Derecho Natural
marcosalcido15 de Enero de 2015
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Derecho natural: aquel que es esencialmente justo por naturaleza.
Ley natural: es un juicio que expresa relaciones constantes entre fenómenos.
Ulpiano: dar a cada quien lo que merece
Los juicios pueden ser:
• Enunciativos: se refiere a lo que es. Puede ser verdadero o falso.
• Normativo: se refiere a lo que deben ser. Siempre es verdadero.
Los atributos de las normas jurídicas:
• Bilaterales: imponen derechos y obligaciones. Son imperativas y atributivas.
• Coercible: sujeción a un querer ajeno, renuncia a la facultad de autodeterminación normativa.
• Heterónoma: no es el particular el que crea las normas jurídicas
• Externa: la conducta del particular trasciende al exterior no se queda en un mero animo de actuar
Los atributos de las normas morales:
• Unilateral: impone su obligación.
• Incoercible: no existe ningún órgano.
• Autónoma: el particular puede crear sus propias normas.
• Interna: remordimiento de conciencia.
Clasificación de las normas jurídicas según kelsen:
• Desde el punto de vista de su ámbito espacial de validez: son federales, locales, municipales, reglamentarias.
• Desde el punto de vista de su ámbito material: son de derecho público o privado.
• Desde el punto de vista de su ámbito de validez: se dividen en genéricas e individualizadas.
• Desde el punto de vista de su ámbito temporal: de vigencia determinada o vigencia indeterminada.
Consentimiento: Manifestación exterior de la voluntad que tiene por objeto crear, transmitir, modificar o exigir obligaciones y derechos puede ser: Oral y tácita.
Derecho objetivo: conjunto de normas jurídicas que están contempladas en un ordenamiento específico llámese constitución política de los estados unidos mexicanos y los códigos penales, civiles, etc.
Derecho subjetivo: Facultad que tiene el particular para ocurrir ante los órganos jurisdiccionales para exigir el cumplimiento de una obligación o el esclarecimiento de una situación jurídicamente dudosa.
Derecho positivo: Respeto que el particular tiene de todas las normas jurídicas.
Derecho vigente: es aquel que ha pasado por un proceso legislativo y el estado lo considera obligatorio. Puede perder su vigencia por abrogación y por derogación.
Norma:
(Sentido amplio) Cualquier regla de conducta independientemente de que sea obligatoria o no.
(Sentido restringido) reglas que imponen deberes o confiere derechos.
Fuentes del derecho: formales, reales, históricos.
Formales: Proceso de creación de las normas jurídicas (sucesión de pasos a seguir).
Fuentes formales del derecho:
• Legislación
• Costumbre
• Jurisprudencia
• Doctrina
Legislación: pasos a seguir del proceso legislativo:
1. Iniciativa
2. Discusión
3. Aprobación(total o parcial)
4. Sanción
5. Publicación
6. Iniciación de la vigencia
Costumbre: serie de actos repetitiva en un lugar.
Es un uso implantado en una colectividad, considerada por esta como jurídicamente obligatoria, es el derecho nacido consuetudinariamente. Dos aspectos:
• Objetivo: Práctica, constante y permanente de un proceder.
• Subjetivo: En convencimiento del particular de que esa práctica constante y permanente es obligatoria como si se tratara de una ley.
Jurisprudencia: ciencia del derecho.
Doctrina del arte o interpretación de las normas jurídicas.
Nace con 5 fallos consecutivos en el mismo sentido. Un fallo en contrario cesa, se interrumpe, hace nuevo criterio de interpretación.
Interpretación: desentrañar el espíritu que guarda la ley.
Unidad absoluta:
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