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ASPECTOS FUNDAMENTALES D ELA LEY 43 DE 1990


Enviado por   •  28 de Marzo de 2016  •  Documentos de Investigación  •  605 Palabras (3 Páginas)  •  206 Visitas

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  1. ASPECTOS FUNDAMENTALES D ELA LEY 43 DE 1990

  1. PRINCIPIOS BASICOS DE LA ETICA PROFESIONAL Y COMO SE EXPLICAN:

  • INTEGRIDAD: el contador público deberá mantener incólume su moral cualquiera fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional. conforme a esta, se espera del el rectitud probidad. honestidad, dignidad y sinceridad en cualquier circunstancia.
  • OBJETIVIDAD: representa ante todo imparcialidad y actuación sin perjuicios en todos los asuntos que correspondan al campo de acción profesional del contador público. Lo anterior es especialmente importante cuando se trata de certificar, dictaminar u opinar sobre los estados financieros de cualquier entidad.
  • INDEPENDENCIA: en el ejercicio profesional. El contador público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia  por las características peculiares de la profesión contable, debe considerarse esencial y concomitante.
  • RESPONSABILIDAD: Se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y regla de conducta del contador público, es conveniente y justificada su mención expresa como principio para todos los niveles de la actividad contable. Promueve la confianza de los usuarios de los servicios del contador público que compromete indiscutiblemente la capacidad calificada requerida por el bien común de la profesión.
  • CONFIDELIDAD: la relación del contador público con el usuario de sus servicios es el elemento primordial profesional. Para que su relación tenga pleno éxito debe fundamentarse en un compromiso responsable, leal autentico, el cual impone la más estricta reserva profesional.
  1. FUNCIONES DE LA JUNTA CENTRAL DE CONTADORES: encargados de vigilar que la profesión  solo sea ejercidas por contadores públicos de la (inscripción, suspensión o cancelar su licencia expedir la tarjeta profesiona y denunciar a las autoridades a quien se identifiquen o firmen como contadores sin tener también hacer que se cumplan las normas de ética profesional
  2. QUE TIPO DE SANCIONES PUEDEN IMPONER LA JUNTA CENTRAL DE CONTADORES: imponen sanciones como amonestaciones. En el caso de fallas leves multas hasta de 5 salarios mínimos, suspension y cancelación de la inscripción.

POR QUE LOS PUEDEN SUSPENDER: se suspenden por enajenación mental u otro oficio o incapacidad grave, violación de las normas de ética, quebrantar las normas de auditoria, desconocer las normas jurídicas, desconocer los principios de contabilidad u otros que establecen las leyes.

Y se les cancela a quienes sean corruptos, ejercer durante un periodo de disensión o haber presentado documentos falsos.

OTROS ORGANISMOS PUEDEN IMPONER SANCIONES: únicamente la junta central puede hacerlo, los demás  hacemos investigación después de un año.

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