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CONTA ELECTRONICA


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2014  •  447 Palabras (2 Páginas)  •  163 Visitas

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A partir del 1 de julio de 2014 están obligados a llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial.

Sólo quedan exentas de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Cómo se genera la contabilidad electrónica

Genera los archivos xml con el detalle de la contabilidad electrónica conforme a lo establecido en el (1.12 mb) Anexo 24 de la Segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, comprime cada archivo en zip y cumple con la nomenclatura establecida.

Cómo se envía la información

La entrega de la información es a través del Buzón Tributario, en el apartado Contabilidad electrónica; el envío debe hacerse con firma electrónica.

El envío de la información se hace conforme lo siguiente:

El catálogo de cuentas de nivel mayor y subcuenta (niveles 1 y 2) por única vez en el primer envío (en enero 2015), y tres días después cada vez que sea modificado.

Las balanzas de comprobación y el sistema financiero de forma mensual, en el mes siguiente al que correspondan los datos, de acuerdo con lo siguiente:

Tipo de contribuyente

Plazo de envío

Personas morales

A más tardar el día 25 del mes siguiente.

En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 20 de abril del ejercicio siguiente.

Personas físicas

A más tardar el día 27 del mes siguiente.

En caso de cierre del ejercicio, a más tardar el 22 de mayo del ejercicio siguiente.

No obstante, la información de julio a diciembre de 2014 de las personas morales debe enviarse en los siguientes términos:

Balanza de comprobación de:

Mes de entrega:

Julio

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