Carta Magna
2454515hyh19 de Mayo de 2014
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Esta situación preocupante que estamos viviendo ocurre ya desde hace 2 meses y 15 días exactamente, donde se puede evidenciar la fuerza y la resistencia tanto de los opositores como de los oficialistas. Venezuela entre las llamadas “guarimbas” y las marchas por la paz y la vida, se esta ahogando cada día mas, el Gobierno con una manera de hacer política altamente conflictiva y degradada, a lo que se le suma un manejo irresponsable y suicida de la economía, que en su conjunto produce daños, carencias, problemas, todos perciben un deterioro sostenido en el vivir del venezolano, nuestros días se nos van sorteando vicisitudes, nuestra cotidianidad es estresante y ajetreada, desde recorrer establecimientos para ubicar alimentos básicos, salir de nuestros hogares con el alma en vilo con la esperanza de poder regresar con vida, ubicar una medicina o algún repuesto, y luchar contra las agresiones de la policía, la guardia nacional o los colectivos que no sólo agreden a personas sino sus escasos bienes (sus hogares, sus vehículos etc.) y la extensa violación de nuestra Carta Magna (CRBV).
Ahora bien, a continuación voy a citar algunos Artículos que han sido Transgredidos de nuestra Carta Magna: La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV) la cual en su Art. 2 establece que Venezuela es un Estado democrático que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
El Gobierno debe garantizar a toda persona el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e independiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público (Art.19, CRBV).
Así mismo, Toda persona tiene derecho a: que se respete su integridad física, psíquica y moral en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes 2. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
3. Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley.
4. Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley. (Art 46, CRBV)
Artículo 47. El hogar doméstico y todo recinto privado de persona son inviolables. No podrán ser allanados, sino mediante orden judicial, para impedir la perpetración de un delito o para cumplir de acuerdo con la ley, las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano. (…).
Toda persona tiene derecho de reunirse, pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. (Art. 53, CRBV).
Art. 68 CRBV: Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.
(Este Art. Recientemente se Regulo por una pronunciación realizada por el Tribunal Supremo de Justicia el cual establece o cuya reforma fue en relación a que para poder realizar manifestaciones pacificas y sin armas deberán solicitar un permiso
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