Practica Word leyes TIC
as450Trabajo6 de Julio de 2021
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Practica Word leyes TIC
Asly Jimena Cárdenas Coronado
Facultad de Derecho, Institución Universitaria de Colombia
Informática Jurídica y Tecnología de la información y Telecomunicaciones
Astrid Orozco López
2 de junio del 2021
Introducción
Tabla de contenido
Introducción 2
Objetivos 4
Objetivo general 4
Objetivo especifico 4
Preguntas trabajo TIC 4
1. Cuál es el objeto de la ley 1341 de 2009 4
2. cuales son los principios orientadores de la ley 1341 de 2009 5
3. cuáles son los fines del min tic según la ley 1341 de 2009 8
4. Cuál es la definición de tic según la ley 1341 de 2009 10
5. Cuál es el objeto de la ley 1978 de 2019 10
6. ¿Cuáles son los grandes cambios de la Ley de Modernización del sector TIC? 11
7. Cuál es el objeto de la comisión de regulación de comunicaciones 12
8. cuáles son las funciones de la comisión de regulación de comunicaciones 12
9. en qué aspectos el mintic articulara el plan tic con el plan de educación 16
10. cuáles son los objetivos del mintic 17
11. cuál es el objeto de la agencia nacional del espectro 18
12. cuál es el objeto del fondo de tecnologías de la información y las comunicaciones 18
13. cuáles son los derechos que se le reconocerán a los usuarios de tic según la ley 1341 18
14. cuáles son los principios de la radiodifusión sonora 19
15. cuáles son las infracciones y sanciones que se pueden cometer a esta norma 20
16. cuál es el objeto de la ley 1273 del 2009 20
17. cuáles son los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos 20
18. cuales son circunstancias de agravación punitiva de los anteriores atentados 24
19. cuáles son los atentados informáticos 25
20. cuál es el objeto de la ley 527 de 1999 26
21. cuáles son los asuntos regulados por la ley 527 de 1999 26
22. cuáles son las definiciones para los efectos de la ley 527 de 1999 30
23. investigar una noticia referente a delitos informáticos en Colombia 31
24. cuáles son las leyes que hablan del habeas data y el objeto de cada una de estas leyes 32
25. cuál es el objeto de la ley 1221 de 2008 33
26. ¿En qué consiste específicamente el convenio de Budapest sobre ciberdelincuencia? 33
Conclusiones 35
Referencias 36
Referencias 36
Enlaces 39
39
Objetivos
Objetivo general
Analizar las leyes sobre las tecnologías de la información y las telecomunicaciones en Colombia
Objetivo especifico
1.Analizar la ley 1341 de 2009
2.Interpretar la ley del teletrabajo
3.Mencionar el objetivo del fondo de tecnologías de la información y las comunicaciones
4.Definir TIC
5.Registrar las leyes que hablan del habeas data
Preguntas trabajo TIC
- Cuál es el objeto de la ley 1341 de 2009
La presente ley determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información.
(ley, s.f.)
- cuáles son los principios orientadores de la ley 1341 de 2009
los principios orientadores. La investigación, el fomento, la promoción y el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones son una política de Estado que involucra a todos los sectores y niveles de la administración pública y de la sociedad, para contribuir al desarrollo educativo, cultural, económico, social y político e incrementar la productividad, la competitividad, el respeto a los Derechos Humanos inherentes y la inclusión social.
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deben servir al interés general y es deber del Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de oportunidades, a todos los habitantes del territorio nacional.
Son principios orientadores de la presente ley:
1. Prioridad al acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El Estado y en general todos los agentes del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones deberán colaborar, dentro del marco de sus obligaciones, para priorizar el acceso y uso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la producción de bienes y servicios, en condiciones no discriminatorias en la conectividad, la educación, los contenidos y la competitividad. En el
2. Cumplimiento de este principio el Estado
3. Promoverá prioritariamente el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la población pobre y vulnerable, en zonas rurales y apartadas del país.
5. Promoción de la inversión. Todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones tendrán igualdad de oportunidades para acceder al uso del espectro y contribuirán al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La asignación del espectro procurará la maximización del bienestar social y la certidumbre de las condiciones de la inversión. Igualmente, deben preverse los recursos para promover la inclusión digital. El Estado asegurará que los recursos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se destinen de manera específica para garantizar el acceso y servicio universal y el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el desarrollo de la radiodifusión sonora pública, la televisión pública, la promoción de los contenidos multiplataforma de interés público que promuevan la preservación de la cultura y la identidad nacional y regional, y la apropiación tecnológica mediante el desarrollo de contenidos y aplicaciones con enfoque social y el aprovechamiento de las TIC con enfoque productivo para el sector rural, en los términos establecidos en la presente Ley.
7. El derecho a la comunicación, la información y la educación y los servicios básicos de las TIC. En desarrollo de los artículos 16, 20 y 67 de la Constitución Política el Estado propiciará a todo colombiano el derecho al acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas, que permitan el ejercicio pleno de los siguientes derechos: La libertad de expresión y de difundir su pensamiento y opiniones, el libre desarrollo de la personalidad, la de informar y recibir información veraz e imparcial, la educación y el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Adicionalmente, el Estado establecerá programas para que la población pobre y vulnerable incluyendo a la población de 45 años en adelante, que no tengan ingresos fijos, así como la población rural, tengan acceso y uso a las plataformas de comunicación, en especial de Internet, así como la promoción de servicios TIC comunitarios, que permitan la contribución desde la ciudadanía y las comunidades al cierre de la brecha digital, la remoción de barreras a los usos innovadores y la promoción de contenidos de interés público y de educación integral. La promoción del acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones básicas se hará con pleno respeto del libre desarrollo de las comunidades indígenas, afrocolombianas, palenqueras, raizales y Rrom.
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