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Amparo Constitucional


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2013  •  1.308 Palabras (6 Páginas)  •  216 Visitas

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Introduccion

Hoy más que nunca los derechos fundamentales de los ciudadanos en Venezuela, no solo son más conocidos, sino mas garantizados, se puede decir que hay una efectiva tutela de los derechos y de las garantías constitucionales, el amparo constitucional se convierte en una figura importante, a consecuencia de la nueva constitución aprobada en 1999. La acción de amparo constitucional viene hacer el instrumento que nos garantiza el derecho de solicitar el restablecimiento o reparación de la situación jurídica lesionada, (Art. 49 CRBV).

Toda persona natural o jurídica tiene el derecho a solicitar ante los tribunales competentes la acción de ampara cuando crea que uno o más derechos fundamentales estén siendo infringidos por algún hecho, acto u omisión de algún ente del Poder Publico Nacional, Estadal o Municipal, así como por ciudadanos, persona jurídica, grupos u organizaciones. Para que esta acción de amparo sea admisible se exige un número de exigencias indispensable, estos requerimientos los estudiaremos en el presente escrito. Los requisitos de procedencia de la acción de amparo son: la admisibilidad, la procedencia, el hecho lesivo y los requisitos exigidos por la doctrina de la Sala Constitucional del TSJ.

La procedencia de la acción de amparo requiere, de modo esencial, de la existencia de un "acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley" (art 43 de la CRBV): el derecho a la vida es inviolable.

Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte ni autoridad alguna aplicarla… Tal acto u omisión no comprende las publicaciones periodísticas, así como las informaciones transmitidas por medios masivos de comunicación, las que no tienen entidad suficiente para producir perjuicios, actuales o inminentes, en la situación jurídica de los accionantes.

La Acción de Amparo Constitucional como un remedio para proteger los derechos fundamentales consagrados en la Constitución y Declaraciones de Derechos Humanos, hablándose en la mayoría de las legislaciones de un procedimiento breve, sumario, rápido y eficaz, que se da en la medida de la inexistencia de otros medios ordinarios que puedan restablecer la lesión sufrida, ya que el amparo es considerado como un medio de impugnación extraordinario contra actos u omisiones que lesionen o amenacen con lesionar los derechos fundamentales.

La Acción de Amparo la gobiernan varios requisitos a saber:

a) De Admisibilidad

b) De Procedencia

c) Requeridos Por La Jurisprudencia

Síntesis.

Orígenes de la acción de amparo

Los orígenes de la acción de amparo se remontan hasta la Carta Magna de 1.215 mediante la cual Juan sin tierra se comprometía a no privar a sus súbditos de su libertad ni de sus bienes, sino en virtud de una orden del juez competente. En 1.679 se dictaría el Acta de Habeas Corpus.

La acción de habeas data

Se trata del derecho a la autodeterminación informativa: derecho del individuo a decidir básicamente por sí mismo cuándo y dentro de que límites procede revelar situaciones referentes a su propia vida. (Tribunal Constitucional alemán).

El derecho y acción de Habeas Data ya existente en Suecia, Noruega, Francia, Austria y Brasil constituye una novedad constitucional. Dispone la Constitución que: "Toda persona tiene el derecho de acceder a la información y los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad y de solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos.

Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para las comunidades o grupos de personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.

Ha señalado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que los derechos que conforman el Habeas Data son:

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