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ANALISIS DEL LENGUAJE DE LOS ABOGADOS


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2017  •  Síntesis  •  1.856 Palabras (8 Páginas)  •  1.122 Visitas

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EL LENGUAJE DE LOS ABOGADOS.

La presente reseña sobre el libro “El lenguaje de los Abogados” de la autoría del chiapaneco Manuel Ovilla Mandujano tiene como finalidad resaltar los aspectos más importantes de dicha obra. El punto central es el uso de la lexicología especializada en asuntos jurídicos propio de aquellos dedicados a esta profesión. Tanto en el prólogo como en la presentación el autor menciona la importancia de usar un vocabulario diferente en el ámbito del Derecho puesto que a diario nuestro lenguaje es coloquial pero un abogado debe usar las palabras como instrumento de trabajo, debe ser claro y preciso. El autor menciona la importancia de precisar que es un abogado y que es un jurista ya que cada uno de ellos hace uso del lenguaje jurídico de manera diferente en base a sus conocimientos y técnicas por lo cual refiere que el abogado es aquel profesionista que hace uso de normas jurídicas mientras que el jurista se reduce a una actividad profesional que abarca el conocimiento, la construcción y el manejo de la ciencia jurídica.

Son varios los autores que se unen a la opinión de Ovilla Mandujano al mencionar que en la antigüedad los diferentes títulos de oradores, patrones, declamadores, jurisconsultos etc. eran confundidos con el término abogado “advocati”; incluso los romanos quienes inventaron el vocablo consideraban que era el termino adecuado para referirse a aquellos profesionales versados en las leyes. Por otra parte también se hace énfasis de que este lenguaje a diferencia de otros especializados en diferentes campos del saber forma parte de un lenguaje común es decir que los abogados transitan en dos aguas en sentido metafórico. Para la buena comunicación del abogado se requiere apoyo de la semántica, sintaxis, pragmática, lógica etc. porque hay que ponderar el contenido de las palabras y su significado. La profesión de la Abogacía es muy antigua comparada con otras profesiones. En el siglo XIX ser abogado era sinónimo de poeta, escritor, periodista, político entre otros, en el siglo XX en México el abogado entra al mundo de las especializaciones ya que se marcaron dos grandes áreas: el derecho penal y el derecho civil. Hoy en dia los campos de este quehacer profesional se han diversificado al extremo surgiendo ramas como la informática jurídica, legislación urbana, legislación aduanera o fiscal, legislación agropecuaria entre otras. Dicho esto podemos entender que el abogado ya no es solo litigante, ahora también es investigador, docente, consultor, juez, asesor, etc. La profesión se ha diversificado pues es una necesidad del mundo moderno.

Ahora bien, en cuanto lenguaje el autor nos menciona que todo abogado moderno tiene un lenguaje propio. El lenguaje surge de las necesidades comunicativas del ser humano ya que nuestra cultura absorbe todos los sistemas de comunicación de un grupo social. Siendo el lenguaje un sistema de signos se dividen en naturales (basados en fenómenos naturales) y convencionales (aprendidos y adaptados por el uso convencional). El derecho como lenguaje se manifiesta a través de la expresión directiva ya que utiliza el lenguaje con el propósito de originar o impedir una acción humana, en este sentido nos encontramos con muchos problemas de significados e inconvenientes ya que las palabras y términos usados por los abogados muchas veces no son claros ni precisos. El autor John Austin decía con certeza que los conceptos usados por los abogados son breves signos que representan largas series de proposiciones. A su vez Hans Kelsen conocido por construir la ciencia jurídica moderna puntualizaba la necesidad de recordar que existen conceptos o vocablos inexactos, ambiguos y vagos que generan confusiones en el lenguaje del derecho y la tarea es transformarlos en conceptos entendibles o menos primitivos.

En este sentido el léxico adecuado debe ser el punto de partida. Los conceptos jurídicos fundamentales se extraen de la realidad donde vivimos, en la realidad normativa y social. El derecho mexicano según Ovilla Mandujano es una instancia y un instrumento que históricamente se ha utilizado para construir nuestra sociedad. El derecho ofrece una doble visión: por un lado es control y por otro lado es ideología. Cualquiera que sea su nacionalidad tiene un contenido variable, concreto, que reproduce interés sociales actuantes en diferentes escenarios. Como normatividad y fuerza podemos decir que el derecho es una técnica de control con carácter normativo pero a su vez es imperativa y conlleva a la coacción por ellos se dice que en el derecho se habla de relaciones entre hombres y no de objetos puesto que delinea conductas así como sus acciones y omisiones. La función del derecho es mantener un orden social por ello la coacción está presente en todas las concepciones jurídicas modernas aunque se postule de diferentes formas. En el transcurso del tiempo los diferentes abogados han manifestado sus posiciones acerca del derecho, en diferentes doctrinas o tendencias jurídicas dando nacimiento a vertientes del pensamiento como el Jusnaturalismo (justicia, bien común.), Juspositivismo (normatividad, sanción), Jusrealismo (coerción socialmente organizada) y Jusmarxismo (estructurales sociales, económicas y poder político) que son agrupamientos racionales de argumentos y juicios sobre el derecho.

Los conceptos básicos jurídicos o aparato conceptual extraído de la realidad normativa se constituyen de elementos que se encuentran incluidos en el orden jurídico. Austin decía que los conceptos básicos del derecho se obtienen mediante la observación y comprobación de los diversos órdenes positivos, en cambio los conceptos jurídicos fundamentales se basan en proposiciones elementales. Rafael Preciado Hernández afirmaba que se clasifican en formales (elementos de la estructura lógica de la norma) y de naturaleza real (persona, sociedad, autoridad, deber de justicia.). Ambos pensadores los conceptos jurídicos fundamentales son aquellos elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica.

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