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Declaracion Universal De Los Derechos Humanos


Enviado por   •  24 de Febrero de 2014  •  5.967 Palabras (24 Páginas)  •  231 Visitas

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La Declaración Universal de Derechos Humanos

En los artículos 1 y 2 se dispone que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos" y que tienen todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración "sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición".

En los artículos 3 a 21 se especifican los derechos civiles y políticos de todos los seres humanos, que abarcan, entre otros:

• El derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal;

• El derecho a no ser sometido a esclavitud ni servidumbre;

• El derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes;

• El derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica; el derecho a un recurso judicial efectivo; el derecho a no ser arbitrariamente de-tenido, preso ni desterrado; el derecho a un juicio imparcial y a ser oído públicamente por un tribunal independiente e imparcial; el derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad;

• El derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia; el derecho a no ser víctima de ataques contra su honra o su reputación; el derecho a ser protegido por la ley contra tales ataques;

• El derecho a circular libremente; el derecho a buscar asilo; el derecho a una nacionalidad;

• El derecho a casarse y a fundar una familia; el derecho a la propiedad;

• El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; el derecho a la libertad de opinión y de expresión;

• El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacificas;

• El derecho a participar en el gobierno de su país y a tener acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones publicas de su país.

En los artículos 22 a 27 se especifican los derechos económicos, sociales y culturales de todos los seres humanos, entre los cuales cabe mencionar los siguientes:

• El derecho a la seguridad social;

• El derecho al trabajo; el derecho a igual salario por trabajo igual; el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos;

• El derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre;

• El derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar;

• El derecho a la educación;

• El derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad.

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Observación General No. 12, Comentarios generales adoptados por el Comité de los Derechos Humanos, Artículo 1 - Derecho de libre determinación, 21º período de sesiones, U.N. Doc. HRI/GEN/1/Rev.7 at 152 (1984).

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21º período de sesiones (1984)

Observación general Nº 12

Artículo 1 - Derecho de libre determinación

1. De conformidad con los Propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas el artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconoce que todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. Este derecho reviste especial importancia, ya que su ejercicio es una condición esencial para la eficaz garantía y observancia de los derechos humanos individuales y para la promoción y fortalecimiento de esos derechos

13º período de sesiones (1981)

Observación general Nº 3

Artículo 2 - Aplicación del Pacto a nivel nacional

1. El Comité observa que en general y dentro del marco que en él se fija, el artículo 2 del Pacto deja al arbitrio de los Estados Partes interesados la elección del método de aplicación del propio Pacto en sus territorios. En particular, reconoce que esa aplicación no depende exclusivamente de la promulgación de disposiciones constitucionales o legislativas, que suelen ser de por sí insuficientes. El Comité considera necesario señalar a la atención de los Estados Partes el hecho de que la obligación prevista en el Pacto no se limita al respeto de los derechos humanos, sino que los Estados Partes se han comprometido también a garantizar el goce de esos derechos por todas las personas sometidas a su jurisdicción

13º período de sesiones (1981)

Observación general Nº 4

Artículo 3 - Derecho igual de hombres y mujeres en el goce de todos los derechos civiles y políticos

1. El artículo 3 del Pacto establece que los Estados Partes garantizarán a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en él; con todo, esta disposición no se ha examinado en grado suficiente en un número considerable de los informes de los Estados, y ello ha originado varios motivos de preocupación, de los cuales cabe poner dos de relieve.

39º período de sesiones (1990)

Observación general Nº 19

Artículo 23 - La familia

1. En el artículo 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se reconoce que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. La protección de la familia y de sus miembros se garantiza también, directa o indirectamente, en otras disposiciones del Pacto. De este modo, el artículo 17 estipula que la familia no será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales. Además, el artículo 24 del Pacto prevé concretamente la protección de los derechos del niño, en su condición de menor o como miembro de una familia. A menudo los informes de los Estados

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