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FINANCIERO Y TRIBUTRIO III


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2016  •  Prácticas o problemas  •  434 Palabras (2 Páginas)  •  141 Visitas

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D. FINANCIERO Y TRIBUTRIO III

1º Práctica sobre el régimen general de exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la relación con los principios inspiradores del ordenamiento tributario.

Si tenemos en cuenta el principio de generalidad, que es un principio inspirador del ordenamiento tributario, el cual viene a decir que la Constitución española dispone que todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio. En el mismo sentido, el artículo 3 de la LGT previene que la ordenación  de los tributos ha de basarse en la capacidad económica de las personas llamadas a satisfacerlos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad ,  equitativa distribución de la carga  tributaria y no confiscatoriedad.

En el caso que nos ocupa  es el IBI, que es un tributo  directo de carácter real, de titularidad municipal y exacción obligatoria que grava el valor catastral de los inmuebles en los términos establecidos en los artículos 60 a 77 del TRLRHL. Se trata de un impuesto de devengo periódico y de gestión compartida con la Administración del Estado.

Existe una larga lista de exenciones entre las rogadas, las potestativas y las de oficio, creo que ésto es indicativo de que este impuesto no es muy eficaz, porque son demasiadas las entidades que están exentas de pagar este impuesto. Por otro lado, es muy gravoso, en el sentido  de que hay que pagar todos los años por lo mismo, e incluso cuando el valor catastral es superior al de mercado, porque el catastro subió su valoración en época de bonanza económica donde todos los inmuebles subieron a unos precios desorbitados, ahora los precios han bajado, pero el catastro no ha hecho lo mismo.

Hay que pensar que los Ayuntamientos llenan sus arcas con este impuesto, siendo una gran fuente de ingresos, lo que ocurre es que los ciudadanos se ven obligados a pagar por un simple piso una cantidad astronómica, que a veces no pueden ni hacerlo, teniendo que fraccionar el pago.

 Otro dato a tener en cuenta en los tiempos que corren, es el alto índice de corrupción de los consistorios, desviando a paraísos fiscales el dinero de los ciudadanos, por parte de numerosos políticos corruptos, crispando aún más a la sociedad.

Para concluir, no me parece muy justo que haya tantos entes que estén exentos de pagar este impuesto, veo más adecuado que hubiera deducciones y pagaran menos los entes que hacen una labor social importante pero no exención total del impuesto.

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