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Norma Internacional de Información Financiera 11: Acuerdos conjuntos


Enviado por   •  30 de Marzo de 2016  •  Tareas  •  894 Palabras (4 Páginas)  •  240 Visitas

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Norma Internacional de Información Financiera 11: Acuerdos conjuntos:

Definición y razón:

Su objetivo se basa en indicar las bases en que las finanzas deben de ser representadas mediante los estados financieros, con la finalidad de lograr una eficiente participación de diferentes entidades que comparten acuerdos entre sí, es decir, de las que conllevan acuerdos conjuntos.

Este acuerdo es centrado en asegurar un control en conjunto de la entidad que es parte de un acuerdo con otras empresas mediante la evaluación de sus derechos y obligaciones, contabilizando tales de acuerdo al tipo de acuerdo que esta optó con sus demás socias.

Todas las entidades que son partes de un acuerdo en común están regidas por esta norma.

Glosario:

Acuerdo conjunto: es un pacto en el que participan y apoyan un conjunto de entidades, tales entidades están obligadas a acatar cada parte establecida mediante un contrato, esta le otorga a todas las partes que están incluidas en asociación tomar control parcial de tal pacto. Puede ponerse de manifiesto de diversas formas; si es obligatorio a veces se hace por escrito, en forma de contrato o conversaciones documentadas entre las partes participantes. Este establece cláusulas por las cuales las partes toman su participación en el acuerdo, establece aspectos como: propósito, actividad y duración del acuerdo, el nombre de los miembros del consejo administrativo u órgano de gobierno del acuerdo, el proceso de tomas de decisiones; los temas que requerirán decisiones de las partes, el derecho de voto y el nivel requerido del apoyo a esos temas, el capital u otras aportaciones, la forma en la que se distribuyen o comparten los activos, pasivos, ingresos en general, gastos o resultado del períodos y relativos del acuerdo conjunto.

EJEMPLOS

Control Conjunto:

A diferencia del acuerdo conjunto, el control conjunto establece quienes tendrán el control de las decisiones que acaten todas las decisiones de tal acuerdo, dichos miembros del control que deberán de ser cuidadosamente seleccionados tienen que estar de acuerdo en su totalidad, unánimes, si una de las partes no corrobora tal propuesta de decisión esta no se ejecuta, pues todos tienen igualdad de importancia en conjunto.

Ya dentro del acuerdo conjunto la entidad debe de tomar la decisión en el tipo de acuerdo por el que más le convenga  según los derechos y obligaciones que estas hayan pactado, optar y realizar sus funciones; estas se clasifican en ¨operación conjunta¨ y ¨negocio conjunto¨.

Una operación conjunta no es más que un trato refiriendo el control o derecho de los activos y los pasivos de la entidad establecidos en el acuerdo, quienes se llamarán ¨operadores conjuntos¨, y un negocio en conjunto es también un trato de todas las partes que están inmiscuidas en el acuerdo, que establece quienes tendrán derecho sobre los activos netos del acuerdo, llamados ¨participantes en un negocio en conjunto¨. Ambos acuerdos serán rigurosamente analizados mediante un juicio profesional regido por el marco de referencia optado en todas las cláusulas y bases legales del acuerdo. Aunque que ambos tratos estén regidos por el mismo marco no quiere decir que puedan coexistir, a pesar de que en algunas ocasione sí sea posible. En dado caso de haber cambio debido a algún hecho o suceso se deberá de realizar otra especificación o distribución de papeles de los actores de tal tratado.

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