Cuenta Aduanera
beregonce1 de Julio de 2013
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CUENTA ADUANERA
Cuenta bancaria dentro de institución autorizada para este fin (Bancomer, Banamex o Bital básicamente) donde se depositan las contribuciones generadas por concepto de la importación definitiva de mercancías, mismo que si en el plazo menor a 3 años son retornadas al extranjero en su mismo estado, el contribuyente podrá recuperar la parte proporcional de las contribuciones depositadas más rendimientos bancarios. Figura que permite recuperar el pago de los impuestos (impuesto al comercio exterior, IEPS e incluso IVA) posterior a la exposición de mercancías.
CUENTA ADUANERA EN GARANTÍA
Al igual que la cuenta aduanera, este tipo de cuenta, tiene como propósito garantizar el interés fiscal ante actos de subvaluación de bienes de importación o incertidumbre de cobro de las contribuciones de comercio exterior. Aplica para mercancías en importación definitiva que tengan precios Estimados o mercancías que utilicen el régimen de tránsito interno o internacional.
* Una de las diferencias es que Cuenta Aduanera es para bienes que vayan a ser exportados en el mismo estado en un plazo que no exceda de un año, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya efectuado el depósito, prorrogable por dos años más, previo aviso del interesado presentado a la Institución del Sistema Financiero, antes del vencimiento del plazo de un año. (Artículo 86 de la Ley Aduanera)
* Cuenta Aduanera de Garantía para mercancías sujetas a precios estimados. (Artículo 86-A fracción I de la Ley Aduanera)
Instituciones Bancarias Autorizadas
Las instituciones de crédito o casas de bolsa autorizadas para operar las cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía a que se refieren los artículos 86 y 86-A, fracción I de la Ley son:
a) BBVA Bancomer, S.A. de C.V.
b) Banco Nacional de México, S.A.
c) Banco HSBC, S.A. de C.V.
d) Bursamex, S.A. de C.V.
e) Operadora de Bolsa, S.A. de C.V.
f) Vector Casa de Bolsa, S.A. de C.V.
Beneficios y Ventajas de las cuentas aduaneras con base en el Artículo 86 de la ley aduanera:
Los contribuyentes que ejerzan esta opción, al exportar las mercancías por las que se hubieran pagado los impuestos, en su caso las cuotas compensatorias en los términos de este articulo, tendrán derecho a recuperar los depósitos efectuados en las cuentas aduaneras y los rendimientos que se generen, a excepción de la proporción que en ellos represente el numero de días en que el bien de que se trate permaneció en territorio nacional respecto del numero de días en los que se deduce dicho bien, de conformidad con los artículos 44 y 45 de la Ley del Impuesto sobre la renta. Cuando se trate de bienes que no tengan por cientos máximos autorizados en los artículos mencionados se considerara que el numero de días en los que el mismo deduce de 3,650.
En el supuesto de que el contribuyente no vaya a exportar la mercancía importada al amparo de este articulo, podrá dar aviso a la institución de crédito o casa de bolsa autorizada, para que transfiera a la cuenta de la tesorería de la federación el importe de las contribuciones y en caso las cuotas compensatorias correspondientes a las mercancías que no vayan a ser exportadas, mas sus rendimientos.
Conclusión
Estos trámites son muy importantes para el comercio internacional, ya que son un medio de asegurar el pago de los servicios que se prestaran, por esa razón es muy importante conocer su procedimiento y realización. De igual forma es importante conocer a fondo la forma en que está integrado el sistema financiero mexicano, ya que ayuda a llevar a cabo las transferencias y pagos de estos servicios.
Bibliografía
www.siace.com.mx/glosario/nuevo2/cuentaaduaneradegarantia.pdf
www.aduanas.gob.mx
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