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DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  18 de Junio de 2013  •  412 Palabras (2 Páginas)  •  1.309 Visitas

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RECURSOS EN MATERIA ADUANERA:

Dentro de la administración centralizada del Estado encontramos regulado en diferentes leyes los recursos administrativos entre ellas el sistema aduanero regulado en el código Aduanero Uniforme Centroamericano y sus reglamentos. Trata de la dirección general de Aduanas que pertenecen a la Administración Tributaria, trata de otra excepción que tiene la ley en la que se aplican distintos recursos de los que tiene regulado la ley de lo contencioso Administrativo.

RECURSOS ADMINISTRATIVOS:

Son los recursos que los contribuyentes o los representantes pueden interponer contra las resoluciones de la SAT en materia TRIBUTARIA, son los que establece el Código Tributario u las leyes aduaneras.

LOS RECUROS EN MATERIA TRIBUTARIA SON:

• Reposición

• Revocatoria

REPOSICION: en materia tributaria procede contra lo resuelto por el Directorio (Órgano de dirección superior de la SAT, dirige la política de la administración Tributaria y vela por el buen funcionamiento y la gestión Institucional de la SAT) art 7 SAT

REVOCATORIA: en materia tributaria procede contra lo resuelto por el Superintendente (AUTORIDAD ADMINISTRATIVA superior y funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la SAT tiene a su cargo la administración y dirección de la SAT)art 22 SAT y los Intendentes(funcionarios de mayor nivel jerárquico de las intendencias respectivas son responsables del cumplimiento de las funciones y atribuciones a su respectiva intendencia por delegación de superintendente, ejercen la representación legal de la SAT) art 31 SAT.

RECURSOS EN MATERIA ADUANERA:

REGULACION LEGAL: Código Aduanero Uniforme Centroamericano y sus reglamentos, CUCA Y RECAUCA.

PROSEDENCIA: cuando la persona se considere agraviada por las resoluciones de las autoridades aduaneras, podrá reclamar contra ellas en forma y tiempo establecido en la ley.

CLASES DE RECURSOS ADUEANEROS:

• Reclamaciones

• Reconsideración

• Revisión

• Apelación

RECLAMACIONES: en materia aduanera procede en contra de las obligaciones aduaneras determinados por la autoridad aduanera el declarante o su agente aduanero interpone la reclamación a través de un escrito dirigido ante el administrador de aduanas quien conocerá y resolverá en primera instancia el reclamo de los alegatos para desvirtuar las actuaciones impugnadas

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