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Las funciones del centro de información financiera CIFIN


Enviado por   •  30 de Septiembre de 2014  •  Informes  •  445 Palabras (2 Páginas)  •  218 Visitas

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CIFIN, administrada por la Asobancaria y de entidades financieras de Colombia, con la presente se conocerá sus definiciones, principios, derechos y deberes que se han manejado o se han impuesto en esta importante y reconocida central de información financiera CIFIN, por la cual se dedica a la recolección, obtención, compilación, modificación, administración, procesamiento, intercambio, envío, divulgación y transferencia a cualquier título, de datos personales financieros, crediticios, de servicios y , en general, cualquiera relacionado con el cumplimiento de obligaciones, así como los provenientes de terceros países y cualquier otro que no sea contrario a la constitución y la ley.

las actividades desarrolladas por CIFIN tienen como objeto ofrecer a sus clientes diferentes productos que les permitan valorar y hacer un seguimiento integral del riesgo, apoyar la gestión de las autoridades y fortalecer el desarrollo empresarial e institucional.

CIFIN, que administra la información entregada por las fuentes, suministra a sus usuarios datos objetivos, completos y actualizados, y les permite superar simetrías de la información y tener una mayor certeza en cuanto a su calidad y confiabilidad. En esta medida, constituye una actividad necesaria para la protección del ahorro público y la satisfacción de los intereses del tráfico mercantil.

a continuación conoceremos definiciones:

Titular de la información: es la persona natural o jurídica a quien se refiere la información que reposa en un banco de datos y que es sujeto del derecho de Hábeas Data y de los demás derechos y garantías consagrados en la constitución y en la ley.

Fuente de información: Es la persona natural o jurídica que recibe o conoce los datos de los titulares de la información, en virtud de una relación comercial o de servicio o de cualquier otra índole y que en razón de autorización legal o del titular cuando ésta es necesaria, suministra esos datos a un operador de información.

Operador de información: Se denomina operador de información a la persona, entidad u organización que recibe de la fuente datos sobre varios titulares de la información, los administra y los pone en conocimiento de los usuarios bajo los parámetros de la ley.

Usuario. El usuario es la persona natural o jurídica que, en los términos y circunstancias previstos en la ley y en este reglamento, puede acceder a la información personal de uno o varios titulares de la información.

sus principios:

La ley ha establecido como principios aplicables al proceso informático los siguientes:

1. Principio de favorecimiento a una actividad de interés público.

2. Principio de veracidad

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