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Clasificación Del Fideicomiso


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2013  •  Informes  •  390 Palabras (2 Páginas)  •  711 Visitas

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7 CLASIFICACIÓN DEL FIDEICOMISO SEGÚN SU OBJETO:

• De Administración: se transfieren activos al fiduciario con el fin de que éste proceda a la administración, liquidación y cobro de los mismos a favor de los distintos beneficiarios, designados contractualmente. Es el que define la Ley N° 24.441.

• De Garantía: el fiduciario ostenta la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos a fin de garantizar a las partes el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato de Fideicomiso. De producirse un incumplimiento de alguna de las partes, el fiduciario recurre a esos bienes a fin de hacer cumplir la obligación en forma ágil y transparente, sin necesidad de intervención judicial.

Se puede constituir fideicomiso de garantía con:

a) Bienes Muebles: a través de Derechos reales y créditos quirografarios.

b) Bienes Inmuebles: a través de acciones societarias y títulos valores, carteras de facturas, títulos de créditos, flujos de fondos.

• De Inversión: tiene por finalidad la inversión de recursos financieros según instrucciones determinadas el fiduciante entrega fondos al fiduciario, por ejemplo un banco para su colocación en títulos valores o en préstamos con destino a la obtención de una renta que será entregada al fiduciante o a quien designe.

• Traslativo de Propiedad: en esta figura se pretende la transmisión de la propiedad al final del fideicomiso. Se utiliza como alternativa de testamento.

• Financiero: Se trata de la única modalidad definida por la Ley N° 24.441 en sus arts. 19 a 24; el objetivo es la securitización o titulización de activos. Permite la emisión de títulos de Deuda Fiduciarios o Certificados de Participación en el Fideicomiso –títulos valores- garantizados con el flujo de fondos provenientes de los activos transferidos fiduciariamente. Es un instrumento del mercado de capitales que permite el crédito a largo plazo. Este tipo de fideicomiso requiere, indefectiblemente, que la figura del fiduciario sea representada por una entidad financiera o una sociedad especialmente autorizada por la Comisión Nacional de Valores para actuar como fiduciario financiero.

• De seguro: el asegurado nombra como beneficiario a un banco u otra entidad financiera de su confianza y contemporáneamente celebra con el mismo un contrato de fideicomiso designándolo fiduciario del importe a percibir de la aseguradora, fijando su plazo y especificando todas las condiciones a las que debe ajustarse aquel en cumplimiento de los fines instruidos (inversiones a efectuar, beneficiarios de las renta, destino final de los bienes, etc.) ( )

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