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Administracion Publica


Enviado por   •  20 de Marzo de 2012  •  1.268 Palabras (6 Páginas)  •  335 Visitas

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Análisis Comparativo Administracion Publica Capitalista Y Socialista En Venezuela

EL ESTADO Y GLOBALIZACIÓN

La globalización neoliberal alcanza a todos los rincones del planeta, desdeñando tanto la independencia de los pueblos como la diversidad de sus regímenes políticos. Es considerada como un pillaje planetario.

Remontándonos en la historia que debemos hurgar para poder entender los actuales acontecimientos encontramos, que los actores principales de las anteriores expansiones eran los Estados, esta vez son las empresas y los grupos industriales y financieros privados los que se proponen dominar el mundo.

La globalización no aspira tanto a conquistar países como a conquistar mercados, la preocupación no es la ocupación de territorios, como en el caso de las grandes invasiones o los períodos coloniales, sino la posesión de la riqueza, esta conquista viene acompañada de destrucciones impresionantes, con el subsiguiente sufrimiento social en forma de desempleo masivo, subempleo, precariedad laboral, exclusión, sobre explotación de los hombres, las mujeres, y lo que es aún más escandaloso los niños.

Principios constitucionales

Los principios constitucionales pueden ser definidos como aquellos principios generales del Derecho, que derivan de los valores superiores, en cuanto que especificación de los mismos, que vienen reconocidos en el ámbito de las normas constitucionales.

Los principios constitucionales que actúan como garantías normativas de los derechos fundamentales son los siguientes:

El principio de sujeción de todos los poderes del Estado y de los ciudadanos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. (Artículo 9.1. de la CE, reiterado en el artículo 53.1 de la CE.)

Estructura de la administración central

Los Ministros son los titulares de un Ministerio, teniendo la jefatura jerárquicamente superior del ramo en cuestión. Desempeñan la función de eje entre su respectivo Departamento ministerial y el propio órgano de Gobierno, del que forman parte. De esta manera, son la cabeza de un determinado sector del aparato administrativo, y a la vez, son el elemento base de un órgano de carácter político, como es el propio Gobierno.

Respecto a las funciones del Ministro, cabe destacar que pueden dividirse entre aquellas que desempeña como miembro del Gobierno, y las que realiza como titular de un Ministerio. En lo referente a esta segunda vertiente, hay que señalar que existe una inmensa variedad de funciones que el Ministro desempeña en su papel de jefe y director del Departamento Ministerial correspondiente. La Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE) hace una exhaustiva enumeración de funciones, entre las que destacan las relativas al nombramiento y separación de los órganos directivos del Ministerio, la determinación de su estructura organizativa interna, gestión de recursos humanos, cuestiones económicas y presupuestarias de su Departamento, y para acabar, funciones representativas, en sentido político (relaciones con las Comunidades Autónomas, etc) y jurídico (actuando en nombre de la persona jurídica del Estado e imputándole sus actos).

Descentralización e instituto autónomo régimen de la administración central y descentralizada

La Centralización

En Venezuela la forma de administración gubernamental admite la Centralización, tanto es así que la Administración Pública Nacional está conformada por una serie de órganos que coadyudan con el ejercicio del Gobierno. Antes de señalar los diversos organismos que conforman la Administración Pública Nacional. La Centralización en su sentido más general puede ser entendida como la acción de reunir o concentrar todos los asuntos de índole político o administrativo en un solo órgano.

La Descentralización

Es aquella en la cual las funciones del Estado son llevadas a cabo por diversos órganos con competencias determinadas. Por lo tanto, la descentralización no es otra cosa que un descongestionamiento de los órganos del Estado, esto se configura cuando el Estado asigna a otros organismos de la Administración Pública competencia para conocer y dar solución a los asuntos propios de dicho ente.

Los Institutos Autónomos: Son personas jurídicas de derecho público de naturaleza fundacional, y se crean mediante Ley nacional, estadal u ordenanza municipal. En otras palabras, son órganos independientes, que tienen un patrimonio propio, pero que deben guiarse por la Ley que les dio nacimiento. Un ejemplo

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