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El Desapoderamiento


Enviado por   •  17 de Julio de 2013  •  2.255 Palabras (10 Páginas)  •  1.203 Visitas

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EL LITIGIO

El hombre al vivir en la sociedad tiene que permanecer día a día en contacto con otras personas frente a quienes puede estar ligado por lazos de parentela o alianza, o simplemente de afecto, o por algún interés de cualquier naturaleza. También lo hace con aquellos de quienes recibe, o se relacionan a las actividades que le permiten obtener los medios económicos para satisfacer sus necesidades y las de sus familiares y dependientes.

El hombre además de ser capaz de albergar y practicar todas las virtudes, puede manifestar, y esto ocurre en la mayoría de las veces, desde el leve egoísmo personal o de grupo, hasta los bajos instintos y actos de pasión, de codicia o de vicio.

Por lo dicho, las relaciones del hombre en sociedad se efectúan dentro de cierto desorden emocional y en pugna a los inte¬reses de los demás. De ahí que el Estado tenga que intervenir, y por medio del Derecho controlar y racionalizar las actividades de los individuos, primero al nivel de los intereses en sus grupos respectivos y luego al nivel de la comunidad global, a fin de que las mismas propendan al bien general.

Esta forma de convivencia genera entre los miembros Je la sociedad innumerables discusiones o contiendas. De ellas sólo nos interesan las que por sus características pueden ser ca¬lificadas como fenómenos jurídicos, a las cuales se les tipifica con el nombre de litigio.

El ordenamiento jurídico fija las condiciones de existencia y los efectos de los derechos que reconoce a las personas, pero ai no actuar el hombre en todos sus actos con sujeción a la nor¬ma jurídica, se producen lesiones a los derechos de otros, las cuales generan discusiones o contiendas que deben ser resueltas dentro del ámbito de las reglamentaciones legales, de ahí la afir¬mación de que constituyen un fenómeno jurídico, puesto que ellas encuentran su origen, desarrollo y fin en la vida del derecho.

Causas del litigio.

Las violaciones al ordenamiento jurídico pueden surgir por diversas causas. La incertidumbre en el ámbito de la regla jurídica aplicable a determinada situación, y la mala fé de las personas en el ejercicio de sus derechos o en el cumplimiento de sus obligaciones, son las causas más frecuen¬tes, aunque no las únicas, de los litigios.

La incertidumbre a que me refiero puede manifes¬tarse en diversas formas: a) provenir de la duda que tengan las partes sobre la aplicación de la regla de derecho, caracterizada por la discusión sobre la determinación del texto legal aplicable al caso, o por su interpretación; b) hacer de un hecho controver¬tido, tales como la determinación de las circunstancias en que ocurrió el caso; evaluación del perjuicio sufrido como consecuen¬cia de un hecho culposo, etc.; y c) surgir de un punto en que se mezclen el hecho y el derecho, tales como la calificación que co¬rresponde a un hecho o a una relación contractual, etc.

La incertidumbre puede ser mayor o menor, de su grado, como de la sensatez de las partes en pugna, dependerá el naci¬miento del litigio.

Aún cuando un asunto no parezca dudoso para una persona razonable, puede convertirse en litigioso por la mala fé de una de las partes, la cual puede evidenciarse: por una pretensión temeraria, que quien la esgrime sabe de antemano que carece de fundamento, pero la utiliza como un medio de extor¬sión para obtener una ventaja cualquiera; o mediante la resisten¬cia por espíritu de chicana o de maldad a una pretensión que se sabe es legítima.

Situaciones que generan el litigio.

Las situaciones de las cuales puede surgir el litigio son innumerables. La lesión a la integridad personal, el rompimiento de los lazos matrimonia¬les, los atentados al derecho de propiedad, solo son unos pocos ejemplos del drama que revelan día a día los tribunales y cor¬tes, donde hombres contra hombres, hermanos contra hermanos, recurren o son llevados a ellos en busca de solución a sus diferendos. Medio imperfecto e inadecuado la mayoría de las veces "para tratar de dominar a los hombres, cuando arrastrados por sus intereses y sus pasiones, en vez de abrazarse como hermanos tratan de despedazarse como lobos" (Carneliutti, F Como se inace un proceso, pág. 22).

Formación del litigio.

En algunas ocasiones el naci¬miento del litigio no coincide con la puesta en obra del proceso, careciendo entonces de un formalismo que lo tipifique, es un fe-nómeno jurídico difícil de determinar, y puede según los casos, evidenciar un contenido variable. Se reconoce, que para que exis¬ta deben reunirse dos elementos: a) un diferendo; y b) el que este sea de naturalza jurídica.

a) El diferendo.-

El litigio evidencia "un desacuerdo de voluntad en relación a un objeto" (Cornuy Foyer, Procedure Civile, pág. 37). En él una de las partes esgrime una pretensión y la otra se opone o la niega.

Mientras que la formación de los contratos se realiza por medio del concurso de voluntades, en el litigio las voluntades ex¬presadas se contraponen, entran en conflicto.

b) El diferendo jurídico.

Pero no todo diferendo da nacimiento a un litigio, es necesario que éste sea de naturaleza jurídica. Será así, cuando la pretensión esgrimida por aquel que la

inicia se refiere a "un objeto susceptible de ser acordado por el

juez en virtud del derecho" (Corny y Foyer, obra y lugar cita¬

dos), quedando excluidas aquellas no podrían serlo, tal es el caso de aquel que reclame reclame la admiración de sus conciudadanos, o

la de un periódico que trate de satisfacer a sus lectores. Se consideran igualmente¬, como pretensiones no jurídicas, aquellas que

aunque esgrimidas en el nombre del derecho no pueden ser acordadas por juez alguno, por no estar consagradas en la ley, tales son los conflictos colectivos de trabajo y los conflictos políticos, que tienden a obtener la modificación de la legislación vigente o a cambiar el orden jurídico establecido.

No le quita el carácter jurídico a la pretensión el hecho de que ésta sea incorrecta o vagamente formulada, o que sea infun¬dada, o que se exija el reconocimiento de un derecho que no se posee, basta que reúna las características señaladas.

El carácter jurídico del litigio se evidencia con frecuencia en forma unilateral. Es el caso del que se resiste, con medios más o menos fundados en derecho, a someterse a una pretensión ju¬rídica, es el deudor que niega pura y simplemente

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