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Analisis De La Nueva Ley Tributaria


Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  554 Palabras (3 Páginas)  •  497 Visitas

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En las páginas del Diario de Centro América se publica hoy la Ley de Actualización Tributaria, la cual contempla reformas al Impuesto sobre la Renta (ISR) y a la Primera Matrícula (Iprima), además de disposiciones aduaneras.

Además, contiene reformas al Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), al Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, y a los timbres fiscales y papel sellado.

En el artículo 181 de la norma jurídica se establece que el nuevo ISR empezará a regir a partir del 1 de enero de 2013. En cuanto al impuesto específico a la primera matrícula de vehículos automotores terrestres, señala que “entrará en vigencia al día siguiente de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la resolución del Consejo de Ministros de Integración Económica de Centroamérica (Comieco), que autorice una tasa del cero por ciento (0%) a los Derechos Arancelarios a la importación de los vehículos terrestres descritos en dicho libro (el II, según se publica hoy)”.

En cuanto a las reformas al Decreto 70-94 del Congreso, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, contenidas en el libro V, entrarán en vigencia el 1 de enero de 2013.

El diputado Alejandro Arévalo, representante del Partido Unionista, recordó que el Imprima entrará en vigor al día siguiente de que el Comieco publique en el Diario de Centro América el correspondiente acuerdo, lo que podría durar algunas semanas.

Federico Santos, importador de vehículos, señaló la importancia de que se informe con antelación de cuándo se realizará la reunión de los ministros de Economía del Istmo. Ello se debe a que “el proceso de importación de vehículos dura semanas y no puede detenerse de la noche a la mañana”, expuso Cástulo de Jesús Miranda, tramitador aduanal.

Importancia del Iprima

Evita que, al amparo del artículo VII del GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio), ingresen al país una cantidad significativa de vehículos usados con valores de factura muy por debajo de los observados en el mercado. Es un impuesto interno que sustituye la tarifa de Derechos Arancelarios a la Importación. Se aplica el valor del vehículo en el mercado consignado en una tabla de valores.

Sobre las reformas al IVA

No hubo incremento (sigue siendo 12%). Se excluyen del hecho generador del IVA la segunda y posteriores transferencias de dominio de bienes inmuebles, las que se gravarán con el Impuesto del Timbre. Las exenciones a los centros educativos se restringen a la matrícula de inscripción, colegiaturas y derechos de examen. La aplicación del impuesto mejora en el traspaso de vehículos usados.

El artículo 70 de la llamada Ley de Actualización Tributaria recientemente aprobada por el Congreso, eliminó de un porrazo a las jubilaciones del renglón

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