Administración De Riesgos
AideeSRz18 de Agosto de 2013
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1. Resumen Ejecutivo
1.1 Descripción del Negocio
La Constructora Del Pacífico es una empresa constructora fundada en el año 2006 en Chilpancingo, Guerrero, la cual presta sus servicios de ingeniería civil a la sociedad y al sector público por medio de:
• Edificación de aulas, viviendas y casas particulares.
• Construcción de caminos y puentes.
• Hospitales y clínicas.
• Presas y canales
• Agua potable, drenaje sanitario y pluvial.
• Línea de electrificación.
La empresa se constituye como una sociedad anónima de capital variable, que cuenta actualmente con 2 accionistas.
1.2 Objetivos
Ser la empresa constructora que a través de los diferentes servicios de ingeniería civil que ofrece:
• Brinde al cliente la solución total a sus necesidades, con la mejor calidad y al menor precio posible.
• La creación de empleos.
• Obtención de una remuneración económica para la empresa.
1.4 Estructura de la Empresa
La empresa Del Pacífico, actualmente cuenta para el desarrollo de sus actividades, con 30 empleados fijos, pues la mayoría de los empleados se contratan de manera temporal para los diferentes proyectos a realizar, en este ramo se encuentran aproximadamente 100 personas.
Las funciones de la empresa están distribuidas de la siguiente manera:
• Gerente de Construcción.
• Gerente Administrativo.
• Gerente de proyectos.
Se representa por medio del siguiente organigrama:
1.4 Necesidades del Mercado que se busca atender.
La constructora Del Pacífico enfoca sus servicios a la sociedad, tratando de satisfacer las necesidades de las dependencias de Gobierno federal, estatal y municipal, ofreciendo la mejor calidad y profesionalismo en sus trabajos.
2. Información de la empresa
2.1 Breve Historia de la Compañía.
La Constructora Del Pacífico es una empresa constructora fundada en el año 2006. Comenzó el día 23 del mes febrero de dicho año. Durante los casi seis años que lleva en el mercado se ha especializado en obras del sector público.
La empresa surgió como una necesidad de los socios para obtener un empleo y asi mismo poder crear nuevas oportunidades de empleo. Por otra parte, para poder concursar en obras del ámbito gubernamental ya que solo teniendo una empresa constructora se puede participara en:
• Licitaciones Públicas.
• Licitaciones por invitación a menos de tres personas.
• Asignaciones de obra.
Estructura Legal
Constitución de sociedades ante la SRE (TRÁMITE FEDERAL)
Trámite para obtener ante la Secretaría de Relaciones Exteriores la autorización del nombre de la Sociedad (Denominación Básica). Se realiza un registro por internet de tus datos, ahí mismo llenas la solicitud con 3 nombres que tu deseas darle a tu empresa, después recibes un acuse de solicitud donde se especifica el nombre que te fue aprobado y el pago de derecho que debes de pagar por el nombre que recibes, se paga en cualquier ventanilla bancaria con una hoja de ayuda, que ellos también te brindan.
AVISO
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2011, se informa que a partir del próximo 16 de junio de 2012, las autorizaciones para uso de denominaciones para la constitución de sociedades y cambios de denominación; así como los avisos de uso de denominación, liquidaciones, fusiones y escisiones serán competencia de la Secretaría de Economía (SE).
Dicha dependencia se encuentra trabajando en un nuevo sistema para la prestación del servicio encomendado, por lo que para darle continuidad, ha solicitado el apoyo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a fin de que le facilite sus instalaciones y sistema informático. Dado lo anterior, los servidores públicos de la SE prestarán dicho servicio en las oficinas centrales de la SRE, sita en Plaza Juárez No. 20, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc en la Ciudad de México, y en sus delegaciones foráneas, hasta el 15 de septiembre de 2012.
Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, se comunica que a partir del 16 de junio de 2012, los avisos de la celebración de los convenios de extranjería de las sociedades mexicanas que se constituyan con cláusula de admisión de extranjeros; así como los avisos de cambio de cláusula de exclusión por admisión de extranjeros, deberán ser presentados en las oficinas centrales de la SRE, y en sus delegaciones foráneas.
Actualmente toda esta información de constitución de sociedades para dar de alta una empresa se encuentra en la página de la Secretaría de Economía:
A partir del próximo 16 de junio, la facultad para autorizar el uso o cambio de denominación o razón social de las personas morales se traslada a la Secretaría de Economía, como resultado de la reforma a la Ley de Inversión Extranjera y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2011.
Con el fin de optimizar el proceso de apertura de empresas, la Secretaría de Economía se encuentra desarrollando un nuevo servicio informático para atender los trámites que derivan de su nueva atribución.
Se tiene previsto que dicho servicio inicie operaciones a partir del 17 de septiembre de este año conforme a las nuevas reglas contenidas en un Reglamento que será publicado en el Diario Oficial de la Federación. Siguiendo ejemplos de las mejores prácticas internacionales, estos trámites se podrán realizar en línea, de manera ágil y segura, aprovechando las firmas electrónicas conocidas con “FIEL” (que emite el Servicio de Administración Tributaria) y “FEA” (que emite la propia Secretaría de Economía).
Fase de transición:
La Secretaría de Relaciones Exteriores facilitará a la Secretaría de Economía sus instalaciones y sistema informático durante tres meses a fin de dar continuidad a la prestación del servicio con los mismos estándares de calidad que hasta ahora.
Durante este periodo de transición el personal comisionado de la Secretaría de Relaciones Exteriores capacitará al de Economía en la recepción y procesamiento de los trámites de autorización de uso de denominación o razón social para la constitución de sociedades, y la autorización de cambio de denominación o razón social de las sociedades, así como los avisos de uso de denominación o razón social, y de liquidación, fusión o escisión de las sociedades, siendo la Secretaría de Economía la que en ejercicio de su nueva atribución, resuelva lo que conforme a derecho proceda.
Medios a través de los cuales se podrán presentar las solicitudes:
1. Por ventanillas.
En las mismas oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en las que se ha venido ofreciendo este servicio, a saber:
A) oficinas centrales Plaza Juárez número 20, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc en la Ciudad de México, en un horario de atención: de lunes a viernes, de las 09:00 a las 14:30 horas.
B) en sus delegaciones foráneas ubicadas en las Entidades Federativas, en un horario de atención: de lunes a viernes, de las 08:00 a las 15:00 horas
2. Vía Internet.
A través del sistema denominado “SIPAC Fiel”, cuando el solicitante de la autorización sea un notario o corredor público. Los notarios o corredores públicos interesados en aprovechar esta herramienta, podrán llamar a la Mesa de Ayuda que se señala más adelante o contactar directamente a la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía; y
Para el Público en general, a través del portal www.tuempresa.gob.mx, cuando se trate de la constitución de Sociedades Anónimas de Capital Variable (S.A. de C.V.) o de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.).
Durante el referido periodo de transición, la autorización o, en su caso, el rechazo que emita la Secretaría de Economía no podrá exceder de dos días hábiles, contados a partir de que fue realizada la solicitud, en los términos que se prevén por la propia Ley de Inversión Extranjera.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, los avisos de la celebración de los convenios de extranjería de las sociedades mexicanas que se constituyan con cláusula de exclusión de extranjeros, así como los avisos de cambio de cláusula de exclusión por admisión de extranjeros, deberán ser presentados en las oficinas centrales de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en sus delegaciones foráneas.
Las sociedades constituidas en el extranjero que adopten la nacionalidad mexicana, y por tanto requieran de autorización de uso de su denominación o razón social conforme a la Ley de Inversión Extranjera, deberán solicitarla en los mismos términos de las autorizaciones de uso de denominación o razón social señalados anteriormente.
A fin de que pueda resolver cualquier duda sobre el contenido de este Aviso, la Secretaría de Economía pone a su disposición una Mesa de Ayuda. Este servicio estará disponible de lunes a viernes, de las 09:00 a las 18:00 horas,
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