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Economia.

michiventuraTesis22 de Abril de 2013

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1.- Describa un caso de nuestra realidad en que se vea una diferencia entre la ideología política y la ideología jurídica internamente considerada.

Ideología política:

Es el conjunto de ideales relativas a la organización del estado, que es donde se concretizan, donde se expresan los interese y fines entre una y otra sociedad, o clase social. De característica declarativa ya que no conllevan razones de cumplimiento, son en lo general pronunciamiento del pensamiento.

Es un cierto juego ético de ideales, principios, doctrinas, mitos o símbolos de un movimiento social, institución, clase o un grupo grande que explica como la sociedad debería funcionar, y ofrece algún programa político y cultural para un cierto orden social. Se ocupa mucho de cómo el poder debería asignarse y a cuales fines debería ser usado.

Ideología Jurídica:

Son el conjunto de ideas que define lo que es lícito e ilícito, que tienen como aval la legislación, con la presencia de instituciones que hacen cumplir el derecho.

Son el conjunto de normas y leyes que regulan las relaciones entre los hombres, es coercitiva, ya que su incumplimiento justifica el uso de la fuerza.

Caso de nuestra realidad:

Partido Comunista Peruano-Sendero Luminoso:

Ideología Política:

Marxismo-Leninismo-Maoísmo, Pensamiento Gonzalo, principalmente Pensamiento Gonzalo

Línea Política General:

Línea Internacional; Revolución Democrática; Línea Militar; Línea de Construcción de los Tres Instrumentos de la Revolución; Línea de Masas

Programa:

Estatutos y Programa General de la Revolución Democrática

La meta de Sendero Luminoso es reemplazar las instituciones peruanas, que consideran burguesas, por un régimen revolucionario campesino comunista, presumiblemente iniciándose a través del concepto maoísta de la Nueva Democracia. En1980, desató el conflicto armado interno del cual participó como principal agente hasta la captura de su líder, Abimael Guzmán Reynoso en 1992, tras lo cual sólo ha tenido actuaciones esporádicas.

Aquí podemos observar cómo la ideología política de un grupo de un partido político, se contrapone a la ideología política de un país, ya que estas personas que intentaron implantar un nuevo modelo socioeconómico, basados en su ideología política, cometieron delitos, los cuales ascendieron a más de 20 mil víctimas de asesinato, razón por la cual hoy en día cumplen condenas carcelatorias, aquéllos que han sido capturados, y los que no, tienen orden de captura.

2.- Mediante un ejemplo demuestre la diferencia y coincidencia entre norma jurídica y norma moral.

Como todas las normas, las morales imponen conductas, pero no son externas al sujeto, sino autónomas, dadas por la propia conciencia de cada uno. En general, las personas poseen una conciencia recta que les indica lo que está bien y lo que está mal, y actúan en consecuencia. La gente en general no roba, ni mata, ni lesiona a otros, no por temor al castigo de las leyes penales, sino porque sienten que eso está mal, y ni siquiera se toman el trabajo de leer los códigos penales para no caer en el delito, simplemente actúan por su instinto de buena persona.

En general las normas morales coinciden con las normas jurídicas, o debieran coincidir. Pero como las normas morales no tienen sanción efectiva, sino el remordimiento, y previendo que existen personas cuya conciencia no es recta, o a sabiendas de lo que su conciencia les indica actúan mal, se han sancionado las normas jurídicas que castigan a quien delinque con multa, prisión, reclusión o accesoria de inhabilitación. Si todos tuvieran una conciencia moral bien conformada y se adecuaran a ella, las normas jurídicas no tendrían razón de existir.

En cuestiones esenciales como el homicidio, el robo, el hurto o las lesiones, hay unanimidad sobre lo que es bueno o es malo. Sin embargo existen dilemas o conflictos éticos que hacen que el límite entre el bien y el mal resulte difuso. En estos casos es necesaria la norma jurídica que dirima la cuestión, por ejemplo, si debe ser o no punible el aborto, o la tenencia de drogas para consumo personal, o la imposición de la pena de muerte para delitos graves. El debate será ético, pero la solución debe ser jurídica, ya que no a todos los jueces, seguramente la conciencia les brindará las mismas soluciones, lo que atentaría contra la seguridad social.

Hay normas morales o de conciencia, que no están incluidas en el orden jurídico como conductas sancionables. Por ejemplo, ayudar a un ciego a cruzar la calle o dar una limosna a un necesitado, son deberes morales, pero no jurídicos.

Las normas morales nacen con nosotros, pero las vamos rearmando día a día, en base a nuestras experiencias, de lo que nos enseñaron que se hace y qué no, y de los valores que se nos transmiten en el mundo en que vivimos. La moral social influye decididamente sobre la moral individual. La conciencia moral y sus normas, por ejemplo sobre la fidelidad, no serán iguales en el mundo occidental que en los países musulmanes.

Caso de nuestra realidad:

Han pasado cuatro años del escalofriante crimen de una madre a manos de su hija. El 5 de marzo del 2005, Giuliana Llamoja Hilares mató de 65 cuchilladas a su mamá, María del Carmen Hilares Martínez. Fue el inicio de una trágica historia que se desarrolló en el seno de una familia de clase media. Víctima y victimaria eran esposa e hija del entonces juez Luis Llamoja Flores.

Hoy, la historia no termina. Se escribe un nuevo capítulo de este escalofriante suceso, con la liberación de la protagonista del parricidio, la joven Giuliana Llamoja. Tras cumplir un tercio de su condena (en total 12 años) obtuvo la semi-libertad y con ello volvió a llenar las páginas de los diarios que especulan sobre la nueva vida que llevará.

Y es que las preguntas que vienen son: ¿Giuliana podrá tener una vida normal? ¿Podrá sobrellevar el peso de la culpa por matar al ser que le dio la vida? ¿Estará arrepentida? ¿Seguirá odiando a su mamá? ¿Podrá olvidar el día en que se desató la desgracia?

Las respuestas de estas interrogantes las sabremos con el pasar de los días. Según como Giuliana teja su nueva vida. Una vida que le será difícil de construir en una sociedad moralista como la que vivimos, que no perdona ni olvidará el motivo de su encierro ni los hechos del crimen. Hechos que los investigadores y la misma Giuliana revelaron.

Una trágica noche:

Eran las 9 de la noche cuando María del Carmen Hilares retornó a su casa y sorprendió a su hija Giuliana probándose una prenda a frente a un espejo de la sala de su casa. La madre le increpó a la joven por el desorden de las cosas. Fue entonces que se desató una tensa discusión. Giuliana, rebelde y atrevida, ignoró a su madre dirigiéndose a la cocina.

Su colérica madre fue tras ella, entre gritos, mientras la joven indiferente se disponía a comer una sandía. Esa indiferencia enfureció a María del Carmen y cogió lo primero que encontró: dos cuchillos con los que se abalanzó contra su hija.

En lugar de huir o pedir ayuda, Giuliana enfrentó a su madre. Ambas forcejearon. En uno de los empujones la madre chocó su espalda con el interruptor y apagó la luz. En medio de la oscuridad se habría desatado la desgracia, el enfrentamiento terminó con la caída de la madre, que llevó la peor parte al morir desangrada con 65 cortes inferidos en el forcejeo que sostuvo con su joven hija.

Esconde el cuerpo:

Hasta ese momento se podía pensar que la fatalidad fue desencadenada por un arrebato de ira y enojo por parte de una madre que no supo cómo corregir la rebeldía y groserías de su joven hija. Pero esta explicación se desvirtúa con el proceder de Giuliana tras la muerte de su madre.

La joven prendió la luz, sacudió el cuerpo de su madre y no tuvo respuesta. Fue a bañarse y a cambiarse de ropa. Giuliana nunca salió a pedir ayuda, por el contrario arrastró el cadáver hasta el baño y lo escondió bajo llave. Luego de una hora, el hermano de Giuliana, Luis, llegó a casa y encontró el escalofriante cuadro.

El padre de la familia, Luis Llamoja Flores, ex titular del 41 Juzgado Penal de Lima, se encontraba en Buenos Aires el día de la desgracia que acabó con su tranquilidad.

La policía se encargó de esclarecer el parricidio, con la sorprendente declaración de la joven un día después del crimen.

Intentó envenenarla:

En el atestado policial Nº 049-2005, la joven confesó haber intentado envenenar a su madre. Con tranquilidad contó: “Salí un instante para comprar una bebida gaseosa de tres litros. Al entrar a la cocina vi un sobre con veneno y lo eché en la botella. Pensaba en envenenar a mi mamá, pero me arrepentí”.

Aseguraba estar cansada de las recriminaciones y amonestaciones de su madre, admitiendo que odiaba a su mamá. El caso terminó con un rápido proceso judicial. La joven fue condenada a 12 años de prisión por la Corte Suprema de Justicia.

Para la fiscal Katherine Borredo, la vida de una sentenciada nunca vuelve a ser la misma. Giuliana tiene semi-libertad y por ello debe dar cuenta de sus actividades, tendrá que trabajar para el pago de los S/. 30 mil de reparación civil, deberá seguir tratamiento psicológico a través del INPE, condiciones que la Llamoja cumplirá durante el tiempo que le resta de condena, exponiéndose al dedo acusador de la sociedad y la prensa. ¿Podrá soportarlo?

Pide rectificación

Carta notarial. Aunque Giuliana Llamoja logró esquivar a la prensa a su salida del penal Santa Mónica,

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