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ABORTO EN ESPAÑA


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  7.729 Palabras (31 Páginas)  •  205 Visitas

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ABORTO EN ESPAÑA

1. CÓDIGO PENAL ESPAÑOL DE 1995

Es el vigente Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de 1995.

Se divide en un Título Preliminar (artículos del 1 al 9) y Tres Libros, el Título Preliminar y el Libro I recogen lo que se denomina la parte general, mientras que los Libros Segundo y Tercero la parte especial (delitos y faltas, respectivamente). L.O. 10/95 - 23 de noviembre:

• Título Preliminar, trata "De las garantías penales y de la aplicación de la ley penal", va del artículo 1 al artículo 9.

• Libro I se refiere a "las disposiciones generales sobre los delitos y las faltas, las personas responsables, las penas y medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal". Abarca de los artículos 10 al 137.

• Libro II son los Delitos y sus penas y comprende los artículos 138 al 616.

• Libro III son las Faltas y sus penas y va desde el artículo 617 al 639.

• Tres disposiciones Adicionales.

• Doce disposiciones Transitorias (En la actualidad 11, ya que la Disposición Transitoria 12ª fue derogada por la Ley Orgánica 5/2000, en su Disposición Final 5ª).

• Una disposición Derogatoria.

• Siete disposiciones Finales.

1.1. PARTE GENERAL

1.1.1. PRINCIPIOS GENERALES

1.1.1.1. PRINCIPIO. DE LEGALIDAD

En España desde la Constitución de 1812 "La Pepa", las de 1837, 1869 y 1931, pasando por un periodo de limitación de este principio hasta la actual Constitución 1978. Arts. 93 "La Constitución lo garantiza" y Art 251 "Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento". Y pactos Internacionales ratificados por España según Sentencia del Tribunal Constitucional (S. 16/81 de 18 de Mayo)

• Garantía Criminal

C.P art. 10 "Son delitos o faltas las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley"

• Garantía Penal

C.P art. 2 "No será castigado ningún delito ni falta con pena que no se halle prevista por ley anterior a su perpetración" "No obstante, tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo..."

• Garantía Jurisdiccional

Constitución Española art. 117; 3: "...la potestad jurisdiccional... corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes..."

• Garantía de Ejecución

C.P. Art. 3; 2: Tampoco podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad en otras forma que la prescrita por la ley y reglamentos que la desarrollan..."

1.1.1.2. PRINCIPIO DEL HECHO

• El derecho penal actúa cuando se ha realizado una acción en sentido amplio, por un sujeto.

• Es necesario que la resolución delictiva se exteriorice, mediante una acción (se excluye la fase interna de ideación, deliberación y resolución hasta que no se inicie la fase externa del delito) a partir de aquí interviene el derecho penal.

• No puede concebirse el delito como un modo de ser. Rodriguez Mourullo "Al hombre se le castiga por lo que hace, no por lo que es".

• Este principio surge en la Alemania Nacionalsocialista Escuela de Kiel Dhan y Schaffstein. Para ser autor de un hecho delictivo, no basta con haber realizado el acto típico, sino que hay que reunir los caracteres de <<TIPO DE AUTOR>>

• Esto no significa que no se tenga en cuenta la personalidad del autor (imputabilidad, antecedentes, conducta, peligrosidad)

1.1.1.3. PRINCIPIO DE RESOCIALIZACION

• Comisión Europea. Art 25.2 "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados".

• Ley Orgánica General Penitenciaria Art.1.2 "Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas privativas de libertad...".

• Código Penal Exposición de motivos: justifica la reforma del sistema de penas "...de modo que permita alcanzar en lo posible, los objetivos de resocialización que la Comisión Europea le asigna".

1.1.1.4. LA ANALOGÌA

• Código Civil Art 4.2 "Las leyes penales... no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas"

• Código Penal Art.4.1 "Las leyes penales no se aplicarán a casos distintos de los comprendidos expresamente en ellas"

• Consecuencia obligada del “principio de legalidad”

• La aplicación analógica atentaría contra la “irretroactividad”.

• Está prohibida toda interpretación analógica o extensiva que haga viable incriminar conductas que no se hallen expresa, clara y previamente comprendidos en la descripción típica

• Código Penal Art.4.4 "No obstante, podrán aplicarse analógicamente los preceptos que favorezcan al reo.

• Esta prohibición no alcanza la “analogía legal” (leyes penales en blanco que describen la conducta a corregir en otra ley) cuando la fórmula analógica es empleada por el legislador en el texto de ley.

1.1.2.

TITULO I-DE LA INFRACCIÓN PENAL

CAPITULO I-DE LOS DELITOS Y FALTAS

Artículo 10:Son delitos o faltas las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley.

Artículo 11:Los delitos o faltas que consistan en la producción de un resultado sólo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, según el sentido del texto de la Ley, a su causación.

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