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Aspectos Generales De Las Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  14 de Mayo de 2015  •  1.126 Palabras (5 Páginas)  •  263 Visitas

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CONCEPTOS UNIDAD # 7

LOS ASPECTOS GENERALES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

1. Concepto de sociedad mercantil

La sociedad mercantil se puede definir como aquella que existe bajo una denominación o razón social, conformada por el acuerdo de voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que bajo un mismo objetivo y capitales buscan un fin común de carácter económico con propósito de lucro.

Es necesario que existan más de dos personas que se obliguen patrimonialmente a partir de un trato unitario para la consecuencia de un fin común.

La constitución de las sociedades mercantiles deberá hacerse ante un notario público, mediante escritura social que se inscribirá en el registro público de comercio.

2. Personalidad jurídica de las sociedades mercantiles

Cuando el contrato de sociedad mercantil ha sido protocolizado ante notario público e inscrito en el Registro Público de Comercio, la sociedad como ente moral nace jurídicamente , adquiriendo personalidad jurídica, es decir, idoneidad para ser sujeto de derechos y obligaciones, o en otras palabras, capacidad para contratar.

Las sociedades no inscritas en el Registro Público de Comercio que no se hayan exteriorizado, como tales frente a terceros, consten o no de escritura pública, tendrán personalidad jurídica.

La sociedad mercantil con personalidad jurídica propia e independiente de la de los socios, adquiere al momento de su inscripción en el Registro Público de Comercio los siguientes atributos:

ATRIBUTOS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL

Nombre

El nombre de una sociedad mercantil es propio y exclusivo, es decir, no pueden existir dos sociedades mercantiles con el mismo nombre, reviste las siguientes modalidades:

1. Alfonso Pérez López y Cía., S. en N.C.

2. Manuel Ruiz Martínez Sucesores, S. de R.L.

• Razón Social: Cuando se forme con el nombre de todos los socios; con el de uno o más socios, más las palabras y Cía; o con el nombre de persona separada (persona que por alguna razón salió de la sociedad, y su nombre figuraba en la razón social), más la palabra y Sucesores; por ejemplo:

• Denominación Social: Cuando el nombre es impersonal y objetivo, es decir, el nombre de alguna cosa, fin actividad, idea, etc., por ejemplo:

Drogas y Productos Químicos, S.A

Fábrica Nacional de Vidrio, S.A.

Domicilio

Lugar geográfico en que una Sociedad Mercantil reside para los efectos legales; de tal forma que el domicilio de una persona física, es el lugar de residencia y, el de una Sociedad Mercantil, el Municipio o lugar de la Administración de la misma; por ejemplo la ciudad de Tijuanal La ciudad de Mexicali; etc.

Patrimonio

Una Sociedad Mercantil se integra primeramente con la suma de aportaciones que efectúan los socios; posteriormente se incrementa por Nuevas Aportaciones; Utilidades; disminuye el patrimonio por retiro de socios o pérdidas..

Capacidad de goce y ejercicio

Que en materia jurídica se interpreta como facultad. La capacidad de Goce en las personas físicas se adquiere por nacimiento; la capacidad de Ejercicio se adquiere cumpliendo determinados requisitos, tales como mayoría de edad; estar en pleno uso de facultades mentales, la capacidad procesal o facultad de ser sujeto de toda relación procesal. Las Sociedades Mercantiles al nacer jurídicamente, Adquieren Capacidad de Goce; de Ejercicio y Procesal.

3. El contrato de sociedad

"Convenio celebrado entre dos o más socios; entre dos o más accionistas; entre cinco o más cooperativistas, de acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles, mediante la cual aportan en efectivo o en especie, conocimientos o trabajo, para un fin lícito del cual se obligan mutuamente a darse cuenta".

CARACTERÍSTICAS

Contrato bilateral: Cuando intervienen dos socios, o bien, dos accionistas.

Contrato Plurilateral: Cuando intervienen más de dos socios, accionistas o cooperativistas,

Contrato Oneroso: Supuesto que los socios, accionistas o cooperativistas reciben provechos y gravámenes recíprocos.

Contrato Formal: En virtud de que el contrato social debe formularse por escrito; elevarse a escritura pública e inscribirse en el Registro Público de Comercio.

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