CLASIFICACION DEL DERECHO
Gathanothoa25 de Noviembre de 2012
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CLASIFICACIÓN DEL DERECHO.
Los seres humanos se desenvuelven por orden natural en un grupo social, una población o una sociedad siendo este el contenido humano del Estado, a su vez, cada individuo que forma dicho grupo social mantiene un contacto permanente con cada una de las estructuras orgánicas que conforman el gobierno, el Estado es definido y regulado por una serie de normas jurídicas que generan derechos y obligaciones para cada uno de los términos de la relación gobernante-gobernado.
En el seno de la sociedad las relaciones generadas entre los integrantes de igualdad cuyo carácter puede ser de relación familiar o comercial, son reguladas por normas jurídicas, y ya que no todos sus integrantes actúan en forma individual y no se encuentran en circunstancias similares, los grupos que integran la sociedad se identifican gracias al carácter económico, siendo estos grupos también regidos por las normas jurídicas.
Tomando en cuenta la diversidad de diferencias que existen en la sociedad y la variedad de razones que motivan la relación de esta para con el gobierno, el Derecho, que a pesar de ser solo uno, es dividido en 2 grandes ramas; el público y el privado, esta división subsiste por la teoría “del interés” que enuncia que el acto será de Derecho Público o Privado dependiendo del interés en cuestión, es decir si está implicado un interés general, o bien el interés del Estado, el acto será Público y si bien está involucrado el interés de los particulares, entonces será Derecho Privado. La principal crítica hacia esta teoría se apoya en que el interés es un concepto subjetivo, complicando la tarea de diferenciar el Derecho Público del Privado.
La teoría “de la naturaleza de la relación” justicia esta distinción estableciendo que una relación es de coordinación cuando los sujetos que se involucran están situados en un plano de igualdad, por ejemplo una relación de coordinación entre dos particulares o entre un particular y el Estado sin que estén actuando de manera soberana; diferente a cuando una relación es de supra a subordinación, que es cuando los sujetos se encuentran situados en planos distintos, ejemplo de ello cuando el particular se relaciona con respecto al Estado subordinadamente y que intervienen dos órganos del poder público o dos Estados soberanos.
En el Derecho Privado se encuentran incluidos el Derecho Civil y el Derecho Mercantil, mientras que en el Derecho Público se ubican el Derecho Constitucional, Internacional Público, Electoral, Administrativo, Penal, Procesal y el Fiscal.
La forma tradicional de clasificar el Derecho se ve superada con la aparición de las ideas de Gustav Radbruch, profesor alemán que afirmaba que El Derecho social es el resultado de una nueva concepción del hombre por el Derecho, que no solo conoce personas, sino también patrones y trabajadores, obreros y empleados, y que no se inspira en la idea de la igualdad de personas, sino en la nivelación de las desigualdades que existen entre estas personas.
Jorge Carpizo enunciaba que el Derecho Social era producto de la concepción del hombre sujeto a las relaciones sociales y que ya no es visto como una unidad indivisible e individual, sino como un ente que forma parte de un grupo social.
A diferencia del individualismo dominante en el siglo XIX en el siglo XX y gracias a la aparición del Derecho Social cuya finalidad es proteger a quien no se encuentra en un plano de igualdad real respecto a la parte contraria y que por esta debilidad se protege de forma jurídica, protegiendo al trabajador y al campesino, cualquier persona que labora contra las enfermedades, accidentes, riesgos en el trabajo, y una vez en la vejez contar con un nivel de vida asegurado.
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