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Apatridas


Enviado por   •  11 de Febrero de 2012  •  478 Palabras (2 Páginas)  •  861 Visitas

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Apátrida

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Según la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de las Naciones Unidas, firmada en Nueva York el 28 de septiembre de 1954, un apátrida es definido como:

Cualquier persona a la que ningún Estado considera destinatario de la aplicación de su legislación.

Esta situación resulta atípica de acuerdo al Derecho Internacional y puede suceder debido a que la persona apátrida:

• Poseía la nacionalidad de un Estado que ha desaparecido, no creándose en su lugar ningún Estado sucesor.

• Ha perdido la nacionalidad por decisión gubernamental. Un ejemplo fueron los rusos blancos exiliados a quienes el gobierno soviético privó de su nacionalidad por un decreto de junio de 1922.

• Pertenece a alguna minoría étnica o de otra índole a la cual el gobierno del Estado donde ha nacido le deniega el derecho a la nacionalidad. Por ejemplo, los refugiados de etnia tutsi en Ruanda y Burundi, o los refugiados palestinos establecidos fuera de Israel.

• Ha nacido en territorios disputados por más de un país: por ejemplo, los beduinos del Africa del Norte entre Libia, Chad y Argelia.

• Una combinación de los dos motivos: por ejemplo, los kurdos, que residen entre varios Estados mutuamente limítrofes, que les niegan la nacionalidad propia.

También puede ocurrir que una persona carezca de nacionalidad porque se ha producido un conflicto entre las legislaciones de los diversos países implicados. Por ejemplo, si un niño nace en un país donde la nacionalidad viene dada por la nacionalidad de los padres según el ius sanguinis (y no por el lugar de nacimiento), pero sus padres son de un país donde rige exclusivamente la "ius soli", es decir, un país del cual pueden ser ciudadanos sólo quienes nacen allí.

El término puede hacer también referencia a quien reniega voluntariamente de su nacionalidad, evento también llamado apatria. Los países que ratifican la Convención de Nueva York deben asegurar a los apátridas el mismo tratamiento y derechos otorgados a los extranjeros: Convención sobre el Estatuto de los Apátridas

[editar] Legislación en España

El estatuto de personas apátridas fue ratificado por España el 24 de abril de 1997. El artículo 9.10 del Código Civil considera ley personal de los que carecen de nacionalidad o la tienen indeterminada, la ley del lugar de su residencia habitual.

El Reglamento de Reconocimiento de Estatuto de Apátrida dispone que se reconocerá el Estatuto de Apátrida a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación,

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