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Regimen De Incorporacion Fiscal


Enviado por   •  31 de Julio de 2014  •  474 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL (RIF)

Ya es de público conocimiento el listado de cambios de la Reforma Fiscal 2014, que ha sido aprobada en poco tiempo dado que tenía el aval de la mayoría parlamentaria requerida.

En este sentido, allí se establece un régimen denominado “Régimen de Incorporación Fiscal“. A través de este régimen, podrán incorporarse durante unos 10 años las personas físicas con poca capacidad económica y administrativa.

Entonces, la idea es que durante dicho periodo sólo deban presentar de forma bimestral sus declaraciones de pago e informativas para efectos del impuesto sobre la renta. De esta manera se espera que se logre cumplir adecuadamente con sus obligaciones e incorporarse al régimen general de la citada ley.

El Régimen de Incorporación se convierte entonces en el nuevo esquema de tributación al que pueden acceder las personas físicas con actividad empresarial con ingresos menores de dos millones de pesos.

Los contribuyentes que ejerzan la opción durante el periodo que permanezcan en el régimen previsto deberán calcular el impuesto al valor agregado de forma bimestral por los periodos comprendidos de enero y febrero; marzo y abril; mayo y junio; julio y agosto; septiembre y octubre, y noviembre y diciembre de cada año y efectuar el pago del impuesto a más tardar el día 17 del mes siguiente al bimestre que corresponda, mediante declaración que presentarán a través de los sistemas que disponga el Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet.

El pago bimestral será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el bimestre por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles.

Entre otros detalles, los contribuyentes de este régimen no estarán obligados a presentar las declaraciones informativas siempre que presenten la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre inmediato anterior.

Con estas nuevas reformas desaparece el Régimen Intermedio y Repecos.

Aparece el nuevo régimen de transición denominado Régimen de Incorporación Fiscal con las siguientes características:

o Aplicable a personas físicas con actividad empresarial, enajenación de bienes o que presten servicios para los que no se requiera para su realización título profesional con ingresos que no excedan de 2 millones de pesos.

o Esquema bajo flujo de efectivo y con pagos bimestrales definitivos.

o Régimen cedular y de aplicación temporal por un periodo de hasta 10 años.

o Descuentos en el ISR del 100% del pago, durante el primer año, que irá disminuyendo a lo largo de los diez años.

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