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Contrabando De Combustible


Enviado por   •  26 de Enero de 2012  •  3.159 Palabras (13 Páginas)  •  1.222 Visitas

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1. TEMA:

"CONTROL AL CONTRABANDO DE COMBUSTIBLE EN LA CIUDAD DE TULCÁN, APLICANDO LA LEY DE HIDROCARBUROS Y SU REFORMATORIA"

2. PROBLEMATIZACIÓN

En nuestro país importamos combustibles a elevados precios para cubrir la demanda nacional, los mismos que a su vez son distribuidos al público a un precio menor al adquirido por el Estado, debido a que este financia un subsidio tal como se demuestra en la siguiente tabla.

Producto Costo al Estado Precio de venta

al público Subsidio

(dólares)

Diesel (galón) 1.25 0.80 0.45

Naftas (Súper y Extra) 1.35 1.25 0.10

GLP (cilindro 15 Kg) 10.65 1.60 9.05

Los precios que anteceden son oficiales de venta al público en general, pero existen personas inescrupulosas que de dedican a la compra y venta ilícita de combustible, específicamente lo que comprende la gasolina y el gas doméstico.

Como podemos darnos cuenta el Estado subsidia el combustible, en un significativo costo, no existiendo un control eficaz al momento de la venta, transporte y comercialización de los mismos, permitiendo el incremento de este comercio ilícito, que privaría a una persona de su bono de desarrollo humano USD 30.

Los precios de venta oficiales en otros países de estos combustibles, son mucho más elevados a diferencia de los distribuidos en el Ecuador.

Producto Precio de venta

Ecuador Precio de venta

Colombia Precio de venta

Perú

(dólares)

Diesel (galón) 0.90 1.92 3.31

Gasolina Súper 1.98 3.65 4.66

GLP (Kilogramo) 0.11 0.47 1.02

Esta es una problemática que se presente generalmente en los sectores de frontera como Sucumbíos, Carchi y Huaquillas, dándose con mayor frecuencia en la ciudad de Tulcán, donde vemos a diario que este negocio ilícito cobra fuerza y se toma la ciudad, lo cual no ha podido ser frenada debido al limitado control por parte de las autoridades para rescindir y dar una solución definitiva a este problema que nos empobrece de manera acelerada a todos los ecuatorianos.

En calles y carreteras, botellas de plástico llenas de combustible son exhibidas sin desparpajo. El mismo vendedor es quien se encarga de verter gasolina en el tanque de los vehículos, con la ayuda de una suerte de sonda y un embudo.

La falta de respeto hacia la autoridad por parte de los vendedores de combustible ilegal, o la condescendencia de esta, se evidencia claramente en dos ejemplos:

El primero tiene que ver con la insólita venta del producto a unos 100 metros de la sede del cuartel de la Policía de Tulcán. El segundo caso es similar, pero esta vez cerca de la Policía de Aduanas.

Cada vez los contrabandistas de combustibles y gas de uso doméstico se ingenian nuevas formas para evadir la justicia, como agrandando los tanques de almacenamiento de los vehículos, poniendo dobles fondos en los cajones, etc. Con el afán de obtener mayor utilidad en esta venta ilícita que en su mayoría es realizada a los colombianos que cruzan nuestra frontera con el propósito de abastecerse de combustible, ya que con el que ellos cuentan es de muy mala calidad.

Es así que en la Provincia del Carchi, específicamente en la parte Norte del Cantón Tulcán, se observa el almacenamiento, transporte y comercialización ilegal de los diferentes derivados del petróleo (diesel, gasolina gas licuado de petróleo), y las personas que se dedican a este ingrato negocio, que son más de 400, siguen actuando impunemente, no toman en cuenta el riesgo que corren con sus familias y por ende toda la población, ya que debido a las bodegas clandestinas, sin nada de seguridad, podría conllevar a un problema mayor como un siniestro por la inflamación de estas substancias almacenadas en la mayoría de los casos en sus propias viviendas.

“EL LIMITADO CONTROL AL CONTRABANDO DE COMBUSTIBLE EN LA CIUDAD DE TULCÁN Y LA POCA APLICACIÓN A LA LEY DE HIDROCARBUROS Y SU REFORMATORIA OCASIONA PROBLEMAS ECONÓMICOS, LEGALES Y DE CONVIVENCIA SEGURA A SUS HABITANTES”

3. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL

3.1. DERECHO PENAL

Derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica . También ha sido definido como la rama del saber jurídico que mediante la interpretación de las leyes penales, propone a los jueces un sistema orientador de decisiones, que contiene y reduce el poder punitivo para impulsar el progreso del estado constitucional de derecho

3.1.1. Fuentes del conocimiento del Derecho Penal.

El principio de la legalidad implica que el conocimiento del derecho penal en cuanto a sus fuentes se reduzca a la Ley; esto es que no podrá el juez acudir, ni a la doctrina, ni a la jurisprudencia, ni a la costumbre, ni a los principios generales del derecho aunque ellas puedan funcionar como fuentes secundarias o mediatas. El principio de legalidad excluye a la costumbre como fuente inmediata del derecho penal al exigir que la ley penal esta previamente escrita, pero no deja de ser fuente de carácter secundario, por ejemplo cuando el Juez tenga que recurrir al derecho mercantil para ordenar una consignación de mercadería dentro de tal plazo en ausencia de contrato expreso. La jurisprudencia desempeña un papel importante para interpretar y aplicar la ley pero no como fuente de la ley penal ya que de ser así significaría que los fallos judiciales se los convertiría en ley, los mismos que en nuestra ley sólo son obligatorios para el caso concreto juzgado. Sin embargo hay lo que podemos llamar acuerdos plenarios, donde todos los integrantes de un tribunal (Corte Suprema en pleno) determinan una interpretación que

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