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Amparo Constitucional


Enviado por   •  5 de Junio de 2013  •  1.416 Palabras (6 Páginas)  •  244 Visitas

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CIUDADANA:

JUEZ DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO

SU DESPACHO.-

Quien suscribe, , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. , Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. , con domicilio , Municipio del Estado Trujillo y aquí de tránsito, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los Socios pertenecientes a la Sociedad , tal como se evidencia de Instrumento Poder el cual acompaño en Copia Simple debido a la Urgencia del caso, marcado con la letra “A”, recurro ante su competente autoridad y de conformidad con lo establecido en los Artículos 1, 2, 9, 13 y 18 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con los Artículos 26, 27, 51, 52 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de ejercer RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, contra el ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Boconó Estado Trujillo, , venezolano, mayor de edad, en los siguientes términos:

PRIMERO

LOS HECHOS

Mis mandantes son legítimos Socios y propietarios de las Unidades de Transporte y de los Cupos que forman la Sociedad Civil , debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Boconó Estado Trujillo, bajo el Nº , Protocolo , de fecha , cuya Acta Constitutiva en Copia Simple consigno marcada con la letra “B”.

La condición de Socios de mis mandantes deviene por haber aportado -según los Estatutos que rigen a la Sociedad- una cuota de inscripción, por pagar las cuotas Ordinarias y Extraordinarias y por poseer un vehículo que bajo el respaldo de la mencionada Sociedad Civil, prestan el servicio de transporte a la colectividad del Municipio Boconó.

Durante la existencia de la Sociedad Civil , los socios reunidos en Asamblea General han elegido a varios de ellos como integrantes de la Junta Directiva, siendo la más reciente Junta Directiva la elegida por los socios en fecha , en Asamblea General Ordinaria, cuya Acta en Copia consigno marcada con la letra “C”. A esta Asamblea asistieron Socios de los que integran la Sociedad Civil, entre ellos mis mandantes, la misma se constituyó con el quórum reglamentario y se eligieron como Miembros de la Junta Directiva a los siguientes ciudadanos: PRESIDENTE: ; SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN: ; SECRETARIO DE FINANZAS: ; SECRETARIO DE TRANSITO: ; SECRETARIA DE ACTAS Y CORRESPONDENCIA: y SUPLENTE: .

Ahora bien Ciudadana Juez, para que el Acta de Asamblea celebrada por mis Mandantes surta sus efectos legales ante Organismos relacionados con el Transporte Público, tales como la Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR); Alcaldía del Municipio Boconó; Dirección General Sectorial de Transporte y Tránsito Terrestre, Municipio Boconó, así como diversas Entidades Bancarias, en las cuales el Ejecutivo Nacional deposita a mis Mandantes el dinero por concepto de Subsidio de Pasaje Estudiantil, entre otros, es necesario que la misma se encuentre debidamente Registrada por ante el Organismo Competente, vale decir, ante el registro Subalterno de este Municipio, como se ha venido haciendo siempre y por establecerlo así el Código Civil Venezolano, quien regula lo relativo a las Sociedades Civiles.

Pero es el caso que una vez que mis Mandantes y más específicamente el Presidente electo en la Asamblea Ordinaria de la Sociedad Civil, ciudadano , se presentó ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Boconó Estado Trujillo, para realizar los trámites necesarios para proceder al Registro del Acta de Asamblea, le fue informado por el ciudadano Registrador que “no podía registrar dicha Acta por cuanto existía una Medida Cautelar que se lo impedía, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo”.

Ciudadana Juez, ciertamente existe una Medida Cautelar Innominada, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el Juicio que por Nulidad Absoluta incoaran mis Mandantes contra los ciudadanos , signado bajo el Nº , pero dicha Medida se refiere únicamente a la Suspensión de las Decisiones tomadas en la Asamblea General

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