La Union Europea
marcelachoque27 de Marzo de 2014
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Comercio exterior
La política comercial común es uno de los pilares de las relaciones exteriores de la Unión Europea. Se basa en un conjunto de normas uniformes en virtud de la unión aduanera y del arancel aduanero común y regula las relaciones comerciales de los Estados miembros con terceros países. Los instrumentos de defensa comercial y de acceso a los mercados están dirigidos, en particular, a proteger a las empresas europeas contra los obstáculos al comercio. La Unión Europea ha cambiado con la globalización; ahora su objetivo es garantizar el desarrollo armónico del comercio mundial y promover su carácter equitativo y sostenible. Asimismo, fomenta activamente la apertura de los mercados y el desarrollo de los intercambios en el marco multilateral de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Al mismo tiempo, apoya a los países y las regiones en desarrollo en el marco de sus relaciones bilaterales, con objeto de integrarlos en el comercio mundial a través de medidas preferenciales.
La política comercial al servicio de la Estrategia Europa 2020
La política comercial europea tiene como objetivo reforzar la competitividad de la UE. Constituye un marco para la profundización de las relaciones económicas estratégicas y la defensa de los intereses europeos en el mundo. Sus objetivos deben adaptarse a los nuevos retos mundiales y a la nueva estrategia de crecimiento sostenible de la UE para 2020.
SÍNTESIS
La Comisión ha presentado las nuevas orientaciones para la política comercial europea. Dicha política debe contribuir a los objetivos de la Estrategia Europa 2020 sin olvidar el impacto del comercio internacional sobre el crecimiento sostenible de la Unión Europea (UE).
El desarrollo de una política comercial abierta y de los flujos de inversión internacionales deberá en consecuencia:
• Contribuir al crecimiento inteligente de la UE y a la difusión de la innovación mediante la supresión de los obstáculos para los intercambios internacionales de bienes, servicios e inversiones. El refuerzo de las relaciones comerciales deberá permitir fundamentalmente abrir los mercados públicos y los programas de investigación de terceros países a la participación de las empresas europeas.
• Ir acompañado de políticas sociales a escala europea y global, ya que efectivamente la apertura de los mercados puede originar pérdidas de empleo en los sectores de menor rendimiento. Por lo tanto, los Estados miembros y la UE deberán adoptar las medidas de acompañamiento oportunas, sobre todo para el reforzar el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG). Además, la UE deberá proseguir con su cooperación con los países en desarrollo en la lucha contra la pobreza, la defensa de los derechos humanos, y el respeto de las normas internacionales laborales y de buena gobernanza.
• Contribuir al crecimiento verde en la UE y en todo el mundo. De hecho, los acuerdos comerciales deberían prever disposiciones para un uso eficiente de los recursos naturales y la protección del medio ambiente.
Es posible lograr estos objetivos mediante el refuerzo de las relaciones comerciales de la UE y sus socios estratégicos.
En este contexto, es esencial sobre todo:
• ciclo de Doha de la Organización Mundial del Comercio (OMC). En consecuencia, es necesario mejorar el acceso de los países en desarrollo a los intercambios internacionales, sobre todo en el ámbito de los servicios y la agricultura, así como mejorar la capacidad de supervisión de la OMC y su sistema de resolución de diferencias.
• Cerrar la negociación de los acuerdos de libre intercambio entre la UE y sus socios comerciales, y reforzar sus relaciones con sus socios estratégicos, teniendo en cuenta sobre todo los derechos de propiedad intelectual y la protección de la innovación, los mercados públicos, las normas de competencia o la protección de los consumidores.
• Desarrollar una nueva política europea de las inversiones, crear un entorno favorable para las empresas, facilitar su acceso a los mercados exteriores, incluidos los mercados públicos, y defender los derechos de la UE por un comercio justo y seguro.
Por último, la política comercial deberá tener en cuenta objetivos de la acción exterior de la UE. Se trata sobre todo de los objetivos de la política europea de desarrollo a través de la aplicación de instrumentos comerciales específicos, así como de imperativos de la política europea de seguridad, sobre todo en lo referente al control de los intercambios de productos de doble uso.
Inversión internacional: hacia una política global europea
La Unión Europea (UE) establece los fundamentos de una nueva política europea en materia de inversión internacional. Esta política deberá basarse en las nuevas competencias atribuidas a la UE para eliminar los obstáculos a los movimientos de Inversión Extranjera Directa (IED). Si la UE es el primer emisor y destinatario mundial de la IED, los países emergentes se vuelven cada vez más activos en este ámbito.
La Comisión presenta una estrategia para la elaboración de una política europea en materia de inversión internacional.
De hecho, desde la adopción del Tratado de Lisboa, la Unión Europea (UE) dispone de competencia exclusiva para liberalizar de forma progresiva los movimientos de Inversión Extranjera Directa (IED) *. Así, una nueva política europea debe permitir mejorar las inversiones extranjeras en la UE y facilitar el acceso de las inversiones europeas a los mercados de países terceros.
Los fundamentos de una política común
Las inversiones europeas en países terceros deben poder beneficiarse de un entorno favorable y estable. En concreto, en los países en los que las condiciones jurídicas, políticas y económicas son insuficientes para garantizar la seguridad de las inversiones. Así, en la actualidad, los países de la UE suscriben convenios bilaterales de inversión (CBI) con países terceros para obtener garantías sobre el tratamiento de sus inversiones. Pero esta situación genera condiciones de competencia desiguales entre los inversores europeos.
En el futuro, la UE deberá obtener garantías durante sus negociaciones comerciales. Sus socios comerciales deberán comprometerse a proteger y facilitar la circulación de todo tipo de inversiones europeas. La UE también podría formalizar acuerdos de inversión independientes con determinados terceros (concretamente con China o Rusia), para incrementar el grado de cooperación en un único ámbito comercial o para todo tipo de inversiones.
Por su parte, las inversiones extranjeras en la UE deben beneficiarse de condiciones de competencia justas, uniformes y óptimas.
Por último, una política común debe permitir satisfacer mejor las necesidades de los inversores durante cada etapa (planificación, establecimiento en un país, etc.). Los países de la UE también deben poder adoptar medidas de promoción de las inversiones, a nivel nacional, regional y local, sobre todo, a través de incentivos fiscales o asistencia técnica.
Un programa común de negociación
Cada asociación comercial tiene un carácter específico en función de las relaciones existentes entre los Estados socios. No obstante, la Comisión identifica una serie de principios que deben enmarcar sus futuras negociaciones en materia inversión internacional. A saber:
• criterios para la selección de países socios, que tengan en cuenta las garantías ofrecidas a los inversores europeos (trato justo y predecible, estabilidad política e institucional, potencial económico, etc.) y el grado de cooperación comercial;
• tratamiento de los ámbitos relacionados con las inversiones, para cubrir todas las operaciones relacionadas con las adquisiciones o constituciones de empresas (gastos de transferencias de fondos, pagos, derechos de propiedad intelectual, etc.);
• normas de protección de las inversiones, sobre todo en lo que respecta al tratamiento equitativo de los inversores, la seguridad jurídica, el principio de proporcionalidad de la acción pública y los derechos de expropiación o la libertad de transferencia de fondos;
• IED, por ejemplo, para garantizar la transparencia a y la correcta resolución de conflictos jurídicos;
• responsabilidad internacional de los Estados, sobre todo, en relación con el pago de compensaciones financieras.
Estos principios deben ser formalizados mediante una recomendación de la Comisión.
*Inversiones extranjeras directas: cualquier inversión extranjera que sirva para establecer relaciones duraderas y directas con la empresa a la que se destinan los fondos para el ejercicio de una actividad económica. Estas inversiones ofrecen al accionista la posibilidad de participar de manera efectiva en la gestión o el control de la sociedad.
Una Europa global: competir en el mundo
Para reforzar la competitividad europea y aprovechar las oportunidades derivadas de la apertura internacional, son necesarias nuevas prioridades y nuevos enfoques en la política comercial de la Unión Europea (UE). Esas nuevas perspectivas se presentan en un ambicioso programa de acción, que consta de una agenda interna y otra externa. De esta forma, la política comercial de la UE podrá responder a los objetivos de crecimiento y empleo de la estrategia de Lisboa, y al mismo tiempo hacer frente al reto de la globalización.
SÍNTESIS
La Comisión propone un ambicioso programa para la competitividad de la Unión Europea (UE) y de sus empresas en el marco de la agenda externa de la estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo, que hace hincapié en mercados abiertos. El rechazo
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