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Convenio STCW. Convenio SOLAS. Empresas Publicas Y Privadas En El Sector Maritimo Y Sus Funciones

whissybeby20 de Septiembre de 2014

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EL CONVENIO STCW

El Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (o STCW ), las normas 1.978 conjuntos de calificación para maestros , oficiales y ver el personal en alta mar los buques mercantes .STCW fue adoptada en 1978 por la conferencia en la Organización Marítima Internacional ( OMI ) en Londres, y entró en vigor en 1984 el Convenio fue modificado significativamente en 1995.

El Convenio de Formación 1978 fue el primero en establecer los requisitos básicos en materia de formación, titulación y guardia para la gente de mar a nivel internacional. Anteriormente las normas de formación, titulación y guardia de oficiales y marineros fueron establecidos por los gobiernos individuales, por lo general sin hacer referencia a las prácticas de otros países. Como resultado de normas y procedimientos variaron ampliamente, a pesar de que el envío es extremadamente internacional de la naturaleza.

La Convención establece normas mínimas relativas a la formación, titulación y guardia para la gente de mar que los países están obligados a cumplir o exceder.

La Convención no se ocupaba de los niveles de dotación: IMO disposiciones en este ámbito están cubiertos por la regla 14 del capítulo V del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974, cuyos requisitos están respaldados por la resolución A.890 ( 21) Principios relativos a la dotación de seguridad, adoptada por la Asamblea de la OMI en 1999, que sustituyó a una resolución A.481 anterior (XII) adoptada en 1981.

Una característica muy importante de la Convención es que se aplica a los buques de que no es parte Unidos al visitar los puertos de los Estados que son Partes en la Convención. Artículo X exige que las Partes a aplicar las medidas de control a los buques de todas las banderas en la medida necesaria para garantizar que ningún trato más favorable se da a los buques con derecho a enarbolar el pabellón de un Estado que no es Parte de lo que se da a los buques con derecho a enarbolar el pabellón de un Estado que sea Parte.

Las dificultades que puedan surgir para los buques de los Estados que no son Partes en la Convención es una razón por la Convención ha recibido tan amplia aceptación. Para el año 2014, del Convenio de Formación tenía 158 Partes, que representa el 98,8 por ciento del tonelaje de la flota mundial.

A. Revisión 1995

El 7 de julio de 1995, la OMI adoptó una amplia revisión del Convenio de Formación. También incluyeron una propuesta para desarrollar un nuevo Código de Formación, que contendría los detalles técnicos relacionados con las disposiciones de la Convención. Las enmiendas entraron en vigor el 1 de febrero de 1997 La plena aplicación se requería para el 1 de febrero de 2002 Marineros ya sea titular de licencias tenían la opción de renovar estas licencias de acuerdo con las viejas reglas de la Convención de 1978, durante el período que finalizó el 1 de febrero de 2002 Marineros entrar programas de formación después de 01 de agosto 1998 se requieren para satisfacer las normas de competencia de las nuevas enmiendas de 1995.

Las modificaciones más significativas se refieren a:

a) la mejora del control del Estado del puerto;

b) la comunicación de la información a la OMI para permitir la supervisión mutua y la coherencia en la aplicación de las normas,

c) los sistemas de normas de calidad (QSS), la supervisión de los procedimientos de formación, evaluación y certificación,

Las enmiendas requieren que los marinos provistos de "familiarización" y "formación básica de seguridad", que incluye básica lucha contra el fuego, elemental de primeros auxilios, personal las técnicas de supervivencia y seguridad personal y responsabilidad social. Esta capacitación tiene por objeto garantizar que los marinos son conscientes de los riesgos de trabajar en un buque y puedan responder adecuadamente en caso de emergencia.

d) la colocación de la responsabilidad de las partes, incluidas las licencias de emisión, y los Estados del pabellón que emplean a ciudadanos extranjeros, para asegurarse de la gente de mar cumplen las normas objetivas de la competencia, y

e) los requisitos de los periodos de descanso para el personal de guardia.

B. Enmienda de Manila

El Convenio de la OMI sobre normas de formación, titulación y guardia de la gente de mar ha adoptado un nuevo conjunto de modificaciones en Manila en 2010 llamado "Las enmiendas de Manila". Estas modificaciones eran necesarias para mantener los niveles de formación en línea con las nuevas exigencias tecnológicas y operacionales que requieren nuevas competencias a bordo. Las Enmiendas de Manila fueron efectivos a partir del 1 de enero de 2012 Hay un período de transición hasta el año 2017, cuando todos los marinos deben estar certificados y capacitados de acuerdo a las nuevas normas. Implementación es progresiva, todos los años un conjunto modificado de requisitos entre en vigor. Las modificaciones más significativas son:

 Nuevo horario de descanso de la gente de mar

 Nuevos grados de certificados de competencia de marinero preferente, tanto en cubierta y motor

 Formación nueva y actualizada, requisitos refrescantes

 Capacitación en seguridad obligatoria

 Normas médicas adicionales

 Límites de alcohol específicos en sangre o aliento.

C. Convenio STCW-F

El 7 de julio de 1995, el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros fue adoptado como un tratado separado, como parte de las revisiones integrales a STCW. Aplica los principios del Convenio de Formación a los buques pesqueros de la ratificación de los estados que son 24 metros de eslora y superiores. STCW-F entró en vigor el 29 de septiembre de 2012.

CONVENIO SOLAS

El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar o SOLAS (acrónimo de la denominación inglesa del convenio: "Safety of Life At Sea") es el más importante de todos los tratados internacionales sobre la seguridad de los buques.

a) Historia y protocolos

La primera versión fue aprobada en 1914, en respuesta a la catástrofe del Titanic, la segunda en 1929, la tercera en 1948, la cuarta en 1960, y la quinta en 1974. Esta última, actualmente en vigor, incluye el procedimiento de aceptación tácita, que establece que una enmienda entrará en vigor en una fecha determinada a menos que, antes de esa fecha, las objeciones a la enmienda se reciben de un número convenido de Partes.

El Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974, actualmente vigente, fue adoptado el 1 de noviembre de 1974 por la Conferencia internacional sobre seguridad de la vida humana en el mar, convocado por la Organización Marítima Internacional (OMI), y entro ́ en vigor el 25 de mayo de 1980. Desde entonces se ha enmendado dos veces por medio de protocolos:

 El Protocolo adoptado el 17 de febrero de 1978 por la Conferencia internacional sobre seguridad de los buques tanque y prevención de la contaminación (Protocolo de 1978 relativo al SOLAS), el cual entro ́ en vigor el 1 de mayo de 1981.

 El Protocolo adoptado el 11 de noviembre de 1988 por la Conferencia internacional sobre el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (Protocolo de 1988 relativo al SOLAS), que entró en vigor el 3 de febrero de 2000 y reemplazo ́ y dejo ́ sin efecto el Protocolo de 1978, entre las Partes en el Protocolo de 1988.

Además, el convenio es objeto de continuas enmiendas, bien mediante resoluciones aprobadas en las reuniones del Comité de Seguridad Marítima (CSM) de la OMI, o en conferencias de gobiernos contratantes. Hasta las fecha de publicación de su versión refundida de 2009, el convenio había sido objeto de 36 enmiendas.

El protocolo de 1988 también ha sido enmendado en varias ocasiones, una de las últimas enmiendas entró en vigor en Enero del 2010.

b) Disposición técnicas

El objetivo principal del Convenio SOLAS es especificar normas de construcción, equipamiento y explotación de buques para garantizar su seguridad y la de las personas embarcadas. Los Estados de abanderamiento que hayan adoptado el SOLAS son responsables de garantizar que los buques bajo su pabellón cumplan con sus prescripciones, mediante los oportunos reconocimientos y emisión de los certificados establecidos en el Convenio como prueba de dicho cumplimiento. Las disposiciones de control también permiten a los gobiernos contratantes a inspeccionar los buques de otros Estados contratantes si hay motivos fundados para creer que el buque y su equipo no cumplen sustancialmente con los requisitos de la Convención, este procedimiento se conoce con el nombre de Estado Rector del Puerto.

El convenio SOLAS incluye artículos que establecen las obligaciones generales, el procedimiento de enmienda y un anexo estructurado en 12 capítulos.

c) ANEXO

1. Capítulo I – Disposiciones Generales

Incluye normas relativas al ámbito de aplicación, a la inspección y reconocimientos del buque, de los dispositivos de salvamento y otros equipos, así como de la expedición y refrendo de certificados que señalan que el buque cumple con los requisitos de la Convención.

Capítulo II-1 Construcción – Estructura, compartimiento y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas.

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