compra de valores, de ésta manera, los extranjeros también realizan inversión en México, mediante la compra de valores en las diferentes modalidades que emiten las empresas o el gobierno, éste último lo hace a través del Banco de México. Dichos valores se comercializan en las diferentes casas de bolsa y le otorgaran al extranjero una utilidad o ganancia, las cuales dependen de diversos factores como el valor adquirido, el plazo y la tasa de interés establecida, así como las utilidades que reciba la empresa. La inversión extranjera indirecta, aporta recursos que permiten, tanto a las empresas como a los gobiernos, financiar proyectos productivos y de desarrollo, que generan empleos y riqueza.

Es importante mencionar que la compraventa en el mercado de valores se realiza con diferentes divisas, entre las que se incluye el euro, el dólar y el peso mexicano.

Es importante tener en cuenta que los inversionistas extranjeros llevan a cabo un análisis del país para decidir en qué país invertir, en dicho análisis, la estabilidad social, política y económica del país son elementos que tienen un importante incidencia en la decisión de invertir no importa si la inversión es directa o indirecta.

En conclusión, la Ley de inversión extranjera, es parte del marco legal que, por un lado le otorga la seguridad jurídica necesaria a la inversión extranjera y por el otro, establece los límites y restricciones para ésta.

MARCO LEGAL

En México, la inversión extranjera está regulada por la Ley de Inversión Extranjera, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1993, entrando en vigor el día siguiente. Posteriormente, fue reformada de la siguiente manera:

Por la Ley del Servicio Ferroviario, publicada el 12 de mayo de 1995.

Por el Artículo Tercero del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; de la Ley Minera; de la Ley de Inversión Extranjera; de la Ley de Sociedades Mercantiles; y del Código Civil para el Distrito Federal en materia Común y para toda la República en Materia Federal", publicado el 2 de diciembre de 1996.

Por el "Decreto por el que se reforman diversos ordenamientos legales" (relativo a disposiciones sobre nacionalidad), publicado el 23 de enero de 1998.

La Ley cuenta con ocho títulos, 39 artículos y 11 transitorios. Para precisar las disposiciones de la Ley, existe el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, el cual fue publicado en el Diario Oficial dela Federación el 8 de septiembre de 1998. Con alguna salvedad, el reglamento entró en vigor a los 20 días de su publicación. El mismo consta de 8 títulos, 49 artículos y 6 transitorios. La LIE es de orden público (es decir, que sus disposiciones son irrenunciables) y de observancia general en toda la República. Su objeto es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y propiciar que ésta contribuya al desarrollo nacional. 2. Formas de inversión

Para efectos de la LIE, se considera que una inversión extranjera es: a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por la LIE. En términos generales, existen tres formas reconocidas por la legislación mexicana por medio de las cuales se pueden llevar a cabo proyectos de inversión: a) A través del establecimiento de una persona moral extranjera en el territorio de la República Mexicana, que puede adoptar dos modalidades:

Como sucursal u oficina de representación con ingresos. Estas son personas morales legalmente constituidas en el extranjero y reconocidas jurídicamente en México.

Para que estas personas morales extranjeras puedan establecerse y realizar de manera habitual actos de comercio en la República Mexicana, requieren la autorización de la SECOFI a fin de que se inscriban en el Registro Público del Comercio. Las personas morales extranjeras legalmente establecidas en el país no podrán realizar actividades ni adquisición alguna reservada o sujeta a regulación específica en los términos de la Ley de Inversión Extranjera (LIE).

Como oficina de representación sin ingresos. Estas personas morales extranjeras no realizan operaciones mercantiles; sólo son entidades que representan a sociedades extranjeras y que tienen como única finalidad proporcionar servicios informativos y de asesoría sobre las actividades, productos o servicios que presta su matriz en el exterior. Este tipo de oficinas requiere autorización de la SECOFI para establecerse en territorio nacional, no requieren inscripción y sólo deberán tramitar su alta (en ceros) ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

b) A través de la constitución de una sociedad mexicana en la que la inversión extranjera participe hasta en 100% en su capital social. La legislación mercantil mexicana reconoce seis tipos de sociedades. La más común es la Sociedad Anónima, que puede constituirse como sociedad de capital variable; existe bajo una denominación, se compone exclusivamente de socios y la obligación de éstos se limita al pago de sus acciones. De conformidad con la LIE, la inversión extranjera puede participar libremente en una sociedad mercantil mexicana, salvo que se trate de actividades o adquisiciones reservadas o sujetas a regulación específica. c) A través de una sociedad mexicana que esté sujeta a regulación específica. La participación de personas físicas o morales extranjeras en porcentajes minoritarios o a través del esquema de Inversión Neutral, es una vía en el caso de que la actividad económica que se pretenda realizar se encuentre sujeta a límites máximos de participación. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI) podrá autorizar a las instituciones fiduciarias para que expidan instrumentos de inversión neutra que únicamente otorgarán, respecto de sociedades, derechos pecuniarios a sus tenedores y, en su caso, derechos corporativos limitados, sin que concedan a sus tenedores derechos de voto

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