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ACTA DE SEPARACION DE CUERPOS


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2017  •  Apuntes  •  517 Palabras (3 Páginas)  •  450 Visitas

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En Santa Elena de la Cruz, del Municipio Flores del departamento de  Petén, siendo las quince horas en punto del día veintisiete de marzo del año dos  mil diecisiete. COMO NOTARIO, constituido en mi oficina profesional FION LIZAMA & ASOCIADOS, ubicada en la cero avenida cinco guión veinticuatro de la zona uno de este municipio, a requerimiento de los señores MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES, de cuarenta años de edad, casado, guatemalteco, Bachiller Industrial y Perito en Electrónica, con  domicilio en tercera avenida uno guión setenta y siete zona uno , Santa Elena de la Cruz, Flores, Petén, se identifica con  su documento personal de identificación DPI con código único de identificación número dos mil cuatrocientos noventa, setenta y nueve mil ciento ochenta y seis, un mil setecientos tres (2490 79186 1703), extendido por el Registrador Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Y por la otra parte la señora GRISANT BARBARA ALTAN OLIVA DE MÉNDEZ, de treinta y cuatro años de edad, casada, guatemalteca, Maestra de Educación Primaria, con  domicilio en tercera avenida uno guión setenta y siete zona uno , Santa Elena de la Cruz, Flores, Petén, se identifica con su documento personal de identificación DPI con código único de identificación número dos mil cuatrocientos noventa, setenta y nueve mil trescientos cinco, un mil setecientos tres (2490 79305 1703), extendido por el Registrador Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Con el objeto de dejar constancia de su SEPARACIÓN DE CUERPOS.  El Infrascrito Notario, da fe y procede de la forma siguiente: PRIMERO: Que soy requerida por los señores MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES  Y GRISANT BARBARA ALTAN OLIVA DE MÉNDEZ, en consecuencia, debidamente informados de lo relativo al perjurio, son juramentados y declaran sobre los extremos siguientes. a) Que Contrajeron Matrimonio Civil el día dieciséis de octubre del año dos mil tres, y que procrearon a  los menores ISLA ISABELLA, EVAN MIGUEL EDUARDO Y JOSÉ ALEJANDRO DE APELLIDOS MÉNDEZ ALTAN, quienes se encuentran inscritos en el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala.   b) Que en virtud de las riñas constantes han decidido dejar constancia de su separación de cuerpos, a partir de la presente fecha c) Que sus  menores hijos ISLA ISABELLA, EVAN MIGUEL EDUARDO Y JOSÉ ALEJANDRO DE APELLIDOS MÉNDEZ ALTAN quedaran en poder de  su padre MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES. d) Que la señora GRISANT BARBARA ALTAN OLIVA DE MÉNDEZ podrá tener relación con sus menores hijos ISLA ISABELLA, EVAN MIGUEL EDUARDO Y JOSÉ ALEJANDRO DE APELLIDOS MÉNDEZ ALTAN. SEGUNDA:  No habiendo mas que hacer constar finalizo la presente cuarenta y cinco  minutos después de su inicio del mismo día y lugar, constando la presente en esta única hoja de papel  bond, a la  que  adhiero los timbres de ley. Leo íntegramente lo escrito a los requirientes y bien enterados  de  su contenido,  objeto,  validez  y  demás  efectos legales, la aceptan, ratifican y firman ante el Notario que autoriza y DA FE.-

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