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Prima De Riesgo 2014


Enviado por   •  5 de Marzo de 2014  •  285 Palabras (2 Páginas)  •  337 Visitas

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UNA DE LAS OBLIGACIONES QUE TIENEN LOS PATRONES ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ES LA DE PRESENTAR LA DETERMINACIÓN DE LA PRIMA DEL SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO, DERIVADA DE LA REVISIÓN ANUAL DE LA SINIESTRALIDAD, CON LA FINALIDAD DE CUBRIR EL SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO QUE SE PRESENTE POR ALGÚN ACCIDENTE O ENFERMEDAD DE TRABAJO.

La declaración se debe presentar a más tardar el 28 de febrero de 2014 y la vigencia será del primero de marzo de 2014 hasta el 28 de febrero de 2015.

Exentos de presentar la declaración (RACERF Art. 32, IV,V)

No están obligados a presentar la declaración anual de la prima de riesgo los patrones que:

1. Se inscribieron al Instituto por primera vez en el año 2013.

2. Cambiaron de clase de riesgo por haber modificado sus actividades empresariales durante 2013.

3. Determinaron una prima exactamente igual a aquella que estuvo vigente durante 2013.

Opción de no presentar la declaración (LSS Art. 7)

Patrones que tengan menos de 10 trabajadores. Deberán continuar cubriendo la prima media.

Sanciones (LSS Art 304-A XV y 304-B III Y 304-C)

La omisión de la presentación de esta declaración, o la presentación incorrecta de la misma, puede sancionarse con una multa desde 20 hasta 210 veces el SMGDF ($1,345.80 A $ 14,130.90)

Recomendaciones

Obtener todos los avisos de riesgo de trabajo, las altas médicas y los dictámenes de incapacidad permanente, parcial o total de los riesgos laborales para ser considerados como riesgos terminados en 2013, a efecto de tener la información completa al momento de presentar el dictamen de determinación de la prima de riesgo de trabajo durante febrero de este año.

Insistimos en la importancia de presentar la Prima de riesgo en tiempo y forma.

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