Fase Preparatoria De Los Procesos De Selección.
MRoncerosT3 de Febrero de 2014
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Fase preparatoria de los procesos de selección.
¿Cuándo se inicia la fase preparatoria?
Se inicia con el requerimiento que remite el área usuaria para la contratación de bienes, servicios u obras. Dicho requerimiento
debería hacerse de acuerdo a lo establecido en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y debe considerar los plazos
de los procesos de selección, dependiendo el tipo de proceso, con el objetivo de asegurar una atención oportuna.
A1, Sobre el requerimiento y su contenido.
¿Quién es responsable de formular el requerimiento?
El área usuaria (área orgánica responsable del cumplimiento acciones) es la responsable del contenido del requerimiento,
debiendo describir adecuadamente el bien, servicio u obra a contratar y definir con precisión las características,
condiciones, cantidad y calidad de lo requerido; así como, la finalidad pública de dicha contratación.
¿El área usuaria realiza sola las especificaciones técnicas?
Nó, deberán ser realizadas por el área usuaria en coordinación con el Órgano Encargado de las Contrataciones en la
entidad (OEC), evaluando en cada caso las alternativas técnicas y las posibilidades que ofrece el mercado para la satisfacción
del requerimiento.
¿Qué regulación existe para definir las especificaciones técnicas?
Las especificaciones técnicas deben cumplir obligatoriamente con los reglamentos técnicos, normas metrológicas y disposiciones
sanitarias nacionales; y requisitos técnicos establecidos en reglamentos sectoriales cuando estén refrendados
por el MEF. A su vez, podrán ser tomadas en cuenta las normas técnicas nacionales emitidas por la Comisión de Reglamentos
Técnicos y Comerciales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual
(INDECOPI) para definir los bienes, servicios u obras, precisando que no son de obligatorio cumplimiento.
En el caso de obras, además, se deberá contar con la disponibilidad física del terreno o lugar donde se ejecutará la obra
y con el expediente técnico aprobado, debiendo la entidad cautelar su adecuada formulación a fin de asegurar la calidad
técnica y reducir e la necesidad de su reformulación por errores o deficiencia que se evidencien al ejecutar la obra.
Respecto al requerimiento, ¿el OEC puede realizar ajustes?
Sí. Siempre que cuente con la autorización del área usuaria y lo haga como producto del estudio de las posibilidades
que ofrece el mercado.
¿El requerimiento puede tener en la descripción información que oriente la adquisición o
contratación?
Nó. La descripción de bienes y servicios no debe referenciar marcas o nombres comerciales, patentes, diseños o tipos
particulares, fabricantes determinados, ni nada que oriente la adquisición o contratación. Sólo será posible solicitar una
marca o tipo de producto determinado cuando ello responda a un proceso de estandarización debidamente sustentado
bajo responsabilidad del titular de la entidad.
A2, sobre el expediente de contratación.
¿Cómo se inicia el Expediente de Contratación?
Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
¿Es necesario aprobar nuevamente el Expediente de Contratación si el proceso previo fue
declarado desierto?
Si, si un proceso se declara desierto, solo si ha sido modificado en algún extremo, la nueva convocatoria contará con
una nueva aprobación del expediente de contratación.
¿Cuál es el ob jetivo del Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado?
El objetivo es encontrar las alternativas técnicas y posibilidades que ofrece el mercado para la satisfacción del requerimiento,
a efectos de permitir la concurrencia
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