Clasificacion Actos Juridicos
YOLOLOLO121 de Septiembre de 2014
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ACTOS JURIDICOS INFORMALES.
Clasificación.
Los actos jurídicos son informales, o consensuales cuando se perfeccionan por solo la voluntad de las partes (compraventa de bienes muebles, el mandato, etc.). Son formales los actos que necesitan en su otorgamiento el manto de ciertas formalidades dictadas por la ley. (Testamento, compraventa de bienes inmuebles)
Actos solemnes y actos formales ad probationem
La observancia de las formas prescritas en la ley en los actos formales es un requisito para su existencia. Estas formas son elementales para la creación y existencia de un acto jurídico, tan así, que la omisión de una de ellas daría por inexistente el mismo.
En ciertas formalidades, como la francesa la cual dice que en todo acto o contrato de una cosa o promesa que valiera más de $ 500 debía constar por escrito, no afectaba la existencia ni la validez de del acto si no que afectaba su probabilidad, la omisión del escrito no impedía el perfeccionamiento de el acto si no que en muchos casos no se podía probar judicialmente con prueba testimonial, si no con otros medios, como la confesión, que demostraban su valida existencia. Estos actos se llaman actos formales ad probationem.
Actos formales ad voluntamen.
La voluntad de dos agentes puede convertir en formal un acto jurídico. Como en un contrato de compraventa de bienes muebles o uno de arrendamiento, acuerdan perfeccionar el acto al otorgamiento de escritura pública o privada.
ACTOS JURIDICOS TIPICOS Y ATIPICOS.
Un acto jurídico típico o nominado, es cuando ha sido particularmente reglamentado por la ley. (Testamento) y es atípico o innominado cuando sus estipulaciones no encajan en ninguno de los actos legalmente reglamentados.
Es importante distinguir que en los atípicos los interesados son los que consultando su mejor conveniencia determinan los efectos que ha de producir dicho acto. A diferencia de los actos jurídicos típicos que se gobiernan por las normas legales imperativas, por las clausulas libremente redactadas por los agentes, las reglas legales propias del contrato de que se trata, por último, por las reglas generales de los actos jurídicos y contratos.
ACTOS GRATUITOS Y ONEROSOS.
Considera acto gratuito aquel en el cual, un agente obra desinteresadamente y no recibe provecho o beneficio del acto. Pertenecen a esta categoría el testamento, la donación etc. Un acto oneroso por el contrario será el cual el agente busca recibir un beneficio, como sucede en la compraventa y en la sociedad.
Los actos gratuitos de subdividen en actos de beneficencia y actos simplemente desinteresados, los primeros producen un desplazamiento de valores patrimoniales y los simplemente desinteresados se ejecuta en provecho de otro pero este no lo empobrece, lo que ocurre en el mutuo sin interés, o el mandato.
ACTOS ALEATORIOS Y NO ALEATORIOS.
Un acto jurídico no es aleatorio cuando los resultados económicos que están llamados a producir se pueden apreciar con más o menos precisión desde el momento mismo de su perfeccionamiento. Por el contrario si dicha estimación no se puede hacer porque la utilidad de quienes participan en él depende del azar, será aleatorio.
ACTOS ENTRE VIVOS Y POR CAUSA DE MUERTE.
Un acto por mortis causa, cuando un acontecimiento produce la transmisión total del patrimonio o de una cuota de este o de uno o más bienes u obligaciones determinados de la persona fallecida a otra/s. El único acto jurídico mortis causa que existe en nuestro ordenamiento jurídico es el testamento. Por ende los demás actos jurídicos existentes se consideran inter vivos.
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