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Amparo Tercero Extraño


Enviado por   •  6 de Mayo de 2015  •  11.859 Palabras (48 Páginas)  •  399 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO

EN EL ESTADO DE VERACRUZ.-

P R E S E N T E.-

MARIA ELENA BEATRIZ CHAVEZ SANCHEZ, mexicana, mayor de edad, con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en Calle: Isidoro Gutiérrez # 204, Colonia: 24 de Octubre, en esta Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, autorizando para oír y recibir notificaciones de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Amparo a los Licenciados VICTOR JESUS PERES RUIZ (CEDULA PROFESIONAL: 8147966) y/o NORMA VERONICA PEREZ RUIZ (CEDULA PROFESIONAL: 4464649), ante Usted, con el debido respeto, comparezco a exponer:

Que por medio del presente escrito y copias simples que se anexan, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 4, 5, 36, 114 fracción V, 116 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y estando dentro del término que concede el numeral 21 de la Ley invocada, y manifestando bajo protesta de decir verdad mi carácter de TERCERA EXTRAÑA A JUICIO POR EQUIPARACIÓN, demando el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de actos de Autoridades que más adelante se precisan; y dando cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 116 de la Ley de Amparo, me permito manifestar lo siguiente:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- MARIA ELENA BEATRIZ CHAVEZ SANCHEZ, con domicilio para oír notificaciones en el presente juicio de amparo, el que quedó señalado en el proemio del presente escrito.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO.- OSCAR CESAR TREVIÑO MORALES, con domicilio en la CALLE XXXXXXX NUMERO XX, COLONIA PETROLERA, C.P. XXXX, DE LA CIUDAD DE COATZACOALCOS, VERACRUZ; representado por los endosatarios en procuración LICS. MANUEL JESÚS SÁNCHEZ ROMERO Y/O GABRIEL HERRERA LEYVA y/o contra quien resulte ser el albacea de la sucesión del C. OSCAR CESAR TREVIÑO MORALES.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.-

1.- ORDENADORA.- a) C. Juez Sexto de Primera Instancia en materia civil de la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz.

2.- EJECUTORAS.- b) C. Secretario de Acuerdos del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Materia Civil de la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz.

c) C. Actuario adscrito al Juzgado Sexto de Primera Instancia en materia civil de la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, todas autoridades con domicilio oficial y ampliamente conocido en el edificio ubicado en la av. Ignacio Zaragoza número 711 de esta ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz.

IV.- ACTOS RECLAMADOS.- De las Autoridades señaladas como responsables reclamo:

1.- LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO realizado a la suscrita dentro de los autos del expediente Judicial civil número 352/2000/III radicado ante la responsable, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil que promueve en mi contra el tercero perjudicado OSCAR CESAR TREVIÑO MORALES por conducto de endosatarios en procuración LICS. MANUEL JESUS SANCHES ROMERO Y/O GABRIEL HERRERA LEYVA.

2.- TODO LO ACTUADO dentro del mencionado procedimiento.

3.- LA SENTENCIA DEFINITIVA dictada por la responsable en fecha CINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL dentro del mencionado Juicio.

4.- Los inminentes ACTOS DE EJECUCIÓN de la Sentencia antes mencionada.

ANTECEDENTES: manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD los HECHOS y abstenciones que me constan y que constituyen fundamento de los conceptos de violación:

En fecha xx del mes de junio del año en curso fui sabedora de que existe un juicio ejecutivo mercantil promovido en contra de mi concubino el C. Roberto Tapia Alba, como deudor principal, y la suscrita como aval, por el Tercero Perjudicado, finado, OSCAR CESAR TREVIÑO MORALES por medio de apoderados legales LICS. MANUEL JESÚS SÁNCHEZ ROMERO Y/O GABRIEL HERRERA LEYVA, radicado ante la responsable señalada como ordenadora el C. Juez Sexto de Primera Instancia en Materia Civil de esta ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz; bajo el número de expediente 352/2000/III, Juicio en el cual la suscrita no fui emplazada para poder ser oída dentro del mismo, dicho juicio se continuo a mis espaldas y en fecha cinco de septiembre del año dos mil se dictó Sentencia Definitiva cuyos resolutivos me permito transcribir:

"PRIMERO.- Ha sido procedente la vía Ejecutiva Mercantil intentada.

SEGUNDO.- La parte actora probo su acción y la parte demandada fue declarada rebelde, en consecuencia.

TERCERO.- Se condena a los señores ROBERTO TAPIA ALBA como deudor principal y MARIA ELENA BEATRIZ CHAVEZ SANCHEZ como aval el pago de la suma de $40,000.00 (CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal, más el pago de los intereses moratorios generados hasta la total solución del adeudo a razón del diez por ciento mensual; concediéndoles para ello el termino de CINCO DIAS contados a partir del siguiente a aquel en que cause estado el presente fallo, de no hacerlo así, con los bienes que se embargaron en el auto de exequendo, hágase trance y remate y su producto aplicarse en pago del actor.

CUARTO: Los gastos y costas del juicio previa su regulación en términos de ley, deberán ser a cargo de la parte demandada al no tener sentencia favorable a sus intereses.

QUINTO: NOTIFIQUESE POR LISTA DE ACUERDOS A LAS PARTES Y CUMPLASE. Remítase copia certificada del presente fallo a la Superioridad para los efectos legales procedentes y previas las anotaciones de rigor en los libros de gobierno, archívese el presente asunto como concluido.”

Dicha resolución ha causado ejecutoria mediante el auto de fecha veintiocho de septiembre del año dos mil, abriéndose la sección de ejecución mediante el auto de fecha dieciséis de noviembre del año dos mil uno, siguiéndose dicha fase ejecutiva hasta la adjudicación del bien inmueble del que soy legitima propietaria que es la casa habitación de un nivel construida en una fracción del lote marcado con el número cuatro, identificado con la letra “c”, manzana veintidós “A”, de la colonia insurgentes norte, de la ciudad de Minatitlán, Veracruz, con superficie de Doscientos Cuarenta metros Treinta y Cinco Centímetros Cuadrados, mismo que se adjudicó por la responsable ordenadora en favor del tercero perjudicado, finado, OSCAR CESAR TREVIÑO MORALES, mediante auto de fecha seis de julio del año dos mil siete, dentro de la audiencia de remate en primera almoneda a solicitud de su endosatario en procuración

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