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Aspectos generales de la sociedad mercantil

maco4819928 de Mayo de 2014

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ASPECTOS GENERALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL

Actividad 1

Sociedad mercantil es aquélla que se somete al ordenamiento mercantil, susceptible de considerarse "comerciante colectivo" o empresario social, se entiende por contrato de sociedad aquél mediante el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o servicios con el ánimo de repartirse las ganancias que se obtengan.

Serán mercantiles las sociedades que hayan adoptado alguna de las formas previstas en el Código de Comercio o en las leyes especiales sobre la materia, lo cual conlleva la necesidad de inscribir la sociedad así constituida en el correspondiente registro, a pesar de lo cual también se juzgan mercantiles las sociedades que, no habiéndose inscrito en el Registro Mercantil, desarrollen una actividad empresarial.

La sociedad mercantil es una asociación de personas, de acuerdo con nuestro derecho la Sociedad Mercantil nace o surge a la vida jurídica como consecuencia de un contrato. Es un contrato sui generis en virtud del cual dos personas o más combinan sus recursos y sus esfuerzos para la realización de un fin común preponderantemente económico y de especulación mercantil.

La sociedad mercantil es una persona jurídica, creada por mínimo dos personas denominadas "socios", los cuales se obligan a combinar sus recursos o esfuerzos para la realización de un fincomún, lícito y persiguiendo el lucro, de acuerdo con las normas establecidas en su contrato social y las que por ministerio de ley le correspondan.

TIPOS DE SOCIEDADES

SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO

La sociedad en nombre colectivo es la que ha sido celebrada entre dos o varias personas, que responden personal y solidariamente de todo el pasivo social y la cual se designa por medio de una razón social compuesta de los nombres de todos los socios, o del de alguno de ellos seguido solamente de las palabras "y compañía".

Para dar una definición a las sociedades en nombre colectivo debemos decir que se da de la siguiente manera: "La Compañía en Nombre Colectivo es aquella que contraen dos o más personas, y que tiene por objeto hacer el comercio bajo una razón social.

Esta definición no es suficiente, pues en ella no se hace mención de estos importantes caracteres:

* • La obligación personal e indefinida inherente a los socios que la integran.

* • La solidaridad que debe de existir entre los socios.

SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE

1. Se puede definir como la que existe bajo una razón social, y está compuesta de uno o varios socios comanditados que únicamente responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales y de uno o varios socios comanditarios que únicamente responden hasta por el valor de sus aportaciones.

2. Se llama en comandita, la que se forma cuando dos o más personas, de las cuáles, a lo menos una es comerciante, se reúnen para objeto comercial, obligándose el uno o unos, como socios solidarios responsables, y permaneciendo el otro u otros como simples suministradores de capital, bajo la condición de no responder sino con los fondos declarados en el contrato.

Comandita en tanto la sociedad contraída entre varias personas, de las cuales, una o unas, ponen su dinero y las otras, en lugar de este, su trabajo, como parte del capital que le corresponde a cada uno de los socios comanditarios. En el sentido común es cuando una persona trabaja y la otra capitalista, pone el dinero y se reparten las ganancias.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

La Sociedad de responsabilidad limitada en Guatemala, es la sociedad mercantil intermedia que surgió para eliminar las restricciones y exigencias de la sociedad anónima, que se constituye mediante una razón social o denominación y en donde la participación de los socios se limita al monto de su aportación representada mediante partes sociales o de interés y nunca mediante acciones.

SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES

La Sociedad en comandita por acciones es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios socios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.

Actividad 2

Requisitos legales que debe llenar un comerciante individual para inscribirse en el registro mercantil.

INSCRIPCIÓN DE UN COMERCIANTE INDIVIDUAL:

1. Comprar un formulario de solicitud de inscripción de comerciante y de empresa mercantil. Tiene un valor de Q 2.00.

2. Pedir una orden de pago y cancelarla en el banco

* Q75.00 para inscripción como Comerciante

3. Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña. El expediente debe contener:

* formulario correspondiente con firma autenticada de propietario (llenando únicamente la información personal del comerciante)

* cédula de vecindad

4. El expediente es calificado por el departamento de empresa. El expediente puede ser rechazado por varios motivos, los más comunes son los siguientes:

* El formulario debe ser llenado a máquina.

* La fecha de la auténtica debe coincidir con la fecha del formulario.

* No se especifica el régimen matrimonial o estado civil.

* No se especifica el municipio o el departamento en la dirección.

Requisitos para inscribir una empresa comercial en el Registro Mercantil

INSCRIPCIÓN DE UNA EMPRESA MERCANTIL

1. Comprar un formulario de solicitud de inscripción de comerciante y de empresa mercantil. Tiene un valor de Q 2.00.

2. Pedir una orden de pago y cancelarla en el banco

* Q75.00 para inscripción como Comerciante

* Q100.00 para la inscripción de Empresa.

2. Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un fólder tamaño oficio con pestaña. El expediente debe contener:

En caso de empresa individual

* Formulario correspondiente con firma autenticada de propietario.

* Cédula de vecindad.

* Una certificación contable firmada y sellada por un contador autorizado por la SAT.

En caso de empresa de sociedad

* formulario correspondiente con firma autenticada de representante legal

* fotocopia de nombramiento de representante legal previamente inscrito

* fotocopia de patente de sociedad

4. El expediente es calificado por el departamento de empresa. El expediente puede ser rechazado por varios motivos, los más comunes son los siguientes:

* El formulario debe ser llenado a máquina.

* La certificación contable debe contener nombre de la empresa, el capital, nombre del propietario y dirección.

* La fecha de la auténtica debe coincidir con la fecha del formulario.

* Ausencia de categoría.

* No se especifica el régimen matrimonial o estado civil.

* No se especifica el municipio o el departamento en la dirección.

5. Luego de realizados todos los tramites, puede pasar a recoger su expediente a la ventanilla de entrega de documentos. Cuando pase a recoger su expediente

* Revise cuidadosamente su patente.

* Si fuera el caso, revise que el razonamiento en su cedula este correcto.

6. Colocar Q 50.00 de timbres fiscales a la patente.

DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES QUE DEBE LLENAR UN COMERCIANTE INDIVIDUAL PARA INSCRIBIRSE EN LA SAT

Para la Inscripción de Comerciante Individual, el trámite establece que el interesado deberá presentarse al edificio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, en una de las ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU) y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripción y actualización de información de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado (SAT- No. 0014) valor Q.1.00.

Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014:

* Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde.

* No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o similares.

* Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una actualización utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.

Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en la casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que proceda. De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.

El Comerciante Individual tipificado como pequeño contribuyente debe tomar la decisión de cuál será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta.

Los regímenes establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes:

* Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios técnicos y arrendamientos

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